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Tópico: se paga???
leonrcastrov

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 06, 2005 Asunto: Re: se paga???
Es importante que la trabajadora haya cotizado 30 semanas en los ultimos 12 meses, de lo contrario el IMSS no pagaría la Inc. y de acuerdo a la LFT el patrón estaría obligado a cubrir su sueldo
Tópico: imss sar e infonavit
leonrcastrov

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 06, 2005 Asunto: Re: imss sar e infonavit
Es difícil, tendrías que comprobar que dichos trabajadores estuvieron afiliados con otro patrón, de lo contrario la obligación de pagar al IMSS subsiste en tanto no se haya presentado la baja de manera oficial.
Tópico: MODIF. DE SDI (PARA GRANDES FORISTAS)
leonrcastrov

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 06, 2005 Asunto: Re: MODIF. DE SDI (PARA GRANDES FORISTAS)
Eso quisieramos, pero tenemos que sutentarlo, por lo mismo sugería el obtener por parte del empleado que dicho $$, se utilizó para ese fin, es algo similar a los vales de despensa cuando los otorgas en efectivo, el IMSS (y en ocaciones hacienda)te la puede hacer de tos, por tanto las empresas optan por lo vales, de esa mera no hay vuelta de hoja que ese dinero se utilizó para ese fin.
Tópico: MODIF. DE SDI (PARA GRANDES FORISTAS)
leonrcastrov

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 06, 2005 Asunto: Re: MODIF. DE SDI (PARA GRANDES FORISTAS)
Estoy de acuerdo, excepto en que TODOS los bonos INTEGRAN, quizá lo que hace ruido es el concepto "BONO", en realidad lo que integra son todos lo PAGOS realizados a cambio de su trabajo, yo insistiría en que este pago, no es a cambio de su trabajo, considero que puede interpretarse como parte de la "previsión social" que otorga la empresa por tanto no integra de acuerdo al Art. 27 de la LSS
Tópico: MODIF. DE SDI (PARA GRANDES FORISTAS)
leonrcastrov

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 06, 2005 Asunto: Re: MODIF. DE SDI (PARA GRANDES FORISTAS)
Desde mi punto de vista, el concepto NO es sujeto de integración, ya que dicho bono no es por causa directa de sus labores realizadas, sino es una ayuda asistencial con la finalidad de ayudarle al trabajador en el cambio de residencia lo cual es comprobable, y por tanto quedaría excluido de acuerdo al ART. 27 de la LSS. NO LO INTEGRES, en todo caso pudieras pedirle facturas de los gastos que realice por su cambio de recidencia (mudanza, renta, mantenimiento, etc., como a manera de un rembolos de gastos de previsión social) para respaldarte en caso de auditoría.
Tópico: PENSIONES IMSS
leonrcastrov

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 18, 2005 Asunto: PENSIONES IMSS
Alguien tiene conociemiento cómo se calculan los montos de pensión de acuerdo a la ley de 1973 del IMSS por concepto de Retrio Cesantía y Vejez. Esto es para verificar que el monto sea el correcto para un trabajador. Gracias

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