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Tópico: Desglose de impuestos por tasas en comprobantes fiscales | |
Puma Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2010 17:00:22 Asunto: Re: Desglose de impuestos por tasas en comprobantes fiscales |
jajajajaja pos por eso... Asi es me refiero a SEÑALAR.. Gracias | |
Tópico: Desglose de impuestos por tasas en comprobantes fiscales | |
Puma Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2010 16:51:12 Asunto: Re: Desglose de impuestos por tasas en comprobantes fiscales |
Si solo expido a una sola tasa no es obligatorio. Ok gracias | |
Tópico: Desglose de impuestos por tasas en comprobantes fiscales | |
Puma Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2010 16:31:01 Asunto: Desglose de impuestos por tasas en comprobantes fiscales |
Estimados (as): Buen día. Me surgio una duda, aun sigue vigente el desglose por tasas de impuestos? Las facturas que expedimos dicen: IVA TRASLADADO A LA TASA DEL 16% (YA EN 2010) Sigue siendo obligatorio? [i]Desglose de impuestos por tasas en comprobantes fiscales Entrará en vigor, a partir del 1 de octubre de 2006, la obligación prevista en los artículos 29, 29-A y 29-C del Código, de desglosar por tasas de impuestos en comprobantes con requisitos fiscales[/i] De antemano Gracias Saludos | |
Tópico: Estado de Cuenta Si /// Comprobante Complementario No | |
Puma Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2010 09:49:09 Asunto: Re: Estado de Cuenta Si /// Comprobante Complementario No |
Lobozac: Totalmente de acuerdo, si me lo requieren sin ningun problema lo expido. Saludos y Feliz Año 2010. | |
Tópico: Estado de Cuenta Si /// Comprobante Complementario No | |
Puma Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2010 14:22:27 Asunto: Estado de Cuenta Si /// Comprobante Complementario No |
Operaciones sin IVA o IEPS convenido Tratándose de operaciones en las que las partes hayan convenido un precio sin considerar el IVA y, en su caso, el IEPS, los contribuyentes podrán expedir, por cada operación que efectivamente cobren en 2010, un comprobante fiscal complementario al que hubieren expedido con anterioridad al 2010, para trasladar los impuestos adicionales que se causen en la operación y, en su caso, efectuar las retenciones que correspondan. Los comprobantes fiscales que se expidan para estos efectos en 2010, en lugar de incluir los datos de cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen, y cantidad y clase de mercancías, deberán hacer referencia a los comprobantes fiscales que se hubieran expedido con anterioridad al 2010, llevando la leyenda “Este comprobante es complementario del expedido con el folio __ de fecha ______”. [color=red]Cuando las contraprestaciones correspondientes se paguen mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o traspaso de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y siempre que el adquirente no solicite el comprobante, se podrá no expedir los comprobantes complementarios. En este caso el adquirente del bien o servicio, utilizará como medio de comprobación el comprobante expedido con anterioridad al 2010, junto con su estado de cuenta para el acreditamiento de los impuestos adicionales. En este supuesto y cuando deba efectuarse retención, el retenedor deberá expedir la constancia de retención que corresponda al momento de recibir el pago.[/color] Yo considero que no nos compliquemos expidiendo solicitando 'Comprobantes Complementarios'. Supondo que casi el 100% paga a traves de transferencias, cheques y si pagamos en efectivo son pagos de contado. Yo creo que el exigir o expedir 'Comprobantes Complementarios' lo unico es que se incrementa la carga operativa y ni somos mejores asesores, ni el pais crecera economicamente, ni seremos mas competitivos. Ustedes que Opinan? Saludos | |
Tópico: Reforma IVA y Transitorios | |
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Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2009 18:29:32 Asunto: Re: Reforma IVA y Transitorios |
Bruno: Pero si lo que paga le debes de desglosar IVA al 16%? Es decir ese 1% no fuera puro IVA? 1 año? en un año no prescriben y demostrar que es incobrable es un lio. | |
Tópico: Reforma IVA y Transitorios | |
Puma Mensajes: 12 |
Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2009 14:59:44 Asunto: Re: Reforma IVA y Transitorios |
