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Tópico: Una baja es necesario..
ixhidalgo

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
Si el daño a las instalaciones de la empresa es intencional, además de ser causa de rescisión como lo estás manejando, el trabajador incurre en responsabilidad penal por el delito de daño en las cosas o bienes, por lo que puede denunciársele ante el Ministerio Público por ese delito, integrar la averiguación previa penal respectiva e inclusive lograr orden de aprehensión. De esto, puedes llegar a un convenio en donde tu no lo denuncias penalmente y el te firma renuncia voluntaria, dan por terminada la relación de trabajo por mutuo consentimiento, desde luego sin darle copia al trabajador, en el entendido que si el demanda ante la junta o ante el imss, tu también lo denunciarás ante el M.P., y como previsión, presenta de todos modos la denuncia para que el m.p. haga una fe ministerial de los daños causados a las intalaciones, se cuantifiquen y luego puedes llegar a ese convenio y quedar en suspenso la averiguación en tanto transcurren los plazos legales para demandar laboralmente.
Tópico: Incapacidad trabajando
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
Efectivamente, a veces las necesidades de las empresas rebasan el orden establecido por la legislación respectiva, incluso, poniendo en riesgo a la misma empresa, así que es conveniente valorar el riesgo-beneficio de que un trabajador labore estando incapacitado por el imss
Tópico: ayuda!
ixhidalgo

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
Además de lo bien aconsejado por los colegas foristas, lo que yo sugiero es que si el trabajador a quien se le rescinde el contrato individual de trabajo no quiere firmar de recibido el aviso de rescisión, la ley laboral concede al patrón en estos casos, un plazo de 5 días para que a través de un procedimiento denominado "para-procesal", solicites a la junta le notifiquen al trabajador el escrito de renuncia, para que así opere la rescisión, menifestándole a la junta, que el trabajador, enterado del contenido del aviso rescisiorio, ya que lo leyó, se negó a firmar de recibido y es por eso que acudes a su notificación por medio de la junta.
Tópico: CESION DE DERECHOSEN CREDITO INFONAVIT
ixhidalgo

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
Formalmente y desde el punto de vista del derecho civil, la cesión de derechos, que en el caso en más bien una cesión de deuda, solo opera con el consentimiento escrito del acreedor, que en este caso es el infonavit. Ahora bien, civilmente, no existe duda que el trabajador acreditado por infonavit, tenía derecho a la vivienda, porque la cesión en sentido amplio, presupone que el "comprador" en este caso cesionario, pagó determinado precio del inmueble y se comprometió a liquidarlo, con el cual, adquirió todos los derechos que tenía el trabajador acreditado de infonavit (vendedor), por lo que tal cesión, en principio, es oponible al juicio universal de sucesión que pudieran tramitar los herederos respecto a esa casa.
Tópico: Una baja es necesario..
ixhidalgo

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
El dar de baja o alta ante al imss a un trabajador, es un mero trámite administrativo, que no necesariamente significa que es o deja de ser trabajador, empero, el trabajador, bien asesorado, puede manipular estos movimientos y aprovechar la presunción legal de que en caso de duda, se resolverá en favor del trabajador.
Tópico: Explicacion del NSS
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
gracias
Tópico: Afectaria el error?
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
Además del atinado comentario o sugerencia de jleeglz, solo sugiero que el trabajador elabore y firme un escrito, en donde reconozca que porporcionó incorrectamente su número de seguridad social, que mencione el correcto y que el solicita a la empresa que el nss incorrecto se dé de baja y se dé de alta el correcto con fecha actual, para así evitar algun problema.
Tópico: INSCRIPCION AL IMSS BY PACO
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
lo que al imss le interesa, es saber si en el proceso o procesos de trabajo, interviene maquinaria y el tipo de la misma o si es manual la operación o proceso, para ubicarla correctamente en la clase y grado de riesgo, por lo que hay que ser muy precavidos en la información que al respecto hagas, ejemplo, si el procveso de acomodo de llantas es manual o es en base a montacargas o simillar.
Tópico: URGE?????DUDA EN PREV. SOC.
ixhidalgo

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
solo hazles saber que puede ser que en algunos casos dicha prestación va a integrar el salario base de cotización y pagarán más COP, a menos que topes esta prestación a los que por su sueldo, rebasen el tope permitido por el art. 27 LSS
Tópico: que pasaria si....
ixhidalgo

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto:
La falta de contrato laboral escrito, es causa imputable al patrón y desde luego le puede perjudicar en un juicio laboral. Si el despido es justificado, que más bien sería una rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón, por el lado laboral, en principio, no tendrías mucho problema, pero si no estaba registrado en el IMSS, podría denunciarte ante el imss o mandarlo llamar en el juicio laboral para pretender una inscripción retroactiva, solo que mis amigos del jurídico aquí en San Luis potosí, me dicen que no procede en juicio laboral, la inscripción retroactiva, ya que en la actualidad ya no hay relación de trabajo, ya que tal inscripción procedería en todo caso, si se encuentra vigente la relación laboral.

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