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Tópico: No aparecen los ingresos y gastos acumulados en PP
gtagt

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 15, 2017 14:04:35 Asunto: No aparecen los ingresos y gastos acumulados en PP
Buenos dias no se si a alguien le a pasado, esto estoy enviando una declaraciones de pagos provisionales del 2016 envié julio y todo esta bien, al querer enviara agosto 2016 entro y no me aparecen los ingresos y fastos acumulados de periodos anteriores no se a que se deba y si a alguien le a pasado esto, de entamo gracias por sus comentarios
Tópico: duda para deducir compras de importacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 06, 2017 08:35:39 Asunto: Re: duda para deducir compras de importacion
Gracias a todos esto encontré en la revista IDC Fecha de publicación: 2017-01-24 Pedimento ¿declaración fiscal en XML? Revisa si el pedimento como comprobante fiscal tiene que presentarse en formato XML, para tener validez En cuantas ocasiones tu contador te ha exigido los pedimentos de importación y exportación de las mercancías, en formato XML, esto para darle validez como comprobante del pago de las contribuciones al comercio exterior. El pedimento es una declaración en documento electrónico, generada y transmitida respecto del cumplimiento de los ordenamientos que gravan y regulan la entrada o salida de mercancías del país. Contiene información relativa a las mercancías, el tráfico, régimen aduanero al que se destinan, de las formalidades para la importación o exportación, así como la exigida según la normatividad aplicable (art. 2, fracc. XVI, Ley Aduanera –LA–). Además es aceptado dentro del contexto de las declaraciones en materia de impuestos federales, por los tribunales. Prueba de ello es la jurisprudencia de rubro: PEDIMENTO. ES UNA ESPECIE DE DECLARACIÓN FISCAL, RELATIVA A OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR), visible en laRevista del TFJA, Octava Época, Año 1, Núm. 3, p. 594, tesis VII-CASR-1OC-23, octubre 2016 . Por ende, al reconocerle al pedimento el carácter de una declaración fiscal no debería acompañarse el documento digital con el formato XML; por lo que la exigencia, se contrapone con lo previsto en la ley de la materia, ya que no prevé que deba crearse ni entregarse obligatoriamente bajo ese formato. El artículo 36 de la LA, únicamente señala el deber de transmitir, a través del sistema electrónico aduanero, en documento electrónico a la autoridad, un pedimento con la información referente a las mercancías. En este evento, aun cuando el pedimento se elabora en una versión electrónica, no se encuentra en el citado formato, y para efectos prácticos el agente aduanal solamente exhibe ante la aduana un ejemplar con los campos contenidos en la forma denominada “Impresión Simplificada del Pedimento”; y entrega al contribuyente el archivo electrónico que integra cada uno de los pedimentos con la información transmitida y enviada en mensaje o documento electrónico como parte de sus anexos (art. 162, fracc. VII, LA). En cuanto a la validez del pedimento que ampare la operación realizada, bastará con que contenga los siguientes datos, los cuales permiten constatar su autenticidad: el acuse electrónico de validación y el número del prevalidador la firma autógrafa del agente aduanal que lo tramitó, el código de barras, y la descripción de la mercancía, y los sellos impresos de pago de las contribuciones causadas, el monto, fecha y hora en que se efectuó; del despacho aduanero, la hora de presentación, desaduanamiento libre o primer reconocimiento, en su caso, la aduana de despacho; y del que acredita que la importación o exportación fue cerrada Así lo ratificó el Tribunal Federal de Justicia  Administrativa (TFJA) en la tesis VII-CASR-1OC-23, rubro: PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN. NO ES UN REQUISITO PARA SU VALIDEZ, QUE SE ENCUENTRE REGISTRADO EN ALGUNO DE LOS SISTEMAS INSTITUCIONALES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, visible en la  Revista del TFJA, Octava Época, Año 1, Núm. 3, p. 594, octubre 2016. Como puede observarse la tesis versa sobre los elementos que debe contener el pedimento para que sea válido y compruebe que la operación concluyó satisfactoriamente, de acuerdo con las formalidades previstas para tal efecto en la LA. Documento que la autoridad no debe omitir ni desconocer por no encontrarlo en los sistemas institucionales a que tiene acceso, de hacerlo estaría ante una determinación ilegal del crédito fiscal.