Estimados (as): Buen dia Que problemon administrativo nos viene... en fin. Como consideran que se debe de aplicar este pago: 08/dic/09 es la venta y doy de plazo 30 dias. Total $115,000 (Clientes) Importe $100,000 (Ventas) IVA $ 15,000 (IVA por Trasladar) Queda efectivamente cobrado el 11 de enero de 2010, pero solamente me envia 115,000. Unos son de la opinion de que seria asi: Total $115,000 (Bancos) IVA $ 15,000 (IVA por trasladar) Clientes $1,000 Importe $115,000 (Clientes) IVA $ 1,000 (IVA por trasladar) IVA $ 15,000 (IVA Trasladado) Y yo opino que tendria que ser asi: Total $115,000 (Bancos) IVA $ 15,862.07 (IVA por trasladar) Clientes $1,000 Importe $115,000 (Clientes) IVA $ 1,0000 (IVA por trasladar) IVA $ 15,862.09 (IVA Trasladado) Considero esto poruq einterpreto que a partir del 11 de enero me hizo un pago parcial y debo sacar la proporcion de IVA. Que opinan???? | |
Tópico: Y SI FACTURO A PARTIR DEL 1/DIC/09 A TASA 16% DE IVA? | |
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Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 01, 2009 10:51:16 Asunto: Re: Y SI FACTURO A PARTIR DEL 1/DIC/09 A TASA 16% DE IVA? |
Lo que yo ya hice les mande a todos mis clientes un E-MAIL con esta redacción: A todos Nuestros Clientes: A quien corresponda: A partir del 1° de enero de 2010 la tasa de Impuesto al Valor Agregado (IVA) se incrementa en un punto porcentual quedando en 16% la tasa general y en 11% la aplicable para la Región Fronteriza. Como medida de transición, el Legislador ha dispuesto que las operaciones celebradas hasta el 31 de diciembre de 2009, cuyas contraprestaciones se cobren después de dicha fecha, causarán la tasa de IVA que esté vigente en el momento de su cobro. Se otorga la opción de causar el IVA a la tasa vigente en 2009 (15% o 10%), con la condición de que los bienes o los servicios se hayan entregado o proporcionado antes del 31 de diciembre de 2009, y que el pago de las contraprestaciones respectivas se realice dentro de los diez días naturales inmediatos posteriores a dicha fecha; es decir, a más tardar el 10 de enero de 2010. Lo anterior significa que, por ejemplo, una venta facturada el 15 de diciembre de 2009, pero cobrada el 15 de enero de 2010 causará el IVA al 16%. En síntesis: Hasta el 31 de diciembre de 2009 la tasa general del IVA será del 15% en cualquier COMPROBANTE FISCAL (factura, nota de cargo, nota de crédito, etc.). A partir del 1 de enero de 2010 la tasa general del IVA será del 16% en cualquier COMPROBANTE FISCAL (factura, nota de cargo, nota de crédito, etc.). A partir del 11 de enero de 2010 el IVA se pagara a la tasa del 16% INDEPENDIENTEMENTE DEL COMPROBANTE FISCAL (factura, nota de cargo, nota de crédito, etc.). LOS PAGOS RECIBIDOS A PARTIR DEL 11 DE ENERO DE 2010 TENDRAN UN SOBREPRECIO DEL 1%, INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA DE FACTURA. Se espera que el SAT de a conocer en la primera quincena de diciembre las Reglas de Operación de esta reforma. Agradeciendo de antemano la atención a la presente, quedamos a sus órdenes para cualquier información adicional. | |
Tópico: Y SI FACTURO A PARTIR DEL 1/DIC/09 A TASA 16% DE IVA? | |
Puma Mensajes: 17 |
Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2009 17:24:26 Asunto: Re: Y SI FACTURO A PARTIR DEL 1/DIC/09 A TASA 16% DE IVA? |
Con mucho gusto les consigo chamarras, cintos, carteras, zapatos, etc. o cuando vengan por estos rumbos (León Gto.) les doy tips donde compren y los apoyo en lo que pueda. P.D. cualquier pedido se factura con tasa del 15% de IVA | |
Tópico: Y SI FACTURO A PARTIR DEL 1/DIC/09 A TASA 16% DE IVA? | |
Puma Mensajes: 17 |
Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2009 15:37:49 Asunto: Re: Y SI FACTURO A PARTIR DEL 1/DIC/09 A TASA 16% DE IVA? |
Estimado cjlopezasesoria: Buen dia. Depende si compro o si vendo. En el ejemplo que pongo, si bien es cierto traslado al 15% y entero ese IVA y acredito al 16% y pues a todo dar, no? Traslado menos y acredito más. Mi comentario de 'pegarle' a la utilidad en tiempos de crisis es en tono irónico, sarcastico, se presta a especulaciones. Mencionas al - consumidor final - y tanto tu como yo somos consumidores finales. Y donde queda la responsabilidad social-laboral? Que pasa cuando aumentan la gasolina un 0.05% la gasolina (un decir) la tortilla de $7.00 la quieren aumentar a $8.00 (un aumento del 14%) justificandose en el aumento a la gasolina. No creo que en esta epoca de severa crisis el crear controversia de cuando se cobra el 15% o 16%. Las empresas y/o empresarios no venderan mas, ni se producira con mejor calidad. Es mi comentario y creeme que me gustaria equivocarme. Saludos Somos una cadena de valor-productiva. |