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Tópico: arrendamiento en copropiedad
SARORUIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2004 Asunto: Re: arrendamiento en copropiedad
[quote:850de3a505="Anys"]Oigan me llamo la atencion esto del arrendamiento por coopropiedad.. en que articulos me puedo informar mas en fondo como aplica este proceso?? La pregunta es por que hay un Hotel el cual tiene varios coopropietarios pero su representante legal esta facturando, es esto correcto? en que articulos puedo consultar esto? alguien sabe? De antemano Gracias por la asesoria Sl2[/quote:850de3a505] En los artículos 108 y 129 de la LISR y el 123 del RISR, saludos.
Tópico: Sustitución Patronal
SARORUIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2004 Asunto:
Abundando en el tema, el IMSS presume que existe substitución patronal, cuando entre otros se da lo siguiente: 1.- El nuevo patrón se queda en el mismo domicilio; 2.- El nuevo patrón adquiere los activos del anterior; 3.- La actividad que desarrolla el nuevo es la misma o similar al patrón anterior. 4.- Cuando la mayoría los empleados del nuevo patrón estaban en la empresa anterior. Por lo que, con independencia de los comentarios vertidos por los compañeros, considero que definitivamente en este caso opera la substitución patronal y tecnicamente no existen inconveniente para los empleados, salvo el relativo al INFONAVIT. Saludos.
Tópico: Jerarquia de las leyes
SARORUIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 19, 2004 Asunto:
El decreto al que se refieren, consiste en el acto de promulgación que efectúa el Ejecutivo para que tenga positividad una ley. Definitivamente, no comparto la opinión de que los decretos están por encima de las leyes, al contrario aquellos siempre estarán supeditados a la legislación, partiendo de la base de que México es un Estado de Derecho. Por lo que hace a la jerarquía de las disposiciones transitorias, éstas se encuentran en el mismo rango de la ley o reglamento que las contienen, toda vez que forman parte de la misma normatividad.
Tópico: MULTAS
SARORUIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 31, 2004 Asunto:
Ahora es de $95.00. Revisa que la multa contenga firma facsimilar o el requerimiento mismo, si cualquiera de los documentos la contiene presentas un recurso invocando que no puede producir efectos un acto que tenga esa firma y te aseguro que no pagas la multa. Saludos.
Tópico: equivocacin en forma R2
SARORUIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 31, 2004 Asunto:
No sólo invalidarlo, sino multar de conformidad con la fracción II del artículo 81 en relación con el inciso a) fracción II del diverso 82 del CFF. Saludos
Tópico: Impuestos en herencia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2004 Asunto:
Un tributo que se genera es el impuesto sobre adquisición de inmuebles, que al menos en Nuevo León es del 2% sobre el valor del inmueble, saludos.
Tópico: MULTA DE FORMA
SARORUIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2004 Asunto:
En relación con tus preguntas, tenemos las siguientes respuestas: 1.- Del estudio de las leyes tributarias no encontramos en forma textual una separación entre los tipos de multas que refieres, sin embargo en la práctica se le ha denominado sanciones de forma a aquellas que se derivan por una infracción a los artículos que se comprenden del 78 al 91-B inclusive del CFF, dentro de los cuales tambien se establecen las cantidades a pagar. Por lo que hace a las de fondo tienen su sustento legal en los numerales 76 y 77 del mismo ordenamiento, y se les denomina de fondo porque éstas se aplican generalmente en uso de las facultades de comprobación que tiene el fisco. Te recomiendo dar lectura a esas disposiciones y en caso de que yengas dudas, me puedes contactar en este foro. 2.- Podrías abundar un poco en esta pregunta, porque no se a que te refieres con tu cuestión. 3.- Los fundamentos del CFF son los que señale en la primera respuesta, además de los artículos 4 (concepto de crédito fiscal) y 20 (accesorio) del mismo Código y en cuanto a la Constitución, encuentran soporte en el numeral 31 fracción IV (por lo que las multas deben ser proporcionales y equitativas) y el diverso 22 (que prohibe la imposición de multas excesivas). Espero haberte ayudado, saludos.
Tópico: equivocacin en forma R2
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2004 Asunto:
Te sugiero presentar complementaria, saludos.
Tópico: Ayuda sobre apertura y manejo de una sucursal
SARORUIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2004 Asunto: Re: Ayuda sobre apertura y manejo de una sucursal
Mi recomendación es que los gastos de cada sucursal los incluyas como deducibles (servicios y renta, entre otros) en cada local (lo hagas como centro de costos)y el resto de las deducciones que podemos mencionar como generales se indique el de la matriz. Al final de cuentas el resultado es el mismo, porque integras en un solo concepto las deducciones. Saludos.
Tópico: Ayuda sobre apertura y manejo de una sucursal
SARORUIZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2004 Asunto: Re: Ayuda sobre apertura y manejo de una sucursal
A continuación te respondo: 1.- No. 2.- Sí, debes juntar los ingresos de ambos locales. 3.- Debes mandar imprimir facturas para el nuevo leocal, cumpliendo con los requisitos del 29 y 29-A del CFF, dentro de los cuales esta el de señalar en dichos comprobantes el domicilio de la matriz y de la sucursal. Te recomiendo incluir en el nuevo consecutivo (empieza del 0) de la sucursal una letra que identifique los ingresos de cada local. Saludos.

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