Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de pacocma

Autor Mensaje
Tópico: Pago de IVA en exceso
pacocma

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2007 Asunto: Pago de IVA en exceso
Hola: Durante el segundo semestre de 2006 pague iva de mas, en cada uno de los meses, ahora se pretende reasignarlo a isr, hay algun impedimento o requisito para poder hacerlo? y como se hace? Gracias y saludos!!
Tópico: IVA EN VENTA DE AUTOMOVIL **
pacocma

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2005 Asunto: Re: IVA EN VENTA DE AUTOMOVIL **
Es una situación muy comun en las agencias y depende de como haya entrado a la contabilidad o mas bien como se haya efectuado la operacion de compra de la unidad, por ejemplo si la agencia compro la unidad usada a una persona moral o a una persona fisica dada de alta en hacienda, estos facturaran con sus propios comprobantes y desglosaran el IVA hacia la agencia, quien a su vez facturara esta unidad con IVA. La otra situación es cuando la agencia compra la unidad a una Persona Fisica que no este dada de alta ante hacienda, esta endosará la factura a la agencia quien registrara en su inventario sin ningun registro de IVA ya que la persona fisica no tiene la obligación de IVA por la venta del bien mueble, por eso en un comentario de los anteriores dice q el cálculo del iva sera sobre la utilidad del auto, o sea el precio de venta menos el costo de adquisicón. Saludos!![i:a63777f123][/i:a63777f123]
Tópico: Machote Venta Auto Usado
pacocma

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 21, 2005 Asunto: Re: Machote Venta Auto Usado
[quote:c2aad661ba="jjfarias"][quote:c2aad661ba="pacocma"][i:c2aad661ba]Por favor, alguien tiene un machote de una contrato de compra venta de un auto usado entre particulares?, sé que no es topico fiscal pero me ayudarian mucho si alguién me pasara una machote para guiarme. Espero me puedan ayudar. Gracias y Saludos[/i:c2aad661ba][/i][/quote:c2aad661ba] Dame un correo y te envio un contrato para que te bases en el. Aunque lo ideal sería que lo formalizaras ante un Notario Público.[/quote:c2aad661ba] Hola: Agradezco tu ayuda te envío un mail para que me hagas favor de mandarme lo que me comentas pacocmani@yahoo.com.mx; perdón que lo mande hasta ahora, es que me fui de vacaciones. Muchas Grwqacias y saludos!!!
Tópico: Machote Venta Auto Usado
pacocma

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 13, 2005 Asunto: Machote Venta Auto Usado
[i:d2998d2ae8]Por favor, alguien tiene un machote de una contrato de compra venta de un auto usado entre particulares?, sé que no es topico fiscal pero me ayudarian mucho si alguién me pasara una machote para guiarme. Espero me puedan ayudar. Gracias y Saludos[/i:d2998d2ae8][/i]
Tópico: IVA DE ANTICIPOS
pacocma

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: IVA DE ANTICIPOS
el artículo 1 b te dice cuando es por pagar y el 7 te habala acerca del tratamiento del iva en caso de una devolución del anticipo
Tópico: ¿? contabilidad de persona moral (s.a.)
pacocma

Mensajes: 35
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2005 Asunto: Re: ¿? contabilidad de persona moral (s.a.)
también les recomiendo un libro (a los que comienzan con este asunto del fiscal) se llama Taller de Practicas Fiscales, es como el ABC del fiscal, viene con ejercicios y muy bien fundamentado, vienen muchos casos de personas morales y fiscas, yo comencé con ese libro y de ahí pude partir a cosas mas finas o complejas. Suerte!!
Tópico: FACTURA DE ACTIVO ENDOSADA...DEDUCIBLE?
pacocma

