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Tópico: alta obra en imss Lagos de Moreno;Jal.
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 05, 2005 Asunto: alta obra en imss Lagos de Moreno;Jal.
[color=green:609342da99][/color:609342da99] Hola, necesito dar de alta una obra en el Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, por lo que de favor solicito si alguien me puede proporcionar el domicilio de la Subdelegación del imss correspondiente. Gracias.
Tópico: JORNADA REDUCIDA
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 04, 2005 Asunto:
La LFT establece tres tipos de jornada de trabajo: DIURNA 8 horas máximo; MIXTA 7.30 horas máximo y NOCTURNA 7 horas máximo. Consecuentemente, menos de estas horas, puede considerarse como jornada reducida.
Tópico: Duda en Abandono de empleo
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 04, 2005 Asunto:
Si no lo diste de alta al imss, éste no te va a cobrar por él.
Tópico: duda en abandono de empleo
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 03, 2005 Asunto:
El plazo de dos meses es para presentar demanda laboral cuando el trabajador estime que se le despidió sin justa causa. Desde luego que la indemnización constitucional y accesorios se piden en la misma demanda, como acción principal del despido. Para reclamar prestaciones como aguinaldo, vacaciones, horas extras, etc., el trabajador cuenta para ello de un año.
Tópico: Atribuciones del Instituto Mexicano del Seguro Social
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 03, 2005 Asunto:
No hay que caer en el juego del imss en donde el infonavit le qiuere hacer segunda. Si el imss de manera arbitraria, sin base alguna y desde luego, sin facultades legales, modificó los salarios, hay que seguir pagando el SUA con los movimientos y salarios que la empresa ha generado al imss, nunca cotizar como lo quiere imponer el imss. Mediante escrito libre al imss, hay que manifestarle que la modificación que ellos han hecho, es ilegal porque a los trabajadores la empresa no se les ha incrementado el salario, por lo que no se cotizará conforme las modificaciones del imss; también y en paralelo, promuieve recurso administrativo de inconformidad en el imss, impugnando el Oficio por medio del cual comunican los incrementos salariales, aduciendo falta de facultades del imss para ello. Cuando lleguen los sivepas, también los impugnas oportunamente, bajo las mismas bases. Con esos escritos sellados de recibido, copia de ellos preséntalos al infonavit, como prueba de que tu empresa no hizo tales modificaciones, sino que fue por una arbitrariedad del imss y que por tal motivo no lo estás consintiendo y si el infonavit insiste en querer multarte y emitiendo requerimientos de cobro, también puedes impugnarlos por medio del recurso de inconformidad o juicio de nulidad. Por cierto jazqui, de donde eres, como para saber que consejo consultivo del imss te corresponde o que Tribunal Fiscal.
Tópico: CONVENIO DE MULTA
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 03, 2005 Asunto:
Todos los créditos fiscales, como actos de autoridad, son impugnables, pero para ello, es importante saber cuando y como se notificaron, para saber si se está en tiempo.
Tópico: Atribuciones del Instituto Mexicano del Seguro Social
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto:
POr ningún motivo, vayas a considerar los nuevos salarios (indebidos) que impuso el imss, tu sigue haciendo tus pagos conforme tu SUA, y cuando llegue la notificación del SIVEPA, lo recurres ya sea en inconformidad que yo creo lo cancelarías ya que los abogados del jurídico en León,Gto, son conscientes de las ilegalidades del imss y no vacilan en darte la razón (al menos esa ha sido mi experiencia con ellos) o bien, promover el juicio de nulidad en Celaya,Gto. En cuanto al Oficio, trata de aclararlo inmediatamente o también lo impugnas para que no sea un acto consentido.
Tópico: SE INDEMNIZA SI NO HAY CONTRATO?
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto:
deivet dijo que los contratos temporales no existen, pero conforme a la Ley Federal del Trabajo si existen, los que no existen son los contratos a prueba, y estos contratos estaban contemplados en la Ley federal de Trabajo de 1930 y a partir de la "nueva" lft, que es de 1970, YA NO EXISTEN LOS CONTRATOS A PRUEBA.
Tópico: CONVENIO DE MULTA
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto:
Efectivamente, el formato del convenio que estimo pides, lo tiene el imss, el cual más que convenio, es un contrato de adhesión, ya que realmente te estás adhiriendo a las pretensiones del imss, y no te permite que lo ajusten a tus peticiones, por lo que sería inútil un "machote" de un convenio que realmente te sirva.
Tópico: URGE INDEMNIZACION???????
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto:
Solo agregaría al comentario de edgarecs, que la Junta de Conciliación y arbitraje condene al patrón a reinstalar a su trabajador y dicho patrón para no cumplir con la reinstalación, lo indemince con 20 días de salario por año trabajado.

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