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Tópico: RECUPERACION DE FONDO DE SAR DE UN EXTRANJERO
josefiscal

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 23, 2014 06:55:23 Asunto: Re: RECUPERACION DE FONDO DE SAR DE UN EXTRANJERO
Muchas gracias estimado Enrique, el análisis y el razonamiento son excelentes, así es desafortunadamente nos hace falta ver estas situaciones que se presentan entre las personas extranjeras que laboran y viven en México durante un tiempo o los trabajadores mexicanos que laboran y viven durante un tiempo en el extranjero, hay bastantes tópicos que se tienen que legislar y darles soluciones. Una abrazo y gracias por la respuesta a este tema. Saludos cordiales L.C. José Aparicio
Tópico: RECUPERACION DE FONDO DE SAR DE UN EXTRANJERO
josefiscal

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 20, 2014 13:03:48 Asunto: Re: RECUPERACION DE FONDO DE SAR DE UN EXTRANJERO
Gracias por las respuestas, la segunda es un buen analisis de la situacion planteada, ni hablar por la persona de nacionalidad Española. Saludos cordiales JOSE APARICIO
Tópico: RECUPERACION DE FONDO DE SAR DE UN EXTRANJERO
josefiscal

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 15, 2014 14:43:18 Asunto: RECUPERACION DE FONDO DE SAR DE UN EXTRANJERO
Hola a la comunidad, tengo en siguiente duda: Un español que trabajo durante 4 años en México y estuvo cotizando en el IMSS, SAR E INFONAVIT durante este tiempo, se va a regresar a su país y quiere recuperar lo del SAR e INFONAVIT que refleja en su estado de cuenta. ¿Qué procedimiento se sigue para que le den lo que junto del SAR E INFONAVIT?
Tópico: Existe algun caso especial del IEPS
josefiscal

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2006 Asunto: Re: Existe algun caso especial del IEPS
se traslada a los contribuyentes que son sujetos tambien de el IEPS, es un requisito que te marca la ley del IEPS en su articulo 19 que se refiere a las obligaciones de los contribuyentes, a los contribuyentes que les trasladaste el IEPS tendras que hacer un reporte cada trimestre por esa venta, esta obligacion te la vuelve a marcar el art. 19 de la ley del IEPS, por lo tanto al facturar a un cliente y este solicite el desglose del IEPS, deberas de cerciorarte que sea contibuyente de este impuesto, esto lo puedes hacer solicitando una copia de su cedula de inscripcion al RFC. Saludos
Tópico: COMO RECUPERAR IEPS, SIENDO PERSONA MORAL
josefiscal

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 04, 2006 Asunto: Re: COMO RECUPERAR IEPS, SIENDO PERSONA MORAL
hola, mira de antemano hace falta informacion, comentas que pagaste IEPS, entonces en el momento que tu pagaste IEPS si eras contribuyente de este impuesto y por eso lo pagaste, o lo pagaste erroneamente, o lo pagaste como pago de lo indebido? seria bueno que ampliaras mas el comentario de por que pagaste el IEPS, depues comentas que hubo un decreto en el año de 2003. me imagino que dicho decreto te exento del pago de IEPS, solo quiero saber que mercancia te causo ese pago de IEPS, yo manejo el IEPS en relacion a bebidas alcoholicas, vinos y jarabes, si amplias mas tu comentario tal vez te pueda orientar. Saludos
Tópico: me podrian ayudar con ieps
josefiscal

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 04, 2006 Asunto: Re: me podrian ayudar con ieps
Hola, mira efectivamente se deben desglosar los impuestos que traslademos, sin embargo en relacion al ipes, este impuesto solo debera de desglosar a los contribuyentes que son sujetos del mismo impuesto, es decir que no todos tus clientes les debes de desglosar el ieps, es conveniente que le des una checadita al articulo 19 en donde estan las obligaciones de estos contribuyentes que menjan el ieps, ahora bien, con la reforma que estan citando del 28 de junio habria que checar que se desglose a todos, sin embargo como comento solo de deben de desglosar a los clientes que son sujetos del mismo impuesto, tu en tus compras que te desglosan ieps lo debes de controlar por tasa y como inpuesto por acreditar, recuerda que sigue el mismo curos que el iva acreditables, solo podras acreditarlo hasta que se pague, lo de trasladarlo eb las facturas te lleva de la mano a que lo reportes es forma trimestral (solo el ieps) a los clientes que se lo trasladaste tambien fundamentado en el articulo 19 de la LIEPS Saludos

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