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Autor | Mensaje |
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Tópico: Amortización de pérdidas fiscales en pagos provisionales | |
lgarridoj Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2015 12:49:37 Asunto: Re: Amortización de pérdidas fiscales en pagos provisionales |
SheenOmar, el ejemplo que doy en este caso es de una persona moral. Por lo que entiendo de tu comentario, lo correcto es tomar en cuenta los 150,000 en todos los meses? Y para la anual, suponiendo que tengo una utilidad de 200,000 también puedo volver a aplicar los 150,000 ? He leído la ley que comentas, y me parece claro lo que la ley dice, sin embargo creo que no especifica [b]cómo[/b] aplicar las pérdidas y de ahí la confusión y las diferencias de opinión en el tema. Lulu0607 gracias también por tu aportación. | |
Tópico: Amortización de pérdidas fiscales en pagos provisionales | |
lgarridoj Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2015 19:25:34 Asunto: Re: Amortización de pérdidas fiscales en pagos provisionales |
Juanaperez muchas gracias por tu respuesta, el procedimiento que comentas está especificado en alguna ley que podamos consultar? Gracias | |
Tópico: Amortización de pérdidas fiscales en pagos provisionales | |
lgarridoj Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2015 18:06:42 Asunto: Amortización de pérdidas fiscales en pagos provisionales |
Buenas tardes compañeros, Suponiendo que tengo pérdidas fiscales pendientes de amortizar ya actualizadas por 150,000 pesos. ¿Cómo debo aplicarlas en los [b]pagos provisionales[/b]? Por ejemplo, si en enero tuve una utilidad estimada de 30 mil pesos, ¿puedo aplicar 30 mil de pérdidas en este mes para que me resulte base cero? Y si en febrero tuve 50 mil de utilidad estimada, puedo aplicar aquí mis pérdidas de 50 mil para obtener base cero nuevamente y no pagar nada? En resumen, quisiera saber si puedo aplicar mis pérdidas de acuerdo a la utilidad estimada que obtenga de cada mes y si esta es la forma correcta. Y por último, suponiendo que en los pagos provisionales del año agoté 100,000 de los 150,000 que tenía en pérdidas, en la declaración anual puedo aplicar los 50,000 restantes? |