03/Jul/10 12:19
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
Es correcto Lic Pepe...
saludos
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lobozac
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03/Jul/10 23:39
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
Hola Enrique:
En el proceso laboral, no existe la fijura de 'Juez'.
Tampoco existe resolución alguna que se denomine 'Sentencia'
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Emprendedorfiscal
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04/Jul/10 00:55
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
Efectivamente Emprendedor... habría que realizar algunas precisiones.
Un juez en la Junta no existe. Pero si un árbitro (de ahí que se denomine Conciliación y Arbitraje) En teoría habría un experto en la materia entregando una deliberación que se denominaría LAUDO.
Hay personas que expresan que no existe el arbitraje, quizas tengan razon. Pero bueno una cosas es el deber ser y otra lo que en realidad pasa.
El juez emite una sentencia como trabajo final
El árbitro emite un laudo, tambien como trabajo final.
Y ambos productos finales tienen un carácter de legalidad y de constreñimiento
El conciliador es una figura digamos menos formal. Pues todavia no se llegaria a la forma litigiosa Como sucederia con el un arbitro. Pero aunque el conciliador no emite un laudo, si se emite un escrito que de alguna manera sirve como perfeccionamiento de la relacion laboral. Es un acuerdo de voluntades practicamente, pero con una gran diferencia, pues existe la observancia de una autoridad laboral. Situacion que no sucede con el contrato laboral que se aplica de manera privada.
La idea es no hacer chachetones los asuntos laborales y llegar hasta el arbitraje, porque ahi solo se aplican las reglas de la LFT o de los contratos, de manera ESTRICTA y se terminan las negociaciones y en eso se incluyen salarios caidos.
Saludos cordiales,
enrique9727
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04/Jul/10 01:21
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
Lo que si habria diferencia entre un juez Y un arbitro...
Supuestamente el arbitro aceptaria pruebas y forma de arreglarse entre las partes de manera directa o indirecta, pero siempre vigilando la ley y al contrato laboral Es mas 'no deberia' de considerarse en cuenta a los abogados. La idea es que las partes lleguen a un acuerdo sin peleas litigiosas pero con la confianza de un arbitro que los guia.
Totalmente mal. Pues en cuestiones laborales siempre estan los abogados hasta en los predimientos conciliatorios que no son procesos formales.
Deben de aplicarse los MASC Metodos Alternos de Solucion de Controversias o ADR. Bueno creo que muy poco a poco se ira cambiando estas situaciones, puesto que hay diversos tratados 11 comerciales firmados y el que nos obliga mas el TLCAN. Ahi si quien sabe cuando nos pondremos al corriente.
En un litigio, el juez, solo acepta pruebas y defensas con la intermediacion de los abogados, de manera obligatoria.
Saludos cordiales,
enrique9727
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05/Jul/10 21:02
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
Buenas tardes... Como cultura general...
Code: | Ley Fed. del Trabajo. Artículo 625.- El personal de las Juntas de Conciliación y Arbitraje se compondrá de Actuarios, Secretarios, Auxiliares, Secretarios Generales y Presidentes de Junta Especial. |
Saludetes,
El Lic.
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05/Jul/10 21:05
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
BUenas noches. Como cultura general II:
Code: | LFT.
Artículo 837.- Las resoluciones de los tribunales laborales son:
I. Acuerdos: si se refieren a simples determinaciones de trámite o cuando decidan cualquier cuestión dentro del negocio;
II. Autos incidentales o resoluciones interlocutorias: cuando resuelvan dentro o fuera de juicio un incidente; y
III. Laudos: cuando decidan sobre el fondo del conflicto. |
Saludetes2,
El Lic.
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pepesoto
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06/Jul/10 12:25
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
jojojo.......es que de por si no entendemos..............y cuando alguien nos menciona otras figuras o 'cargos' que no son........pues mas desm.........
bien por los compañeros que se expresan adecuadamente y se refieren a la materia del tema
saludos
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06/Jul/10 23:40
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
Para comprender por completo, simplemente habria que documentarse.
Por ejemplo el Lic. a presentado la manera de como se presentan las resoluciones en la Junta:
Estan ordenadas en relacion a la 'cantidad' de formalidad y a la 'calidad' personal que mayor conocimientos tendrian.
Los juzgados estan plagados de litigios, ni se digan los que llegan a los tribunales superiores. Cualquier empresario lo que menos desea es llegar a tener que esperar resoluciones lentas e ineficientes. En especial los extranjeros. De ahi que los ADR esten cada vez mas de moda y aunque nuestra legislacion mexicana las contempla como es el caso de PROFECO, CONAMED, JCyA. Les hace falta que sean mas eficientes a tal grado que se pueda lograr conseguir una competitividad a nivel internacional.
Saludos cordiales,
enrique9727
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07/Jul/10 14:11
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
Para comprender por completo, simplemente habria que documentarse.........EXACTO ENRIQUE...............EXACTO
SALUDOS
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07/Jul/10 14:36
Re: FINIQUITO A TRABAJADOR ANTIGUEDAD NENOR A 1 AÑO
'..Estan ordenadas en relacion a la 'cantidad' de formalidad y a la 'calidad' personal que mayor conocimientos tendrian..'
¡¡¡KEKEE!!! ¿ que dijo??
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Emprendedorfiscal
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