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Tópico: RT varios patrones
fellini

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 30, 2005 Asunto:
tambien te sugeriria que solicites al trabajador o en su defecto a la empresa A copia del ST1 , por aquello de las cochinas dudas. No sea que el Imss quiera aplicar los dias subsidados como RT a la empresa que no aplica el RT. (recuerda que los que revisan las declaraciones anuales de Prima de riesgo son medio "sopes") y con eso la empresa B comprueba que en ella no se origino el RT.
Tópico: RT varios patrones
fellini

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 30, 2005 Asunto:
hola, hay que ver este caso en dos partes 1 por parte de las empresas, las cuales empresa A con RT aplicable a ella y B con incapacidad por RT aplicable a otra empresa. Ambas aplican sus incapacidades en Sua A como RT y B como EG. (en ella no estuvo expuesto al RT) para Empresa A el RT aplicara en su factor para calculo de prima de RT del proximo año . Para B no pasa nada. al trabajador el Imss esta obligado a pagar al 100 % de su salario Base de cotizacion porque la incapacidad es originada por un RT (esto incluye a los salarios devengados en 2 o mas empresas siempre y cuando no rebase el tope. )
Tópico: Vacaciones e incapacidad.
fellini

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 16, 2005 Asunto:
otro ojo, tu trabajador esta laborando, la ley te dice que en estos casos deberán ser dias efectivamente disfrutados, si al sacar las cuentas te percatas que tienes que pagar 5.5 dias de vacaciones, ¿vas hacer que te trabaje 1/2 dia para que disfrute la otra mitad? que ojala y dios quiera te de .5 ¿y si no?, ¿que te trabaje solo las horas proporcionales?, que onda. yo creo que se estan siendo mas papistas que el propio papa. si creo que debemos cuidar hasta el último peso de la empresa, pero tambien tenemos la "obligacion" de buscar la mejor situacion tanto para la empresa como para el trabajador. Les aseguro que a los sindicatos esto les vale m..... pero a nosotros no por eso vemos que se puede hacer en impuesto isr imss que no perjudique a ambos En los casos mios acuerdo con el dir. gral y pagamos las vacaciones completas, de por si ya tuvo merma en su ingreso porque al ser una enfermedad gral el Imss le pago solo el 60% de su salario integrado y desde el 4° dia, alguno de ustedes se ha enfermado y les ha gustado que solo cobren el 60% y eso una semana despues si bien les va?
Tópico: Vacaciones e incapacidad.
fellini

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 16, 2005 Asunto:
ojo todos ya olvidaron el articulo 158 de la LFT y les recuerdo que la antiguedad del trabajador se genera dia a dia y que en caso de suspension de las relaciones de trabajo no se hace mencion en ningun lado que esto merme su antiguedad en la empresa. Tambien como van a establecer su fecha de ingreso si ustedes se la andan "moviendo" si tu recorres 3 meses su antiguedad entonces tendras que cambiar su fecha de ingreso y por ende su antiguedad a 3 meses mas tarde ya que por ejemplo si ingreso en febrero y le "recorres" la antiguedad a mayo , el sig. año tampoco en feb tendra un año efectivo de trabajo ¿no te parece incorrecto..? yo optaria por pagar vacaciones por el tiempo efectivamente laborado, y lo correcto es pagar en febr. la parte prop de las vacaciones a que tuvo derecho y borron y cuenta nueva
Tópico: Mi contadora dice que no se puede...
fellini

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 16, 2005 Asunto:
recuerda sandraja que para integrar un pago al salario fijo, debe ser como tal, conocido de antemano (ese monto ya sabes cual es ) y que se otorgue efectivamente (eso no lo sabes ya que depende si lo "ganan" o no) a diferencia del aguinaldo y la prima vacacional tu ya las conoces de antemano y sabes que llueve o truene tendras que entregarlas a los trabajadores por esto se integran como parte fija. Ojo la ley del del Imss te dice que no rebasen el 10% cada concepto. yo checaria y lo pagaria con el concepto de puntualidad O asistencia o mitad y mitad tratando de que no rebase el tope del 10% del salario integrado o lo que rebase sea lo minimo y esta cantidad integrarla en tu bimedte como parte variable3. Tambien si cuando envias tu disco o la informacion de Modif. Salarial bimestral Checa que efectivamente diga Salario Mixto en cada trabajador porque si dice fijo entonces el Imss Procedera a cambiar la parte fija y no te permitirá en el bimestre siguiente regresar a cotizar en el sueldo anterior (yo creo que esto fue lo que les paso antes)
Tópico: antiguedad en empleo para credito infonvit y busco trabajo
fellini