Mensajes: 26
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2005 Asunto: Re: FACTURA DE ACTIVO ENDOSADA...DEDUCIBLE?
[quote:652d93da44="SaúlCastroVázqz"][quote:652d93da44="EduardoOchoa"]en que chiflados se contrapone: Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente.... III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos que señalen las disposiciones fiscales relativas [b:652d93da44]a la identidad y domicilio de quien la expida, así como de quien adquirió el bien [/b:652d93da44]de que se trate o recibió el servicio y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00, se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente. (ojo no te pide todos los requisitos del 29A CFF) solo identidad y domicilio) VII. Que cuando los pagos cuya deducción se pretenda realizar se hagan [b:652d93da44]a contribuyentes que causen [/b:652d93da44]el impuesto al valor agregado, dicho impuesto se traslade en forma expresa y por separado en los comprobantes correspondientes. Las PF particular que te vende su coche no es causante del IVA, por lo tanto no tel o puede ni debe de trasladartelo en forma expresa y por separado. [b:652d93da44]edgarivanp[/b:652d93da44] te explico lo del 20% [b:652d93da44]CAPÍTULO IV DE LOS INGRESOS POR ENAJENACIÓN DE BIENES Articulo 154 Cuarto parrafo[/b:652d93da44] Tratándose de la enajenación de otros bienes, el pago provisional será por el monto que resulte de aplicar la tasa del 20% sobre el monto total de la operación, y será retenido por el adquirente si éste es residente en el país o residente en el extranjero con establecimiento permanente en México, excepto en los casos en los que el enajenante manifieste por escrito al adquirente que efectuará un pago provisional menor y siempre que se cumpla con los requisitos que señale el Reglamento de esta Ley..... [b:652d93da44]Quinto parrafo[/b:652d93da44] Cuando el adquirente efectúe la retención a que se refiere el párrafo anterior, dará al enajenante constancia de la misma y éste acompañará una copia de dicha constancia al presentar su declaración anual. [b:652d93da44]No se efectuará la retención [/b:652d93da44]ni el pago provisional a que se refiere el párrafo anterior, [b:652d93da44]cuando se trate de bienes muebles diversos de títulos valor o de partes sociales y el monto de la operación sea menor a $227,400.00.[/b:652d93da44] Si... por vender un automovil tambien te conviertes en Contribuyente del ISR aunque usted no lo crea.... claro que tambien tendrias que observar lo del 109... PUES LUEGO IMAGINATE QUE LES PASARIA A TODOS LOS REVENDEDORES DE COCHES USADOS... NO TENDRIAN DEDUCCIONES ... YA QUE EL 90% DE SUS PROVEEDORES NO LES DAN COMPROBANTES CON IVA DEGLOSADO. ESPERO TE SIRVA Y YA NO TE DE MIEDO DEDUCIR ESE AUTO USADO SALUDOS[/quote:652d93da44] [color=green:652d93da44]HOLA: A poco le retendrías el 20% de I.S.R. a un particular? Imaginate nada más[/color:652d93da44].[/quote:652d93da44] Como este foro es para compartir experiencias y conocimientos, esta vez yo comparto lo que me tocó vivir, ciertamente la retencion se debe de efectuar, en mi caso no la efectué (no me vuleve a pasar) y verdaderamente fue un problema bastante dificil de resolver ya que si no lo retienes, el contribuyente que compra el bien es quien debe de efectuar el pago de dicha retención. El problema no fue con hacienda sino con los auditores, ya que al tratarse de retenciones a terceros es algo que cuidan mucho. En mi caso lo resolvimos literalmente desapareciendo la compra de la unidad, ya que la persona que la vendio la acepto de vuelta (suerte la mia). Saludos!!!!
Tópico: ANTICIPO
pacocma

Mensajes: 24
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2005 Asunto: Re: ANTICIPO
También estoy de acuerdo que el artículo 1 b te da la obligación de pagar iva sobre los anticipos recibidos y si debes de acumularlo para renta, creo tu pregunta va orienta hacia en que momento debes hacerlo, pues, definitivamente cuando los recibes. saludos!!!
Tópico: ISAN
pacocma

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2005 Asunto: Re: ISAN
cuando es una unidad que es intercambiada o cedida entre distribuidores, por lo general o en la pràctica tambien se pone la leyenda, esta factura no incluye ISAN por no ser una venta al consumidor final; es una leyenda similar, perdon pero no me la sè de memoria, pero es algo muy parecido a esto.[i:1cfc0dde9f] [/i:1cfc0dde9f]
Tópico: PAGA IMPTOS X REMANENTE DIST.
pacocma

Mensajes: 22
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: PAGA IMPTOS X REMANENTE DIST.
[quote:bdfed0cc3c="a_cano"]En el caso de las personas morales con fines no lucrativos, dado a que que no son contribuyent es del ISR en los términos del artículo 93, primer párrafo de la LISR, por consiguiente no determinan C. U. para pagos provisionales.[/quote:bdfed0cc3c] Para no ser contribuyentes del ISR deben de tener autorización de hacienda y para ser esto deben de ser un tipo de asociacion específico. Las demás si son sujetos de ISR. Saludos!!

Página: 1 2