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Tópico: INFORMATIVA SIMPLIFICADA DE PROVEEDORES IVA
AbrahamGL

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2007 Asunto: Re: INFORMATIVA SIMPLIFICADA DE PROVEEDORES IVA
:? que buena ayudada nos dieron, que explendidos Saludos!!!
Tópico: CANCELACION DE RFC.
AbrahamGL

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2007 Asunto:
Acude a la administración local que te corresponda con tu suspensión del RFC en donde se indica la fecha de la suspensión para que te cancelen ese requerimiento, adicionalmente si tienes el pago de las contribuciones que te requieren, sería mucho mejor, al final de cuentas ya caduco, ya prescribio, ya se les acabo el chance de requerirte porque ya pasaron 16 años. Saludos!!!
Tópico: Impuestos Diferidos
AbrahamGL

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2007 Asunto:
Wow!!! La explicación de mirnalcantu es muy buena, lo malo de todo esto es que al hacerlo en papel es donde saldrán todas las dudas ya que se mencionan en esta explicación (repito muy buena) los conceptos generales, pero ya que como cada empresa tiene sus particularidades las cifras te harán batallar un poco por el criterio el cual deberás manejar o platicar con tus auditores con el fin de llegar a un buen acuerdo. Saludos!!!
Tópico: GASTOS POR ENFERMERAS: DEDUCCIONES PERSONALES??
AbrahamGL

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2007 Asunto:
Estoy de acuerdo con CARAS ya que la función de los reglamentos de ley es dar la explicación de lo expuesto en la misma ley, y el artículo 240 del RISR solo explica que se considera como gastos médicos, siendo así deducciones personales en la declaración anual los gastos por pagos a enfermeras. Saludos!!!
Tópico: COMO CONSIDERAR EL PAGO
AbrahamGL

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2007 Asunto:
El deposito debe edectuarse en la empresa porque esta es la que hace la venta, lo que puedes hacer es crearle una cuenta por pagar a la persona que te lo compro, despues hacer la cancelacion de esa cuenta por pagar al comprador y crearla al administrador, esto con la finalidad de que la operacion quede clara y no se vea como dice mirnalcantu como "lavadora", así ese dinero lo tiene el administrador y si lo deposita en la empresa en efectivo, en cheque, en chicles, en piedras, en lo que sea podras cancelar ese dinero que debe el administrador a la compañia. Saludos!!!
Tópico: GANANCIA O PERDIDA CAMBIARIA
AbrahamGL

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2007 Asunto:
Estas en lo correcto caro5767, de hecho no tienes que esperar hasta hacer la conciliación bancaria, al momento del registro del cheque tienes que elaborar los cálculos para reflejar en ese momento la utilidad o pérdida cambiaria que se determine por la comparación contra el tipo de cambio del diario oficial. Saludos!!!
Tópico: REMANENTE DEL FONDO DE AHORRO
AbrahamGL

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 13, 2007 Asunto:
El remanente en este caso es la diferencia entre el total del fondo de ahorro menos los prestamos que se les otorgan a los trabajadores. Saludos
Tópico: INVENTARIO ACUMULABLE EN PAGOS PROVISIONALES
AbrahamGL

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2007 Asunto:
En efecto la regla que menciona Gi1berto es para el cálculo del coeficiente de utilidad pero a como entiendo la pregunta de claviga9 es para no acumular el inventario en los pagos provisionales. ¿que te parece claviga9 si nos aclaras la duda que tienes para poder ayudar de manera correcta? Saludos!!!
Tópico: Impuestos Diferidos
AbrahamGL

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2007 Asunto:
Primero que nada tendrías que leer el boletín de la serie NIF D el D-4, de ahi se explica la verdad de manera no muy clara la determinación de los impuestos diferidos, la mejor manera de determinar estos impuestos son con base en la comparación de balanza contable y fiscal, de hecho en el boletín indican ejemplos, sin embargo en el caso de que sea tu primera vez de cálculo deberás hacer el cálculo inicial para reflejarlo en los estados financieros y de ahí partir para ejercicios posteriores.
Tópico: PRESNTACION DECLARACIONES EXENTOS IMPAC
AbrahamGL

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2007 Asunto: Re: PRESNTACION DECLARACIONES EXENTOS IMPAC
:?: :?: :?: :arrow: Las declaraciones siempre tienen que ser presentadas, si eres beneficiado con la exención del IMPAC lo que tienes que hacer es reflejar el valor de tus activos y el valor de tus deudas en tu declaración y en el renglón de impuesto determinado tendrías que poner 0 (cero), ya que cuentas con activos y deudas y aunque estes exento no puedes dejar de declarar estos valores. Saludos!!!

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