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Tópico: PAGO A UN ACCIONISTA QUE TRABAJA EN LA EMPRESA
Cili

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2020 09:51:02 Asunto: PAGO A UN ACCIONISTA QUE TRABAJA EN LA EMPRESA
Buenos días, me gustaría saber si me puede ayudar a resolver una duda que tengo de mis recibos de nómina. Una empresa S de RL de CV,se acaba de constituir en octubre 2019, está constituída por dos socios de los cuales 1 de ellos es el administrador único. Los dos trabajan en la empresa , entonces los dos perciben un sueldo mensual. En una orientación fiscal me comentaron que hiciera sus pagos con un CFDI de sueldos y que al socio mayoritario como era el administrador único no era necesario meterlo al IMSS, entonces así hice su cfdi de nómina, y al del segundo socio me dijeron que su sueldo le manejara un asimilado a salarios y su impuesto iba con tablas!. Un mes despúes tuve la necesidad de ver con una abogada que me hiciera contratos de trabajo para los empleados y me dijo que No puedo generarle un CFDI tipo sueldos al administrador único, ya que con el administrador único no hay subordinación entonces que el recibo de nómina estaba mal, que lo asimilara a salarios por pago a miembros del consejo y que el recibo del segundo socio también estaba mal por que a él si lo tenía que dar de alta en el IMSS por que trabajaba en la empresa y por ende su recibo debía ser Sueldos, entonces procedí a cancelar los recibos del mes pasado y cambiarlos como la abogada me sugirió. Pero hace poco tuve una plática con un colega, y me comentó que están mal los recibos, su explicación dice que al administrador único no le puedo pagar con un cfdi de miembro de consejo siempre la misma cantidad, que debe ser variable mes con mes, y ese recibo es sólo si le estoy pagando por el servicio de administrador, pero si el socio en verdad trabaja ahí , que le expida un cfdi tipo sueldos o en su caso que le emita un asimilado pero No como miembro de consejo y que no le aplique la retención del 35 % de ISR , sino, el de tablas como cualquier honorario asimilado y que lo mismo aplicaría para el segundo socio. La verdad ya no sé qué hacer, ya cancelé una vez los recibos de octubre, que fué como pagué antes de ver a la abogada, después de verla, he emitido como me dijo la corrección de octubre, noviembre y diciembre, y ahora con lo que me dijo mi colega, no sé si volver a cancelar o no. De verdad necesito ayuda con el tema, para saber qué tipo de cfdi debo expedir y el % de retención de ISR a aplicar. Quedo en espera de su asesoría al respecto.
Tópico: Prestamo del socio a una empresa
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 12, 2018 18:01:50 Asunto: Prestamo del socio a una empresa
Buenas tardes colegas ojalá me puedan ayudar con el siguiente tema. Un socio le prestó a la empresa 450,000 mil en el 2011, en el contrato de Mutuo se estipuló una tasa de interés del 11% y en 2018 le van a pagar los interes del 2017 y 2018 que no ha cobrado. Mi duda es la siguiente. Hasta 2016 lo que han hecho es 450,000 * 11% = $ 49,500.00 ( interés por pagar) ISR 20 % retención $ 49,500 * .20 = 9,900.00 ISR retenido Total interés pagado $ 39,600.00 El socio no emite ningún documento y la empresa emite una constancia de retención por esto y lo declara en Febrero del siguiente año. Esto es correcto? Hablando al SAT me dicen que el socio me debe de entregar CFDI y a parte debe venir desglosado el IVA. El préstamo se utilizó en capital de trabajo, y el socio es sólo capitalista no trabaja en la empresa ya que él obtiene sus ingresos via sueldos de otra empresa y con esos ingresos fué que prestó el dinero. Espero puedan orientarme al respecto de qué hacer. Gracias
Tópico: Declaración de IVA retenido por P.M. para pago provisional
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 19, 2018 13:22:38 Asunto: Declaración de IVA retenido por P.M. para pago provisional
Buenas tardes, Mi duda es la siguiente. Soy P.M. y declaro en la aplicación de flujo de efectivo relacionando mis CFDIs, en el aplicativo los pagos por honorarios me deshabilita la clasificación debido a que el IVA pagado no lo puedo acreditar en su totalidad por la retención. En agosto esa retención la declaré como se sugiere en 'otras cantidades a cargo' y obviamente la pagué, en el mes de septiembre me salió un saldo a pagar menor a la retención, a la hora de poner en el aplicativo ' otras cantidades a favor' no me deja poner la totalidad de mi retención si no sólo la cantidad que me sale a pagar. Mi duda es.. el control de esa diferencia entre la retención que pagué en agosto y lo que ahora me permite acreditar la aplicación en septiembre ¿en dónde lo declaro?, o solo es en papel de trabajo? o ¿cómo sabrá la autoridad que aún tengo saldo a favor si en octubre me sale a pagar impuesto y quisiera ocupar ese remanente? Espero sus comentarios ya que hablando al SAT no me supieron dar respuesta, ellos dicen que ponga el total en ' otras cantidades a favor' pero el sistema no me permite diciendo que no puede ser mayor ese renglón a la cantidad a pagar.