Tópico: duda para deducir compras de importacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2017 16:27:50 Asunto: duda para deducir compras de importacion
Buenas tardes a todos una duda para deducir las compras de importación solo solo vasta tener el pedimento de importación, es que le solicitamos una factura electronica a DHL que son los que importaron y nos contestaron que el pedimento es un comprobante fiscal, de antemano gracias
Tópico: Disminución de capital por retiro de socios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2016 07:00:52 Asunto: Re: Disminución de capital por retiro de socios
Gracias FISCIVAN11 una disculpa efectivamente el inicio fue Marzo 2015 y se liquidaron los socios de $ 50,000.00 uno cada mes a partir de mayo 2016 y si efectivamente el enfoque es en cuanto al pago de isr estos movimientos aun no se han hecho ante notario en cuanto a que pudiera tratarse en terminas de la LGSM como una disolución. me aconsejas que le ve con un abogado especialista, este puede ser un fiscalista o donde puedo encontrar ya que no tengo idea de donde buscarlo es la primera ves que se me presenta una situación así de antemano muchas gracias por tu apoyo
Tópico: Disminución de capital por retiro de socios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 05, 2016 13:12:27 Asunto: Disminución de capital por retiro de socios
Buenas tardes a todos hace un año ( marzo 2016 ) se creó una sa de cv con 6 socios dos de los socios aportaron 150,000.00 cada uno los otros 4 aportaron 50.000.00 es decir el capital de aportación es de 500,000.00 inicialmente, los socios que aportaron los 50,000.00 decidieron retirarse ( uno cada mes ) en este supuesto no se tendría que pagar isr es correcto esta apreciación, ahora de los dos socios restantes uno de ellos quiere retirar 100,000.00 y sustituir los 50.000.00 a un nuevo socio esto es viable y tampoco sería sujeto de isr de antemano muchas gracias por sus opiniones, en el ejercicio 2016 se tuvo perdida fiscal
Tópico: ESCUELAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 05, 2014 22:58:15 Asunto: ESCUELAS
A partir de este año las Escuelas ya no se consideran como personas morales con fines no lucrativos, con este cambio se puede constituir una escuela como A C en este 2014 o forzosamente debe de constituirse como S C gracias anticipadas por sus respuestas
Tópico: Duda RLISR Art. 25. Deducción de gastos comunes de inmuebles sujetos al régimen de condominio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 14, 2011 14:30:25 Asunto: Duda RLISR Art. 25. Deducción de gastos comunes de inmuebles sujetos al régimen de condominio
Buenas tardes a todos Hace dos años se dio de alta un condominio cuya finalidad es la de uso habitacional, LISR Art. 95. Personas morales con fines no lucrativos Asociaciones civiles de colonos y las asociaciones civiles que se dediquen exclusivamente a la administración de un inmueble de propiedad en condominio Para el cobro de cuotas ordinarias solo emitimos un recibo foliado , con La Cedula Fiscal Impresa, , Nombre, Domicilio, RFC, de la Asociación Civil así como los datos del impresor autorizado, datos de Autorización , fecha de impresión y caducidad, creo que cumple con todos los requisitos fiscales, como comente al inicio el uso que se la da al condominio es habitacional por lo que no habíamos tenido problema alguno en cuanto al la expedición de nuestro recibos, A principios de febrero una persona moral adquirió 4 departamentos, nos dice que los comprobantes que emitimos no reúnen los requisitos fiscales Quiero suponer que esta persona moral quiere deducir este gastos para isr iva e ietu, creo que aun que le diera una factura desglosándole el iva este gasto no seria deducible para la persona moral, Por lo que me surgen las siguientes duda, espero me puedan orientar Primera los comprobantes que estamos emitiendo creo que cumple con todos los requisitos fiscales Segunda de acuerdo al koh70pad RLISR Art. 25. Deducción de gastos comunes de inmuebles sujetos al régimen de condominio, tendría que elaborar una relación detallada de cada comprobante de los gastos realizados para el mantenimiento de las áreas comunes y emitir una factura desglosándole el iva por la parte proporcional que corresponde al condómino de que se trate, del gasto total Tercera si emito una factura tendría que tributar en el Titulo II de las personas morales y estaría obligado a hacer pagos provisionales de Isr Ietu y mensuales de Iva por el total de las cuotas recibidas de todos los condóminos Cuarta mis recibos vencen el 30 de Noviembre del 2011 tendré que emitir mis Recibos con el CBB a partir de Diciembre 2011 Si es así seria mas practico dar de alta una SC o una PF para que a través de esta se emitiera la factura por las cuotas de mantenimiento cobradas a la PM De antemano muchas gracias por sus comentarios
Tópico: No envie aviso para continuar como impresor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2010 22:06:49 Asunto: Re: No envie aviso para continuar como impresor
Gracias Kiso Por tu aportación, Enrique9727 también te agradezco, el no haber presentado este aviso en tiempo va a originar que le revoquen la autorización al impresor , y no podrá seguir imprimiendo comprobantes fiscales, la solución que me dio el Sat es que realice nuevamente el tramite como si fuera la primera ves , esto nos llevara algún tiempo por lo que , por lo que espero allá otra solución
Tópico: No envie aviso para continuar como impresor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 06, 2010 11:16:27 Asunto: No envie aviso para continuar como impresor
Buenas tardes mucho agradeceré si alguien me puede orientar en lo siguiente Por error no envié el aviso para continuar siendo impresor autorizado como puedo corregir este error me confundí pensé que el plaza vencía en feb 2010
Tópico: Cambio de domicilio y apertura de local
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2010 21:55:22 Asunto: Re: Cambio de domicilio y apertura de local
Muchas Gracias LCANTONETA

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