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Tópico: Ayuda Declaracion Riesgo de trabajo
aileczami

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 26, 2007 Asunto: Re: Ayuda Declaracion Riesgo de trabajo
Gracias por tu comentario Pues dudo que les interese solicitar la devolucion, en realidad si los importes son fuertes le invierten tiempo, si no pues solo sancionan internamente en este caso al jefe de personal...
Tópico: Ayuda Declaracion Riesgo de trabajo
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 26, 2007 Asunto: Ayuda Declaracion Riesgo de trabajo
Hola! Si me pudieran ayudar con su criterio... Resulta que para la determinacion de los dias cotizados para determinar los trabajadores expuestos al riesgo, tengo un trabajador del cual se presento la baja el 28 de febrero de 2006 pero erroneamente se pagaron las cuotas del seguro hasta el mes de junio, el jefe de personal extravio el comprobante de la baja, pero quiere amparar la misma con las determinaciones q el IMSS le proporciono en las cuales efectivamente a partir de marzo no aparece el trabajador en cuestion... La duda es, ¿Tomo los dias cotizados de acuerdo con las liquidaciones pagadas o disminuyo los dias q no debi pagar por el trabajador q se dio de baja desde el 28 de febrero?
Tópico: Saldo de IVA, caso extraño
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2006 Asunto: Re: Saldo de IVA, caso extraño
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.- PROCEDE ACREDITARLO EN EL MISMO PERIODO EN QUE SE EFECTÚA LA DECLARACIÓN DE RETENCIÓN DEL GRAVAMEN.- De la aplicación estricta de lo preceptuado por el artículo 4°, fracción IV, séptimo párrafo, inciso c) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente en 2001, que establece el procedimiento a seguir para realizar el acreditamiento, previendo el requisito consistente en, "(. ..) c) Que tratándose del impuesto trasladado que se hubiera retenido conforme al artículo 1°-A, dicha retención se entere en los términos y plazos establecidos en esta Ley (. ..)", no se desprende que deba también atenderse a un diverso procedimiento y al requisito de que exista una declaración mensual del pago provisional correspondiente al impuesto trasladado, anterior a la declaración mensual donde se realice el acreditamiento, como lo pretende la autoridad al adicionar al fundamento invocado en el acto impugnado, lo dispuesto en la regla de carácter general 5.2.4 de la Resolución Miscelánea para el 2001 y, resuelven en base a la misma que es improcedente el acreditamiento que realizó la actora; siendo indebida la aplicación de tal regla, en virtud de que es extensiva y contradictoria a lo establecido por la disposición inicialmente invocada, en mérito de que la señalada regla introduce la aplicación de un procedimiento y requisitos no previstos expresamente en el Ordenamiento legal aplicable, como lo es, pretender llevar al cabo el acreditamiento hasta la siguiente declaración de pago provisional a aquélla en la que se hubiese efectuado el entero de la retención, impidiéndosele al contribuyente el ejercicio de un derecho consignado en la propia Ley de la materia que, como requisito para la procedencia del acreditamiento, prevé únicamente que la retención se entere en los términos y plazos establecidos en tal Ley. Juicio No.1169/02-07-01-6.- Resuelto por la Primera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, e16 de noviembre de 2002, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Miguel Ángel García Padilla.- Secretaria: Lic. Martha Evangelina Lujano Cortés.
Tópico: Saldo de IVA, caso extraño
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2006 Asunto: Re: Saldo de IVA, caso extraño
Si fue la unica operacion que tuviste en el mes, si te resulta saldo a favor en ambos meses, puesto que es un IVA pagado a un tercero por lo tanto acreditable. En este caso yo optaria por declarar el saldo a favor por el importe total del IVA trasladado incluso el retenido.
Tópico: PF ACTIVIDAD EMPRESARIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 26, 2006 Asunto: PF ACTIVIDAD EMPRESARIAL
AYUDA URGENTEEEE Una persona fisica con actividad empresarial realizo retiro de utilidades, tiene saldo en la cuenta de utilidad fiscal empresarial reinvertida( de hecho nunca antes retiro utilidades) mi duda es como presento el retiro de utilidades y su respectivo impuesto en la declaracion anual.
Tópico: PF con actividad Empresarial
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2005 Asunto: PF con actividad Empresarial
Hola: Espero me puedan ayudar Trabajo para una persona fisica con actividad empresarial, resulta que esta persona desea retirar 20,000 semanales y le recomendaron que lo hiciera como si percibiera un honorario asimilable. Esto es posible? Me podrian asesorar al respecto? :twisted: Gracias[/b]

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