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Tópico: Jornada de 24 horas
fiscalista75

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Enero 21, 2011 09:01:54 Asunto: Re: Jornada de 24 horas
Muy interesantes sus respuestas, no había visto la fracción X del 47 de la LFT desde el punto de vista de Enrique, como que me quedé con la idea de 3 faltas. Hoy mi primo irá a Conciliación y Arbitraje aquí en Gto, y llevará unos buenos argumentos gracias a sus comentarios. Saludos
Tópico: Jornada de 24 horas
fiscalista75

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Enero 20, 2011 18:35:11 Asunto: Jornada de 24 horas
Hola, mi primo labora en una institución que atiende emergencias médicas y trabaja 24 horas por 48 de descanso, sin embargo por un problema personal no pudo presentarse a laborar 1 día, y lo despiden 'justificadamente' porque le dicen que su día equivale a 3 días y es causa de rescisión de contrato. ¿Es esto correcto? Gracias de antemano por su asesoría
Tópico: CONSULTA PTU
fiscalista75

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 16:22:06 Asunto: Re: CONSULTA PTU
Muchas gracias a todos, han sido muy valiosas sus aportaciones y su confianza. Saludos desde Gto.
Tópico: CONSULTA PTU
fiscalista75

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 11:40:15 Asunto: Re: CONSULTA PTU
Gracias por sus respuestas C.P. Víctor, desconozco si existe el fundamento, por eso estoy haciendo la consulta. CJLópez, 1.- Cuando se crean las reservas se carga al gasto y se abona al pasivo, dicho gasto es no deducible para efectos fiscales, y en la conciliación contable fiscal, es una deducción contable no fiscal, y como la PTU la determino a partir de la utilidad contable, por eso también le sumo los no deducibles, incluídos los incrementos a las reservas. 2.- El pago de la provisión (cargo) es una deducción fiscal no contable, la cual no hay duda que es complemetamente deducible, pero mi patrón dice que no le parece lógico que el haber liquidado a una persona, le afecte a todas las demás por no recibir PTU, para mí no es incorrecto, pero pensé que tal vez pudiera existir algún fundamento para no restar de la PTU el cargo a la provisión
Tópico: CONSULTA PTU
fiscalista75

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 11:05:29 Asunto: CONSULTA PTU
Buenos días compañeros foristas, Tengo un caso en la empresa donde laboro, que quiero ver si me pueden asesorar, es el siguiente: 1. Desde que se constituyó la empresa se había generado PTU 2. Cada dos años se registra estudio actuarial para registrar la provisión para prima de antiguedad y para indemnización legal, la cual no se invierte en fideicomiso, por lo que la provisión es no deducible, y aumenta la base de PTU. 3. En 2010 se liquida al empleado de mayor antigüedad en la empresa, él cual se lleva casi el 50% de la provisión de indemnización legal. 4. Dicho pago es un cargo a la provisión, y por consiguiente una deducción fiscal en 2010, lo cual hace que tenga pérdida fiscal para efectos de ISR, y no tenga base de PTU. 5. La pregunta es ¿El haber liquidado a un empleado, perjudicará a los demás empleados por no haber PTU? 6. Los cálculos me dicen que sí, a mi pregunta anterior, por la determinación de la PTU, conforme al artículo 16 de la LISR. 7. ¿Conocen algún fundamento para no disminuir de la base de PTU los cargos a provisiones?, pues si quito esa partida si tendría base de PTU 8. El patrón me dice que no es lógico (en lo personal creo que si, pero no se muy bien como explicarle). Espero haberme dado a entender, y gracias de antemano por sus respuestas
Tópico: Emisiòn de CFD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 17, 2010 17:36:47 Asunto: Re: Emisiòn de CFD
Si eres una empresa que se dictamina, no hay problema que emitas comprobantes impresos y comprobantes digitales. Checate el art. 42 del RCFF En caso de que no lo seas, ya no puedes emitir comprobantes impresos, pues desde que solicitas los folios al SAT se entiende que facturarás electrónicamente.
Tópico: Fideicomiso para pensiones ¿es deducible para IETU?
fiscalista75