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 16, 2005 Asunto:
la nueva forma en que se calculan los puntos del infonavit se dividen en 4 1.-por edad y sueldo, hay una tabla ya establecida para calcular este puntaje 2.-segun las VSM que tengas ahorrado en tu afore tambient te otorgan puntos y aqui viene lo bueno 3.- te dan 2 puntos por cada bimestre cotizado continuo si es que no llegas a 6 bimestres (1 año) y te dan 4 puntos por cada bimestre si tienes mas de 6 bim cotizados continuos (o sea si tienes 6 bim te otorgan 12 puntos y si tienes 7 bim te dan 28 puntos)( los acumulan de 2 o mas empresas siempre y cuando no dejes de cotizar continuamente entre cada empresa) 4.- de igual forma que el anterior te dan 2 puntos por bimestres cotizados en tu empresa (ultima o mas bien actual) y 4 por tener mas de 6 bim en esa misma empresa. o sea que para obtener los puntos necesarios (creo que son 116 minimos) y por logica matematica, si no tienes mucho ahorrado en tu afore y tu sueldo no es muy alto, tendras que tener mas de 1 año en tu empresa o menos ( pero no mucho bim)si tienes mas de 7 bimestres continuos. puedes accesar a la pagina de infonavit y obtener tu puntaje, ahi hay una liga que te indica como calcularon tus puntos y asi hacer cuentas.
Tópico: Incapacidad por maternidad
fellini

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 13, 2005 Asunto: Re: Incapacidad por maternidad
[quote:93fe9eac89="CRUZAL"]asi es tienes que pagarle sin deduccion alguna todo integro .[/quote:93fe9eac89] para pepesoto y sosgtorreon 1.- al no ser un pago que el imss realice, toda la carga( laboral y fiscal)queda a cargo del patron. por lo tanto yo no lo pagaria en base a su salario diario integrado este es solo para efectos del imss. ¿o no..? 2.- salario integro (¿¿¿¿¿sin impuestos ???), salario es la cantidad que paga la empresa a la cual se le deducen los impuestos correspondientes, no se si a lo que se refieran es al neto pagado. Cuando el IMSS paga la incapacidad no deduce impuestos (no tiene base gravable conta la cual comparar, y supongo que tendra un fundamento legal para aplicarlo de esta forma) la empresa al no pagar estos dias tampoco deduce impuestos y estas cantidades no se acumulan para su base gravable anual. sin embargo si lo paga la empresa se tendria que acumular al ingreso gravable por lo que considero que si se le descontarian su ISPT, solamente que dicho pago como bien dijo alguien lo tenga integrado en su plan de prev. social y cumpla con los limites que la LISR nos maneja para que sea libre de impuestos (ISR) 3.- otro tratamiento seria el pago de las cuotas obrero. ya que la empresa la contar con la incapacidad esta en su derecho de en aplicarla al sua y este deducir las cuotas obrero patronales (ya de por si la empresa tiene que pagar los dias subsidiados) por lo tanto creo que ya no se le descontarian las cuotas correspondientes al trabajador por esos periodos amparados por las incapacidades. (logico no las estas pagando tampoco) ¿ que piensan ??
Tópico: incapacitado por enfermedad general desde hace 4 años
fellini

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Re: incapacitado por enfermedad general desde hace 4 años
la LFT art 42 fracc II te menciona que una causal de suspension temporal del trabajo es efectivamente la incapacidad temporal del trabajador por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo. en el art 43 frac I te aclara que esta surtirá efecto desde la fecha ..... de la que se produzca la incapacidad para el trabajo hasta que termine el periodo fijado por el IMSS...". El trabajador esta obligado a entregarte las incapacidades que le emita el instituto para que tu a su vez las apliques a tu sua. si el trabajador no te entrega las incapacidades entonces puedes proceder a dar por terminada la relacion de trabajo segun el art 47 fracc X, ya que no te esta justificando las faltas. Por otro lado es lo mas prudente que te des una vuelta por su clinica y cheques en archivo si se le han estado emitiendo incapacidades por todo este periodo (yo creo que no se las han dado, porque el seguro solo incapacita por un periodo de 52 semanas en caso de EG.), lo que ha mi me ha sucedido es que cuando se cumple el plazo y el instituto empieza a valora la incapacidad le deja de emitir las incapacidades y le informan al trabajador que se va ha iniciar su tramite de pension. Yo cuando termina la fecha de la ultima inacapacidad dejo correr 4 dias (por aquello de las faltas) y lo doy de baja. Generalmente a mi si me avisan que ya esta en tramite su pension. Durante el tiempo en que tarda en salir el tramite de su pension le instituto no deja de atenderlo y continua con su tratamiento. lo unico es que ya no tiene pago de esos dias, sin embargo el instituto se los repone cuando autoriza su pension y se los entrega en un pago antes de su primera mensualidad. Por tu caso yo supongo que tu trabajador ya esta pensionado pero no esta conforme, y a tu empresa la esta pasando a fregar. porque supongo que estan pagando las cuotas completas de tu trabajador. ¿tienes el acta de la inconformidad? la autoridad ya resolvio a favor de el y a que te esta obligando. todo debe estar aclarado en el acta o laudo a favor del trabajador. Dile a tu abogado que lo cheque.
Tópico: RECLAMO DE VALES DE DESPENSA
fellini

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 09, 2005 Asunto: Re: RECLAMO DE VALES DE DESPENSA
Segun recuerdo los salarios y demas prestaciones prescriben al año no recuerdo el fundamento legal pero lo voy a checar, por lo que deberas guardarlos hasta feb.2006 yo lo que hago es mandarlo llamar con algun trabajador que lo conozca o al tel de sus referencias, casi siempre encuentras como localizarlo. Aun cuando sea poca cantidad a este trabajador le sirven.

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