04/Feb/19 00:15
reembolso a empleados; ¿se acredita el total del IVA aunque no se pague al empleado el total de la operacion?
Buenas
¿hay algun criterio acerca de esto? ¿Se encuentra en reglamento?
Supongamos que en el mes Juan que trabaja para la empresa X erogo gastos por combustible de $ 15,000 pesos con IVA de 2069 (a modo de ejemplo, sin meternos en tema de IEPS), los cuales facturo en su totalidad al RFC del patron, el patron solo le pago a Juan 7,500 por su politica interna
Sin embargo, deduce el totalidad de los gastos y acredita el total del IVA de los 15,000 ya que de acuerdo a la ley del IVA, el iva se considera pagado '
cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones.'
En este caso, el acreedor no es Juan ya que el solo actuo como intermediario entre el patron y la empresa que enajena el combsutible
¿Que piensan compañeros?
Se deberia registrar en contabilidad como gasto solo lo que la empresa piensa pagarle a Juan, ¿o se registra el total de los comprobantes?
Salduso