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Autor | Mensaje |
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Tópico: SI TA SABEMOOOOOS QUE NO VIOLAN NADA !!!!! | |
DCT1979 Mensajes: 10 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 04, 2011 17:07:22 Asunto: Re: SI TA SABEMOOOOOS QUE NO VIOLAN NADA !!!!! |
Afortunadamente los asalariados no pagamos ietu | |
Tópico: Alza cerraría empleos, según Phillip Morris | |
DCT1979 Mensajes: 13 |
Foro: Fiscal Enviado: Octubre 21, 2010 17:34:36 Asunto: Re: Alza cerraría empleos, según Phillip Morris |
A gastar menos en despensa para que alcance para el vicio | |
Tópico: Anuncian otro aumento a gasolina y diesel | |
DCT1979 Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2010 22:11:52 Asunto: Re: Anuncian otro aumento a gasolina y diesel |
alguna sugerencia que quieran hacer? | |
Tópico: DIOT FEBRERO 2010 | |
DCT1979 Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2010 18:57:22 Asunto: Re: DIOT FEBRERO 2010 |
Si, ya había leído el artículo. Mil gracias. La duda no es por la Diot de enero, o quizás deba decir inconformidad con la disposición fiscal, si no por la de febrero, ya que también la menciona el resolutivo, y establece el mismo plazo que para la de enero, es decir a más tardar el 17 de marzo, pero esto nos perjudica, ya que originalmente teníamos hasta el 31 de marzo para presentar la de febrero, y según esta disposición se nos reduce el plazo en 14 días. ¿qué opinan de esto? Saludos. | |
Tópico: cierre en contpaq | |
DCT1979 Mensajes: 5 |
Foro: Software Enviado: Febrero 11, 2010 18:42:53 Asunto: Re: cierre en contpaq |
Tengo entendido que para que puedas cerrar ejercicios, y luego modificarlos posteriormente, cuando se dio de alta la empresa, debió elegirse la opción de periodos abiertos, busca en la opción de archivos, redefinir empresas, parámetros de funcionamiento, debe estar palomeado la opción que te comentaba de periodos abiertos, y la de modificar periodos anteriores. Espero te sea de utilidad esta información. Saludos. | |
Tópico: DESISTIMIENTO COMPENSACION | |
DCT1979 Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2010 17:31:05 Asunto: Re: DESISTIMIENTO COMPENSACION |
Si los que presentó la contadora anterior están correctos, entonces le recomiendo que se desista de los nuevos. Y solvente su carta invitación, con copia del desistimiento y un escrito libre donde explique esta situación. Y si es al contrario, es decir que no estén correctos los que presentó la contadora anterior, entonces desistase de ellos para que procedan los que usted presentó y también conteste la carta invitación con copia del desistimiento y escrito libre explicando los motivos. Saludos. | |
Tópico: DIOT FEBRERO 2010 | |
DCT1979 Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2010 16:51:52 Asunto: DIOT FEBRERO 2010 |
El Artículo Resolutorio Sexto de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 28 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación, establece que para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA, la información que se señala en este precepto, correspondiente a los meses de enero y febrero de 2010, deberá ser presentada, por cada mes, a más tardar el 17 de marzo del mismo año. Esto representa una prórroga para la Diot de Enero, pero no para la de febrero, ya que la resolución miscelánea nos daba hasta el día último del mes siguiente para presentarla, pero en este resolutivo está reduciendo el plazo al 17 de marzo, en lugar del 31. ¿cuál deberá ser la fecha en que debamos presentar esta Diot de febrero? Saludos. | |
Tópico: ACREDITAMIENTO ISR VS IETU | |
DCT1979 Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2010 11:10:03 Asunto: Re: ACREDITAMIENTO ISR VS IETU |
Tengo entendido que no lo puedes acreditar contra IETU, ya que solo se considera efectivamente pagado el ISR que se haya enterado en efectivo, vía compensación, o acreditamiento de IDE, pero la ley no contempla el cubierto mediante subsidio al empleo. Saludos. | |
Tópico: dim 2010 | |
DCT1979 Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2010 11:03:14 Asunto: Re: dim 2010 |
Buenos días: En la informativa, a lo único que tienes que llegar es al saldo a favor o a cargo declarado antes de aplicar cualquier compensación o acreditamiento. En ningún lado reflejarás las cantidades aplicadas. Solo tienes que elegir la opción al final, de compensación, devolución o acreditamiento, pero sin indicar cuanto llevas aplicado a la fecha. En otra palabras, debes llegar a la misma cantidad plasmada en el recibo bancario de tu declaración mensual de IVA. Espero te sea de utilidad esta información. Saludos. | |
Tópico: Personas morales: Ya no pueden suspender actividades ..... | |
DCT1979 Mensajes: 13 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2010 10:45:22 Asunto: Re: Personas morales: Ya no pueden suspender actividades ..... |
Buenos días, ¿alguién sabe que pasará con las Personas Morales que actualmente se encuentran en suspensión de actividades? ¿seguirán liberadas de la obligación de presentar declaraciones periódicas. Dado que su aviso supongo deberá seguir vigente, dado que se presentó con anterioridad a la reforma? Mil gracias. |
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