Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de PEDRORM

Autor Mensaje
Tópico: SUSPENSION AL PADRON IMPORTADORES ¿LEGAL?
PEDRORM

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Agosto 28, 2008 Asunto: Re: SUSPENSION AL PADRON IMPORTADORES ¿LEGAL?
Hola de nuevo a todos: Antes que nada gracias a todos por sus valiosos comentarios. Como les comenté a este contribuyente le suspendieron su registro en el padrón de importadores originalmente por la causa de haber presentado tarde su declaración anual del ISR del ejercicio del 2007 (Situación que se nos informó de manera telefónica). LLenamos el formato de autorización para dejar sin efectos dichas suspensión adjuntando la declaración del ejercicio presentada y su respectivo acuse oficial. Sin embargo casi veinte días después nos fue rechazada tal solicitud porque al practicar su revisión el personal del Servicio de Atormentación Tributaria, detectaron que el representante legal no estaba dado de alta en el RFC con la obligación de dividendos (no obstante que lleva inscrito en el RFC casi 20 años como asalariado del propio contribuyente en cuestíón). Finalmente tuvimos que volver a presentar todo el trámite en cuestión para que despues de casi 40 días nos reanudaran el registro en dicho padrón. Es lamentable que la Autoridad cometa esta serie de aberraciones (porque no caen en la categoría de actos de molestia), y omita cumplir con las formalidades mínimas que le exigen las disposiciones fiscales y la propia C.P.E.U.M. (Art. 16), dejendo a los gobernados en completo estado de indefensión.
Tópico: honorarios pf y pm ley del imss
PEDRORM

Mensajes: 18
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 28, 2008 Asunto: Re: honorarios pf y pm ley del imss
Hola buenas tardes a todos(as): Probablemente lo que el IMSS te esta solicitando es el fundamento legal por el cual estas considerando que las personas fisicas a las que le pagas honorarios o comisiones no son sujetos de afiliación; y la respuesta si viene dentro de la Ley del Seguro Social aunque no de manera explícita (de manera velada). Si recuerdas en el artículo 12 de la Ley del SS, te menciona quienes son sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio; y en donde te mencionan en su fracción I: los que de conformidad con la L.F.T. (Artículos 20 y 21) presten a otra persona fisica o moral un servicio remunerado, personal y [b:1264f9ec44]subordinado[/b:1264f9ec44]. De tal forma que al contestar su requerimiento te apoyes precisamente en este artículo 12, y ademàs en las definiciones contenidas en el artículo 5-A de la propia Ley del S.S.; (una vez que evalues si las personas físicas en cuestión son realmente profesionistas independientes y comisionistas sin relación de trabajo con el patrón); afirmando que la relación existente entre el patrón y dichos profesionistas en de carácter meramente civil (o mercantil en el caso de los comisionistas); precisamente por no existir subordinación. Podrías fundamentar también tu respuesta en los propios artículo 20 y 21 de la L.F.T.; así como en los demas relativos a ese mismo ordenamiento; ya que el propio artículo 5-A de la LSS te refiere a ellos (Definición de Patrón y Trabajador) Saludos!
Tópico: CHEQUE CERTIFICADO APLICA CADUCIDAD??
PEDRORM

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2008 Asunto: CHEQUE CERTIFICADO APLICA CADUCIDAD??
Buenas tardes a todos (as): Sé que mi tópico no es 100% fiscal; pero dada la enorme experiencia de los foristas me gustaría saber si alguno de ustedes sabe si dada la naturaleza de los cheques certificados, estos están sujetos al mismo término de caducidad que los cheques ordinarios. En caso contrario ¿Me podrían decir cual sería el término de su vigencia??? Gracias y saludos!
Tópico: PROGRAMA DE CORRECCION PATRONAL
PEDRORM

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 06, 2008 Asunto: Re: PROGRAMA DE CORRECCION PATRONAL
Buenas tardes: Antes que nada es necesario aclarar que existen dos modalidades para el sistema de la corrección patronal, el espontáneo que es cuando uno decide por "curarse en salud" autorevisarse y si existen errores o irregularidades en la determinación y entero de las COP`s, entonces puede uno pagarlas conjuntamente con su actualización y recargos La otra modalidad de la corrección es la inducida, y ocurre cuando el IMSS envía por escrito un requerimiento de información con el objeto de iniciar sus facultades de comprobación. En este caso se entiende que el aceptar la invitación evita el ser fiscalizados directamente por el personal de Auditoría a Patrones del IMSS. Aqui también uno se autorevisa y entera las diferencias determinadas conjuntamente con su actualización y recargos. En ambos casos se tiene un plazo de 40 días hábiles para entregar los resultados de la misma. Si como mencionas la empresa está al corrientes en el pago de las COP`s, y además de las demás obligaciones aplicables a las Constructoras, entonces no tienes porque tener miedo a las autoridades del IMSS y puedes simplemente ignorar su invitación o su solicitud de información por otro medio distinto al que establecen las disposiciones fiscales (por escrito signado por autoridad competente en donde funden y motiven la causa legal del procedimiento, etc. etc.). Recuerda que el que nada debe nada teme; así que si tienes certeza razonable de que todo está en orden puedes estar tranquilo.
Tópico: SUSPENSION AL PADRON IMPORTADORES ¿LEGAL?
PEDRORM

