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Tópico: Correccion de aviso en cero
alxr

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2013 14:57:26 Asunto: Re: Correccion de aviso en cero
Muy bien, te lo agradezco, Saludos
Tópico: Correccion de aviso en cero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2013 18:47:13 Asunto: Correccion de aviso en cero
Una empresa me invito a dar unos cursos de mi área de especialidad y me di de alta en honorarios, lo hice a finales de abril, pero mi primer pago lo recibí en mayo, entonces me metí a declarar en cero abril y me equivoque y escogí mayo, ya vi que se puede corregir, pero la pantalla pregunta 'Folio de operación' y 'Fecha de presentación' el problema es que el campo no dice que formato debo usar para capturar la fecha yo entiendo que al ser un portal mexicano debería ser: dd/mm/aaaa pero me causa duda ver que el acuse de presentación en cero tiene la fecha de presentación en formato mm/dd/aaaa mi computadora tiene lenguaje en español. Agradecería mucho la ayuda que me puedan brindar. Alfonso Rgz.
Tópico: DEVOLUCION DE IMPUESTOS AYUDA POFAVOR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2011 19:29:36 Asunto: Re: DEVOLUCION DE IMPUESTOS AYUDA POFAVOR
De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta, las personas físicas que perciban ingresos por concepto de sueldos y salarios estan obligadas a presentar su declaración anual en los siguientes supuestos: a) Cuando obtengan ingresos acumulables distintos de sus ingresos por salarios. b) Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual. c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea. d) Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 113 de esta Ley. e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00 Yo supongo que vas a declarar por cuenta propia por que estas en alguno de los supuestos, minimo en el c) pues ya mencionaste que tuviste 2 patrones, yo supongo que con uno de ellos trabajaste el año completo, y al no informarle tu situación a tu patron, te realizo calculo anual y lo informo así al SAT, de otra manera es un error de tu patron que marco que si te realizo calculo anual en la informativa de sueldos. Como sea sí ocupas FIEL y tambien CIEF, no por el monto de la devolución si no por que asi te lo va a pedir el nuevo 'Formato Electrónico de Devoluciones' y preparate para un verdadero calvario, tienes que demostrarle a la autoridad que estas en uno de los supuestos para declarar por tu cuenta, por que supongo que no le informaste por escrito a tu patron que asi lo harias, 'checate el supuesto b)' sí haces todo bien obtendras tu devolución, pero no antes de unos 3 meses. Si gustas te ayudo como un servicio a la comunidad. Saludos, alxr.pc <> hotmail.com

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