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Autor | Mensaje |
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Tópico: RETENCIONES DE ISR E IVA EN HONORARIOS MEDICOS | |
jamp Mensajes: 12 |
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lo que esta exento son los servicios profesionales de medicina, el medico puede prestar algun otro tipo de servicio que no tenga que ver con la practica de la medicina. (capacitacion, cursos, etc) y si llevaria iva y retenciones de iva e isr | |
Tópico: Criterio deducción inmediata | |
jamp Mensajes: 4 |
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tendria el sat que demostrar que la pick up es automovil, y eso va a estar dificil | |
Tópico: retiro persona fisica | |
jamp Mensajes: 9 |
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pero no es lo mismo que una sc, en una pf son a cuenta de su patrimonio despues de haber pagado impuestos en una sc, son retiros a cuenta de utilidades (con la opcion de asimilados a salarios), que son independientes del pago de impuestos de la sociedad | |
Tópico: retiro persona fisica | |
jamp Mensajes: 9 |
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[quote:1c2acf5b86="enrique9727"]Posiblemente el IMSS no asegurara al patron persona fisica (pf), debido a que no puede ser patron de si mismo, la misma persona fisica, es decir que no habria subordinacion y por lo tanto las partidas salariales no seria salarios subordinados, ademas saldria muy caro regularizarse por esta forma. DE ACUERDO Lo mas normal es que la pf realice retiros como todo mundo lo hace, pero efectuandose una retencion para pagarse como un honorarios que sea asimilable a salario, esta permitido por la LISR, como ya se estaria cubriendo el impuesto, le serviria como anticipo de ISR anual, ya que ese retiro formaria parte de su utilidad, pero en la actividad empresarial ya seria una deduccion, finalmente como quiera acumularia el ingreso del honorario con la utilidad empresarial y le resultaría exactamente lo mismo que si no hubiese habido retiros, y de esa manera pagaria su impuesto anual, solo que ahora ya habria anticipado retiros y pagos de impuestos tambien, asi que en su anual le resultaria menos valores a pagar, mas no asi en el impuesto anual causado, seria el mismo para ambos casos. EL IMPUESTO LO GENERAS MENSUALMENTE Y VAS ACUMULANDO, QUE CASO TENDRIA RETENERSE Y PAGAR IMPUESTO POR LA ACTIVIDAD AL MISMO TIEMPO, EL EFECTO ES EL MISMO QUE SI RETIRA Y NO SE RETIENE COMO ASIMILADO O de otra forma esos retiros sean no deducibles, no hubo retenciones y pagarse el impuesto en la anual, pero debio haber pagado impuestos retenidos o pagos provisionales en la actividad empresarial, pues no habria deducciones por esos retiros.[/quote:1c2acf5b86] SON RETIROS DE PATRIMONIO, NO TIENE NADA QUE VER CON LA DEDUCIBILIDAD DEL RETIRO POR PARTE DEL CONTRIBUYENTE | |
Tópico: retiro persona fisica | |
jamp Mensajes: 9 |
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anteriormente en las personas fisicas del regimen general de ley, para retirar dinero, tenia que considerarse un salario de mercado, con el descuento y retencion de impuestos. con la nueva ley, las personas fisicas despues de pagar sus impuestos por su actividad empresarial, pueden disponer del dinero °libremente°. como te dice isabel, cargas a patrimonio con abono a bancos | |
Tópico: tratamiento fiscal a un fraude? | |
jamp Mensajes: 17 |
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tendrias que esperar a que hubiera sentencia para poder hacer el registro, ya que tendrias el documento comprobatorio del frauede y lo mandarias a gastos | |
Tópico: UNA DE CONDOMINOS? | |
jamp Mensajes: 9 |
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los auditores no los tomas asi, como si fueran iguales. se parecen pero no son lo mismo | |
Tópico: formato 32 editable | |
jamp Mensajes: 2 |
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te mande uno a tu mail :) | |
Tópico: UNA DE CONDOMINOS? | |
jamp Mensajes: 9 |
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y no podran ser gastos sin requisitos fiscales (por no cumplir con los requisitos del cff) que son diferentes a los [b:67a0305fe6]no deducibles[/b:67a0305fe6], que marcan en el articulo, ya que no son ni ingresos omitidos, ni en beneficio de los asociados ni los que menciona el art 32 de lisr?????? | |
Tópico: Aportaciones para futuros aumentos de capital | |
jamp Mensajes: 9 |
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[quote:e553bcd314="bahiat"]isabel, si no realice ninguna acta de asamblea, ni ordinaria ni extraordinaria ¿donde se refleja?[/quote:e553bcd314] la tendrias en pasivo |