Tópico: PTU PAGADA INDEBIDAMENTE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 19, 2018 13:09:50 Asunto: PTU PAGADA INDEBIDAMENTE
Buenas tardes, mi duda es referente a que en declaración normal de 2017 la empresa determinó utilidad fiscal y por ende una PTU que se pagó en mayo. Sin embargo ser realizó una segunda revisión y resulta que hay que presentar declaración complementaria por que resultó una pérdida fiscal, por lo tanto no se debió pagar a trabajadores ninguna PTU. ¿ Qué puedo hacer ante ésta situación?, ¿ Podría cancelar el recibo de nomina y sustituirlo por otro donde cambie la clave del ingreso, en lugar de poner que fue pago de PTU poner que es pago de un Bono? o simplemente como empresa lo mando a no deducible .. pero y ¿qué pasa con el trabajador por ese ingreso? ¿ Qué implicaciones fiscales y ante el IMSS me genera el error? Ojalá alguien me pueda orientar al respecto.
Tópico: Pago de Prestaciones mínimas de ley en Escuelas Privadas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 12, 2018 15:19:14 Asunto: Pago de Prestaciones mínimas de ley en Escuelas Privadas
Hola compañeros ojalá alguien me pueda orientar sobre el siguiente tópico. Trabajo en una escuela nivel preescolar y primaria privada, los maestros están dados de alta ante el IMSS y se les paga nómina. La escuela a nivel preescolar está dada de alta como Persona Física Actividades empresariales y profesionales, y la Primaria está dada de Alta en acta constitutiva como S.C sin fin lucrativo, sin embargo por las adecuaciones del SAT y por no recibir donativos , la S.C. Tributa en el Régiman General de Ley. Mi duda es referente al pago de PTU, Vacaciones y Prima vacacional de los maestros, me comentan que ellos no les pagan a los empleados ni PTU, ni Prima vacacional y las vacaciones que les otorgan son de 15 días en el mes de diciembre y 15 días en Semana Santa. Ellos dicen que por el giro y como cada ciclo escolar se les da contrato por tiempo determinado del siguiente año ,así se debe de hacer y revisando años anteriores efectivamente nunca les han pagado esos conceptos a los maestros. ¿Podría alguien familiarizado con el tema orientarme al respecto? ¿ Esto es correcto? y si lo es, en dónde encuentro el fundamento legal. Gracias
Tópico: EMISIÓN DE CFDI TIPO PAGO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2018 11:34:22 Asunto: Re: EMISIÓN DE CFDI TIPO PAGO
Estimado Carlo17, agradezco tu aportación, sin embargo me queda la siguiente duda. La clave que refieres 08 es para aquellos que aún no manejen CFDI pago para CFDI versión 3.3, lo cuál no es mi caso ya que yo ya la tengo. Hago mención de la clave tipo 02 debido a que específicamente viene esa clave en la guía de llenado del complemento cuando preguntan por el comprobante por cambio de versión de tipo 3.2. Sin embargo con tanta actualización en realidad me queda la duda si aplica o no por el cambio de versión hacer un CFDI pago, en el caso de aplicar qué información poner en forma y método de pago. En el caso de No aplicar efectivamente si debo hacer un CFDI tipo ingreso con la clave 02 ó actualizarlo a la 08. Espero puedan ayudarme a aclarar mi duda. Gracias
Tópico: EMISIÓN DE CFDI TIPO PAGO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 05, 2018 14:59:07 Asunto: EMISIÓN DE CFDI TIPO PAGO
Buenas tardes, ojalá me puedan ayudar. Desde Abril estoy emitiendo CFDI tipo Pago sin embargo tengo un caso particular el cuál tengo duda de si emitir o no el CFDI. Tengo un CFDI versión 3.2 expedida en junio 2017 y me la pagaron en mayo , mi pregunta es si debo o no expedir el CFDI tipo pago y si es el caso qué deberé poner en Método de pago, ya que era diferente a la versión actual. Hay una respuesta que da el SAT en su apartado de preguntas y respuestas , pero no sé si estoy interpretando bien la respuesta ya que yo entiendo que para esos casos deberé realizar un CFDI tipo ingresos y relacionar la factura original con el tipo 02 y con esto ya no es necesario realizar mi CFDI PAGO. Transcribo pregunta y respuesta del SAT esperando alguien me pueda ayudar al respecto. Gracias. 11.Si se emite una factura de tipo ingreso en la versión 3.2 el 1° de julio de 2017 y el pago es en parcialidades, ¿Se tiene la obligación, posteriormente al recibir un pago parcial, de emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos , esto si el pago se recibe el 1 de diciembre de 2017 o con posterioridad? Se puede optar por emitir por el pago parcial una factura en términos de lo dispuesto en el Artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, por lo que, al estar sólo vigente la versión 3.3 del anexo 20 a partir del 01 de diciembre de 2017, al emitir el CFDI por la parcialidad recibida conforme al fundamento antes citado, en dicho comprobante, se registraría la clave Tipo '02' en el campo TipoRelación del nodo CfdiRelacionados y el folio fiscal del CFDI de ingresos emitido por el valor total de la operación respecto del cual se está pagando la parcialidad en el campo UUID del nodo CfdiRelacionado.
