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Autor | Mensaje |
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Tópico: DEDUCCION DE AUTOMOVIL EN ARRENDAMIENTO PURO | |
pestalash Mensajes: 10 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2014 13:13:42 Asunto: Re: DEDUCCION DE AUTOMOVIL EN ARRENDAMIENTO PURO |
Muy buenas tardes sr cano, referente a su comentario difiero con usted sobre lo que menciona referente al: el artículo 42 fracción II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, señala lo siguiente lo siguiente: La inversión en automóviles es deducible, teniendo como límite la cantidad de $175,000.00. En el arrendamiento puro uno no adquiere una inversión, se registra como un gasto ya que no se tiene la propiedad del vehículo por lo tanto no aplica este artículo. Espero sus comentarios. sds |
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