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2010 13:27:27 Asunto: Re: Fideicomiso para pensiones ¿es deducible para IETU?
Consistiría en aportar al fideicomiso constituido fondos para ir creando una reserva para el pago de pensiones a los empleados que lleguen a la edad de 65 años y se pensionen, sería adicional a la pensión del IMSS, con base en un estudio actuarial y en apego a los artículos 33 de la LISR y 30-A del RISR.
Tópico: Fideicomiso para pensiones ¿es deducible para IETU?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2010 11:12:37 Asunto: Fideicomiso para pensiones ¿es deducible para IETU?
Hola compañeros foristas, Alguno de ustedes sabe el fundamento para hacer deducible para IETU, la creación de un fondo para pensiones y jubilaciones, para lo cual se crea un fideicomiso. Gracias de antemano por sus respuestas.
Tópico: CAMBIO EN METODO VALUACION DE INVENTARIOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 05, 2010 13:44:06 Asunto: CAMBIO EN METODO VALUACION DE INVENTARIOS
Hola a todos los foristas, y de antemano gracias por su colaboración. En la empresa donde laboro hemos decidido cambiar el método de valuación de inventarios en 2010 a Costo Identificado, de 2005 a 2009 utilizamos el método UEPS, por lo que ya cumplimos con el primer requisito que establece el art. 69-G del Reglamento de la LISR, sin embargo la fracción II y III del mismo artículo establece otros requisitos que tenemos que cumplir y que es sobre los que tenemos dudas. [i]Artículo 69-G. Para los efectos del artículo 45-F de la Ley, los contribuyentes podrán cambiar el sistema, siempre que: I. Hayan utilizado el mismo sistema durante los últimos cinco ejercicios. II. Que se considere como inventario inicial el valor del inventario final valuado con el método utilizado hasta el cierre del ejercicio inmediato anterior. III. Que el saldo del inventario a que se refiere la fracción anterior, se deduzca o se acumule de manera proporcional, durante los cinco ejercicios siguientes a aquél en que se hubiera realizado la variación de sistema.[/i] Alguno de ustedes ha tenido un caso similar??? que nos pudiera decir [u]cómo se determina la deducción o la acumulación que establece la fracción III[/u] En cuanto a la fracción II, no me queda muy claro, [u]¿Debo tomar el inventario final UEPS 2009, como inventario inicial de 2010, en donde el inventario final 2010 estará valuado a Costo Identificado?????[/u]
Tópico: COMPENSACION IETU VS ISR ANUAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2010 11:15:38 Asunto: Re: COMPENSACION IETU VS ISR ANUAL
Gracias Chavalon por responder, dejame aclarar un poco más el caso. Efectivamente el IETU causado es de $30,866, pero contra éste estoy acreditando primero el ISR causado del ejercicio, que como es de $55,523, acredito solo los $30,866; el resultado me da cero. El asunto es que como no causaba ISR en pagos provisionales hice pagos provisionales de IETU hasta por el impuesto que iba a causar anualmente, es decir los $30,866, porque en realidad tuve que haber hecho pagos de IETU por $36,000, sin embargo solo pague $30,866, pero pague actualizaciones y recargos sobre los $36,000; esto lo hicimos porque sabíamos que el ISR del ejercicio iba a ser mayor que el IETU y al hacer el acreditamiento que permite el quinto párrafo del articulo 8 de la LIETU, nos resultaría como saldo a favor el importe de los pagos provisionales de IETU que hicimos. Para determinar el ISR, como se trata de una SC, consideramos los mismo ingresos cobrados de $1,015,128, y deducciones autorizadas de $816,831 (varían contra las de IETU por las inversiones, y las partidas fiscales no contables para ISR: (ajuste anual por inflación deducible y depreciaciones actualizadas) Ojalá me haya explicado mejor

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