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Tópico: y cuando pide permiso para ir al médico?
enriquelozano

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 30, 2007 Asunto: Re: y cuando pide permiso para ir al médico?
hola buenas tardes creo confundes, te preguntan por el reglamento interno de trabajo, donde debes estipular todas esas situaciones para que se manejen, podrias considerarlas como faltas justificadas ya sea con o sin goce de sueldo, cual podria ser el requisito, que pueden ir con la trabajadora social de la clinica a la que asistieron y solicitar una constancia de servicio medico, y con ella soportar ya sea el pago o bien la falta (tiempo que no laboro).
Tópico: Alta IMSS
enriquelozano

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 17, 2007 Asunto: Re: Alta IMSS
Buenas Tardes En relacion a lo que comentas no es necesario darlo de baja, debido a que la legislacion de l seguro social lo contempla en el art. 50 del reglamento del seguro social, lo unico es que procede a partir de la fecha de presentacion del escrito, "esto no aplica para modificaciones y bajas"
Tópico: como empresa qué me conviene?
enriquelozano

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 12, 2007 Asunto: Re: como empresa qué me conviene?
mi querida ale no se como determines que tienes un faltante de producto sin poder definir por que bomba es la que se esta `perdiendo, debido a que tienes varias formas de identificarlo, ya que tienes tus controles volumetricos, debes de tener ademas de tus lecturas en cada cambio de turno, efectivamente la gente buscara siempre la manera de salir se con la suya, pero si tienes tus controles interno lo mejor posible va a ser facil detectarlos. En caso de que no cuentes con la informacion necesaria para determinar que despachador es el responsable de ese faltante, yo te aconsejaria que llegues a un acuerdo, debido a que no puedes demostrar el robo como tal, y acuerdate que tu como patron estas obligado a la carga de la prueba y no es suficiente con decir que tienes un faltante y no sabes quien lo tiene realmente. Yo te aconsejo que busques mejorar tus controles internos en el manejo de los dispensarios, debido a que tienes todos los medios para hacerlo. Si en algo te puedo ayudar me pongo a tus ordenes, para cualquier duda o comentario al respecto.
Tópico: trabajador con credito infonavit
enriquelozano

