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Tópico: Duda de DIOT
JuanJiga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2007 Asunto: Re: Duda de DIOT
Mi duda se debe a que la ayuda del DIOT dice: Es el IVA retenido que corresponde al efectivamente pagado en el periodo. En verdad que no entiendo esta parte, si alguien me pudiera orientar se lo agradecería.
Tópico: Duda de DIOT
JuanJiga

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2007 Asunto: Duda de DIOT
Hola buenas tardes a todos: Ojala me puedan ayudar con lo siguiente: Que dato hay que colocar en el campo [size=10:0b595b50b4][color=blue:0b595b50b4]"Total IVA Retenido al Contribuyente (Acreditable)"[/color:0b595b50b4][/size:0b595b50b4] de la DIOT simplificada. El IVA retenido a terceros en el mes? El IVA retenido del mes inmediato anterior enterado en el mes corriente? Ej.: (Retenido en Enero enterado en Febrero) El IVA que me retuvieron en el mes? Muchas gracias por su ayuda.
Tópico: Programa para validar informacion de solicitudes de IVA
JuanJiga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2007 Asunto: Re: Programa para validar informacion de solicitudes de IVA
Hola Gilberto: te lo estoy enviando al correo que aparece en tu perfil espero te sirva
Tópico: FECHA DE CADUCIDAD DE LOS COMPROBANTES....
JuanJiga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2007 Asunto: Re: FECHA DE CADUCIDAD DE LOS COMPROBANTES....
Que tal SHANGAI: Al respecto, te anexo la regla 2.4.19 Para los efectos del artículo 29- A, fracción Vlll y antepenúltimo párrafo del CFF, se estará a lo siguiente: I. Se podrá optar por considerar únicamente el mes y año, como fecha de impresión -sin incluir el día- en el entendido de que el plazo de vigencia se calculará a partir del primer día del mes que se imprima en el comprobante. II. La numeración de los comprobantes continuará siendo consecutiva, considerando inclusive los comprobantes cancelados al término de su vigencia. De acuerdo a lo anterior, si la fecha de impresión dice junio 2005, entonces tus comprobantes caducarán el 01 de junio de 2007 Saludos. Saludos.
Tópico: diferecnia entre Informativa Normal y Simplificada
JuanJiga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2007 Asunto: Re: diferecnia entre Informativa Normal y Simplificada
Que tal ponce: Desde mi punto de vista, se deben de relacionar todos los proveedores ya la fracción VII del art. 32 de la LIVA no hace distingo al respecto. Art. 32 LIVA VIII. Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales , a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria,[color=blue:6ce6a25221] la información correspondiente sobre el pago , retención , acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores[/color:6ce6a25221], desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago , dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información. Ahora bien, la regla 5.1.2. menciona: Para efectos del art. 32, Fracción VIII de la LIVA, los contribuyentes podrán no relacionar individualmete a sus proveedores en la información a que se refiere dicho precento, hasta por un monto quer no exceda del 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes, sin que en ningún caso el monto de alguna de las erogaciones incluidas en dicho porcentaje sea superior a $50,000.00 por proveedor. No se consideran incluidas dentro del porcentaje y monto a que se refiere este párrafo los gastos por concepto de consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres. En la declaración informativa correspondiente se manifestará el monto total hasta el 10% por el que no se relaciona individualmente a los proveedores bajo la clave: XXX010101000. En conclusión, se deben de relacionar [color=blue:6ce6a25221]TODOS LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS[/color:6ce6a25221] ya sea individualmente o bien incluidos en el 10% mencionado. Saludos.
Tópico: VACACIONES
JuanJiga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2007 Asunto: Re: VACACIONES
Que tal codi: Estoy de acuerdo con lobozac, sin embargo.... tal vez puedas tomar como referencia el título decimo arts. 516 - 522 de la LFT Saludos.
Tópico: REGIMEN INTERMEDIO EN EL EDO DE MEXICO
JuanJiga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 06, 2007 Asunto: Re: REGIMEN INTERMEDIO EN EL EDO DE MEXICO
Hola gace 70 Los REPECOS son los que tiene la obligación de enterar sus impuestos (ISR e IVA) a la entidad federativa, en este caso el Edo Mex; por lo que respecta a los del régimen intermedio, siguen enterando sus contribuciones a la Federación. Saludos!
Tópico: calculo del isr
JuanJiga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 06, 2007 Asunto: Re: calculo del isr
Hola evaristojavier Puedes buscar en la página del SAT ahí hay un ejemplo sencillo de lo que requieres.
Tópico: tasa de iva
JuanJiga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 06, 2007 Asunto: Re: tasa de iva
Que tal DEPACONTADORES, Yo considero que dicho artículo solamente se refiere a piezas de oro; así mismo, el ART. 10 del RLIVA menciona:Para los efectos de los artículos 2o.-A, fracción I, inciso h) y 25, fracción VII de la Ley, se considera que el 80% de [color=blue:0cc5b3540c]oro[/color:0cc5b3540c] , incluye a los materiales con los que se procesa la conformación de ese metal. Veamos si alguien tiene una opinión diferente.
Tópico: Software para Devoluciones y Compensaciones
JuanJiga

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Mensaje Foro: Software Enviado: Mayo 16, 2007 Asunto: Re: Software para Devoluciones y Compensaciones
Gracias a todos por su interés en el tema, busque el error en Google y lleve a cabo todas las sugerencias que encontré con respecto a este error, sin embargo no se solucionó el problema así que opte por acudir a las oficinas del SAT donde me proporcionaron el programa... y vualá ya puedo trabajar con la aplicación. Gracias!

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