Tópico: Ingreesos por sueldos percibidos en el extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2018 20:40:45 Asunto: Ingreesos por sueldos percibidos en el extranjero
Hola buenas noches, quisiera saber si alguien me puede orientar en el siguiente tópico. Voy a presentar la declaración anual por sueldos y salarios de una persona física que recibió de Junio a Diciembre 2017 sueldos de una empresa mexicana y de Enero a Mayo obtuvo ingresos de una empresa de Estados Unidos, que le pagó sueldos y pagó impuestos allá. Esta persona ya presentó su declaración en Estados Unidos y declaró lo que percibió aquí , y supongo debo de hacer lo mismo aquí en el apartado donde dice 'Pagaste impuestos en el extranjero por sueldos, salarios o asimilados ' si indico que sí me pide ingreso percibido, impuestos e ingresos acumulable. En ingreso percibido puse lo que le pagaron en E.U al igual que el impuesto que le retuvieron, como está en dólares utilicé el T.C. del día último de diciembre, pero no se qué poner en ingresos acumulables, ya que si pongo la misma cantidad que le pagaron en EU pues me sale una cantidad muy grande a pagar. Ojalá alguien me pueda orientar, o igual me estoy confundiendo y no debo poner esa información. Gracias
Tópico: Llenado de CFDI tipo ingreso en lugar de emitir el CFDI Pago
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2018 13:09:58 Asunto: Re: Llenado de CFDI tipo ingreso en lugar de emitir el CFDI Pago
Estimado Carlos17, agradezco tu comentario al respecto, me siento mas segura con ello, estoy de acuerdo en que será mejor apegarme a la segunda opción de estas versiones y definitivamente seguir presionando a mi área de sistemas en terminar el CFDI pago y evitar estas situaciones. Saludos .
Tópico: Llenado de CFDI tipo ingreso en lugar de emitir el CFDI Pago
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2018 11:54:04 Asunto: Re: Llenado de CFDI tipo ingreso en lugar de emitir el CFDI Pago
Estimado Cprober, gracias por tu respuesta;efectivamente en la Resolución aparece esa opción, sin embargo mi duda es referente al llenado del CFDI ya que hablando al SAT me indican que como es un CFDI tipo ingreso , me debo apegar a las normas del anexo 20 y como consecuencia llenar el comprobante igual a como la factura original sólo con la diferencia de que en ésta última tengo que poner tipo de relación, 08 ó 09 y especificar la forma de pago. El llenarlo de ésta forma me llevaría a desglosar IVA y a mantener mismas claves del producto y unidad como la factura original. Otra versión que me da el SAT es que como éste CFDI sustituye al CFDI Pago, pues me debo de apegar a ese llenado. Por lo tanto NO debo de desglosar el IVA y NO debo de repetir claves, más bien utilizar la clave 84111506 y en USO de CFDI NO usar el mismo que la factura sino, cambiar a P01. Le veo más lógica a la segunda versión del SAT debido a que efectivamente si el CFDI va a ser para sustituir el complemento , debería de ser llenado como éste. Sin embargo, al no existir un manual de llenado al respecto los mismos asesores te indican las dos formas como correctas para llenar el CFDI . Sin embargo evidentemente alguna de ellas es incorrecta y me gustaría saber si alguien sabe más al respecto. Gracias

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