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 23, 2007 Asunto: Re: trabajador con credito infonavit
Hola buenas tardes Con respecto a que acabas de contratar a una persona la cual tiene credito infonavit, y por desconocerlo no realizaste retencion alguna, te comento que no tienes obligacion de pargar esas cuotas ya que el trabajador no te entrego aviso de retencion alguno, pero al momento que recibiste la liquidacion y esta contiene relacionado al trabajador con un credito de vivienda, este documento hacer las veses de aviso, por lo que tendras que comenzar a retener y enterar en el proximo pago, te recomiendo que le des un vistaso a tu propuesta de cuotas del infonavit, en la parte posterior esta la aclaracion que solicitas. espero te sirva de algo.
Tópico: Deducción al 100% el MOI
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2007 Asunto: Re: Deducción al 100% el MOI
Buenas tardes, solo para comentar que la camioneta que quieres deducir es completamente deducible, ya que en lo que las deducciones que establece el art. 29 fracc. IV "Inversiones", no hace referencia al MOI, sino al gasto que haces durante el ejercicio. Si checas el art 37 de la LISRte dice que "las inversiones se podran deducir mediante la aplicacion, en cada ejercicio, de los porcientos maximos autorizados por esta ley, sobre el monto original de la inversion, con las limitaciones en deducciones que, en su caso establezca la ley..." por lo que el importe para 2007, en las depreciaciones des de $175,000.00, mas no asi el Monto original de la Inversion. Espero que pueda servir de algo lo anteriormente comentado, y si alguien tiene otro punto de vista sera escuchado y analizado, para considerar el correcto.
Tópico: ¿Alguien tiene clientes gasolineros?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 14, 2007 Asunto: Re: ¿Alguien tiene clientes gasolineros?
buenas tardes en la practica lo que te puedo decir es que las mermas les desgloces el iva correspondiente y y hagas la plicacion neta, en mi caso tengo varias contabilidades de gasolineras, y asu vez varias revisiones del servicio de administracion y no hemos tenido ningun problema. esto es el lo que en la practica hemos visto, tal vez alguien opine lo contrario y es bueno escuchar los puntos de vista.
Tópico: EMBARAZADA EN APUROS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 03, 2007 Asunto: Re: EMBARAZADA EN APUROS
buenos dias aqui yo veo dos situaciones que podriamos analizar primero es el patron el que la quiere despedir, bajo que argumentos, ya que de no hacerlo justificadamente podrian recurrir a la junta de conciliacion y arbitraje y demandar a la empresa, que generaria gastos inecesarios, ya que el periodo de incapacidad no lo paga el patron. la segunda es que se puede llegar a un arreglo con la trabajadora si es que ya no se quieren sus servicios, y lo cual podemos acordar que se mantendra dada de alta hasta la fecha de regreso de incapacidad, pero que nos firme su renuncia con fecha en la que se deberia encontrar nuevamente activa, y de esta manera no tendriamos ningun problema y estariamos ofreciendo apoyo ala futura madre, desde mi punto de vista humanitario.
Tópico: Pago de impuesto sobre nómina
enriquelozano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2006 Asunto: Re: Pago de impuesto sobre nómina
a esta pregunta, si vemos bien la situacion no solo estamos viendo el impuesto sobre nominas sino el seguro social de las personas que laboran en las sucursales que tiene la primer empresa, ya que la segunda tambien deberia de tener las sucursales en los mismos lugares para poder inscribir a sus trabajadores en el seguros social, ya que donde prestan sus servicios es en otro lugar al domicilio fiscal, siempre que no sea contratado directamente en este (domicilio fiscal), por otra parte de acuerdo a la legislacion del estado de hgo, se tiene que pagar el impuesto sobre nominas ya que se prestan los servicios en dicho estado por lo que acontinuacion trascribo parte de la legislacion, y te recomendaria que tomes en consideracion estos puntos que acabo de mencionar. CAPÍTULO TERCERO DEL IMPUESTO SOBRE NÓMINAS DEL OBJETO: "ARTÍCULO 19.- Son objeto de este impuesto, las erogaciones en efectivo o en especie, que tengan como fin remunerar el trabajo personal subordinado, que se preste dentro del territorio del Estado, independientemente de la designación que se les otorgue y del lugar en que se realicen. Las erogaciones a que se refiere este Artículo, incluyen las que se efectúen a: los obreros, empleados de confianza, empleados por honorarios asimilados a sueldos o salarios, directores, gerentes, administradores, representantes, integrantes de consejos directivos, de vigilancia o consultivos, comisarios, intermediarios y demás personal que las reciba de toda clase de empresas y negociaciones. Constituyen también, el objeto del impuesto, los rendimientos o anticipos que obtengan los integrantes de sociedades cooperativas de producción o servicios. ..." espero te sirva de algo por que problablemente estemos haciendolo mal y esto pueda generar problemas posteriores.
Tópico: Regalo de automovil a empleado
enriquelozano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 04, 2006 Asunto: Re: Regalo de automovil a empleado
no precisamente el firmar un contrato de arrendamiento financiero el final puedes o no ejercer la opcion de conpra por medio de un tercero, con un precio bajo y de esta manera aprovecha la persona moral el gasto mientras dure el arrendamiento financiero y al final quien adquiere la unidad es el trabajador, nadamas que la unica diferencia es que el trabajo es como un matrimonio cuando te separas puedes quedar bien y no pasa nada o de lo contrario ....
Tópico: pago de sueldo con aguinaldo
enriquelozano

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 30, 2006 Asunto: Re: pago de sueldo con aguinaldo
NO ES TANTO QUE TE PERJUDIQUE, LO QUE PASA ES QUE EN UNA CONSTRUCTORA LOS CONTRATAS EN SU MAYORIA POR OBRA DETERMINADA, Y LO QUE PASA ES QUE EXISTE UNA GRAN INESTABILIDAD EN LAS PERSONAS (ALBAÑILES), YA QUE PUEDEN DEJAR DE IR EN CUALQUIER MOMENTO, ES MUY RARO QUE CUMPLAN MAS DE 1 AÑO EN UNA CONSTRUCCION, Y LO QUE PASA ES QUE ASI TU LES ESTAS PAGANDO TODAS SUS PRESTACIONES Y EN CASO DE QUE SE VAYAN Y NO REGRESEN TU TIENES CON QUE COMPROBAR SUS PAGOS, COMO SI LOS FINIQUITARAS CADA SEMANA. LA LEY TAMPOCO TE LO PROHIBE LE ESTOY PAGANDO ANTICIPADAMENTE SUS PRESTACIONES...

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