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Junio 06, 2008 Asunto: Re: SUSPENSION AL PADRON IMPORTADORES ¿LEGAL?
Buenas tardes: No se si en tu caso estemos hablando de una cancelación (permanente y definitiva) o una suspensión (temporal). Si en tu caso como el mío es una suspensión entonces tienes que comunicarte al 01 800 46 36 728 y solicitar la causa que dió origen a la misma; ya que como mencioné este acto de molestia no cumple con los requisitos de legalidad del artículo 16 de la CPEUM. Si por el contrario estamos ante una cancelación, al tratrarse de un acto privativo, se entiende que forzosamente la Autoridad tuvo que notificarte por escrito el inicio del procedimiento sancionador y luego entonces darte un plazo para desvirtuar o aportar elementos en tu defensa, para luego entonces emitir una resolución en donde funde y motive las causas por la que decidió cancelar tu registro. (Artículo 14 de la CPEUM). Saludos!
Tópico: SUSPENSION AL PADRON IMPORTADORES ¿LEGAL?
PEDRORM

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Junio 04, 2008 Asunto: SUSPENSION AL PADRON IMPORTADORES ¿LEGAL?
BUENOS DÍAS A TODOS: RESULTA CONSTITUCIONAL LA SUSPENSION EN EL PADRON DE IMPORTADORES POR PARTE DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS AUN CUANDO DICHO ACTO SE REALICE SIN FUNDAMENTAR, MOTIVAR E INCLUSO INFORMAR POR ESCRITO A LOS CONTRIBUYENTES? ESO SIN CONSIDERAR QUE NO EXISTE EN LEY CONTEMPLADA DICHA SANCIÓN?? SE PUEDE INTERPONER AMPARO INDIRECTO?? ALGUIEN TENDRÁ ALGÚN MODELO?? GRACIAS!
Tópico: factura
PEDRORM

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2008 Asunto: Re: factura
El único problema que podrías tener, es que si la factura en cuestión no precisa el tipo de artículos adquiridos en el caso de una revisión por parte de las autoridades fiscales competentes pudieran rechazar la deducción al no poder comprobar si la erogación en cuestión corresponde o no a un gasto estrictamente indispensable para el negocio. No existe disposición fiscal que te obligue como requisito de formalidad a conservar el ticket adjunto a la factura; sin embargo si es un requisito de fondo el justificar el que la erogación sea estrictamente indispensable para la realización de operaciones del contribuyente en cuestión por lo que si en el cuerpo de la factura se menciona el tipo o naturaleza del artículos adquiridos y esta descripción basta para probar lo anterior entonces no tendrías problema alguno para su deducción. Saludos!
Tópico: RECURSO DE REVOCACION vs. MULTA DEL IMSS
PEDRORM

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 17, 2008 Asunto: Re: RECURSO DE REVOCACION vs. MULTA DEL IMSS
Hola buenas tardes: Si decides impugnar el crédito fiscal en cuestión tienes dos opciones: 1. Interponer un recurso administrativo ante la autoridad que emitió el acto de molestia (En el caso del IMSS este recurso se denomina "Recurso de Inconformidad"). Este recurso es optativo y tienes de plazo 15 días hábiles para interponerlo. Lo tienes que presentar ante el Consejo Consultivo Delegacional del IMSS que corresponda al domicilio del Patrón. 2. Impugnar dicho crédito directamente a través del Juicio Contencioso Administrativo (anterioirmente Juicio de Nulidad), ante el Tribunal Federal de Justicio Fiscal y Administrativa (anteriormente Tribunal Fiscal de la Federación). El plazo para interponerlo es de 45 días hábiles y se presenta en la oficilia de partes del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Saludos! PD. En caso de que decidas impugnarlo mediante el recurso de inconformidad chñecate el Reglamento de Inconformidades de la Ley del Seguro Social.
Tópico: HORAS EXTRAS
PEDRORM

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2008 Asunto: Re: HORAS EXTRAS
Hola buenos días a todos: El tope de exención que establece el artículo 109 fracción I de la Ley del ISR, en el caso en cuestión DEBE SER por aplicación estricta de la norma SEMANAL. Cito textualmente las últimas líneas de la fracción I del artículo arriba referido: [b:5b241c41ca][i:5b241c41ca]"..y sin que esta exención exceda del equivalente de cinco veces el salario mínimo general del área geográfica del trabajador [size=18:5b241c41ca][/size:5b241c41ca] POR CADA SEMANA DE SERVICIOS.[/i:5b241c41ca][/b:5b241c41ca][i] Saludos!
Tópico: HONORARIOS ASIMILADOS - CAUSAN IVA Y IETU?
PEDRORM

Mensajes: 1
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 10, 2008 Asunto: Re: HONORARIOS ASIMILADOS - CAUSAN IVA Y IETU?
Hola buenas tardes: Los honorarios asimilados a salarios no se encuentran gravados para efectos del IVA. (Fundamento Legal Artículo 14 penúltimo párrafo de la LIVA). Para efectos del IETU tampoco se consideran ya que deben considerarse como ingresos por servicios personales independientes aquellos que la Ley del IVA considera como tales. (Fundamento Legal Artículo 3 fracción I de la Ley del IETU y 14 penúltimo párrafo de la Ley del IVA) Te recomiendo que evalues si no tendrías problemas con el IMSS (que no se trate de una relación de trabajo disfrazada o simulada). Saludos!

Página: 1 2 3 4 5