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Tópico: DEM de IVA V.1.0.0,
DINAFISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2011 10:48:27 Asunto: Re: DEM de IVA V.1.0.0,
aqui otra vezz de nuevo... para comunicarles que el dem con la nueva version funciona perfectamente saludos a todos gerardo ornelas
Tópico: DEM de IVA V.1.0.0,
DINAFISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2011 10:19:15 Asunto: Re: DEM de IVA V.1.0.0,
HOLA buenos dias a todos...esperemos q funcione bien esta nueva version del dem.. ya ven que luego salen ' seme chispotio' 'ahora baja este parchesito' jaja saludos a todos gerardo ornelas
Tópico: Aviso de Compensacion DEM-IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2011 19:13:35 Asunto: Re: Aviso de Compensacion DEM-IVA
hola... jajaja.... el dia de hoy acudi ... no saben nada de como arreglar ese asunto del error... la solucion es moverle a la fecha de la computadora.. saludos gerardo ornelas
Tópico: Aviso de Compensacion DEM-IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 19:51:49 Asunto: Re: Aviso de Compensacion DEM-IVA
mañana acudire a realizar unos tramites a la administracion local.. preguntare como hacerle... saludos gerardo ornelas
Tópico: Aviso de Compensacion DEM-IVA
DINAFISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 16:41:55 Asunto: Re: Aviso de Compensacion DEM-IVA
no me refiero a la fecha de la compensacion,,, si no a la fecha de la computadora. donde viene la hora...tienes q ponerle una fecha del mes de diciembre del 2010
Tópico: Aviso de Compensacion DEM-IVA
DINAFISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 12:19:18 Asunto: Re: Aviso de Compensacion DEM-IVA
que fecha le pusiste?? saludos gerardo ornelas
Tópico: Aviso de Compensacion DEM-IVA
DINAFISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2011 11:48:25 Asunto: Re: Aviso de Compensacion DEM-IVA
mm es mover a la fecha de la computadora... saludos gerardo ornelas
Tópico: PAGOS PROVISIONALES SEMESTRALES IETU
DINAFISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 17, 2011 20:04:43 Asunto: Re: PAGOS PROVISIONALES SEMESTRALES IETU
la respuesta te a diste tu solo saludos gerardo ornelas
Tópico: REMOLQUES Y SEMIREMOLQUES.............NO
DINAFISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 17, 2011 13:04:46 Asunto: Re: REMOLQUES Y SEMIREMOLQUES.............NO
es correcto hugo lo que mencionas.... nomas que eso has de cuenta como un rosario..se da cuenta uno.. saludos gerardo ornelas
Tópico: IDE NO COBRADO, INSUFICIENCIA DE FONDO, DESPUES COMO PAGAR?
DINAFISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 15, 2011 11:20:44 Asunto: Re: IDE NO COBRADO, INSUFICIENCIA DE FONDO, DESPUES COMO PAGAR?
hola rmf 2010 Opción para recaudar parcialmente el IDE I.11.17. Para los efectos del artículo 4, fracción IV de la Ley del IDE, cuando los saldos de las cuentas que tenga abiertas el contribuyente en la institución que corresponda no sean suficientes para cubrir el IDE que no hubiera sido recaudado en el plazo señalado en la fracción I de dicho artículo por falta de fondos en ellas, las instituciones del sistema financiero podrán recaudar parcialmente el IDE, agotando el total del saldo que tenga cada una de las referidas cuentas y hasta por el monto del IDE a cargo del contribuyente.... Solicitud del formulario para pago voluntario del IDE pendiente de recaudar II.11.3. Para los efectos de los artículos 5 y 6 de la Ley del IDE, los contribuyentes de este impuesto que al 31 de diciembre del año de que se trate, hayan quedado con IDE pendiente de recaudar, podrán realizar el pago de dicho impuesto ante las instituciones de crédito autorizadas mediante el formulario múltiple de pago FMP-1, mismo que será expedido a petición del propio contribuyente en cualquier ALSC. Para la emisión del citado formulario, los contribuyentes deberán proporcionar la siguiente información y documentación: I. La clave en el RFC, en su caso. II. Nombre, denominación o razón social. III. Ejercicio al que corresponde el IDE pendiente de recaudar. IV. Institución del sistema financiero que determinó el IDE pendiente de recaudar. V. Importe a pagar (señalando los importes del IDE no Recaudado, así como su actualización y recargos correspondientes). VI. Constancia de Recaudación del IDE, en su caso. Tratándose de contribuyentes que hayan quedado con IDE pendiente de recaudar en dos o más instituciones del sistema financiero, se solicitará la expedición de un formulario múltiple de pago FMP-1 por el IDE pendiente de recaudar por cada institución. El monto del IDE pendiente de recaudar será objeto de actualización y recargos en los términos de los artículos 6 de la Ley del IDE, 17-A y 21 del CFF, mismos que deberán ser calculados por el propio contribuyente. El IDE pagado a través de este medio podrá acreditarse, compensarse y, en su caso, solicitarse en devolución, en el mes en el que se efectúe el pago, en los términos de los artículos 7 y 8 de la Ley del IDE. espero que te sea de utilidad saludos gerardo ornelas

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