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Tópico: USTEDES QUE OPINAN
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto: USTEDES QUE OPINAN
Estaba leyendo el periodico y me encontre con la siguiente nota, que a la letra dice lo sig. PERMITEN EN AUDITORIAS PODER AUTOCORREGIRSE El contribuyente puede avitar una de manda por delito fiscal si en una auditoria se autocorrige, señalo jose Santos Gonzalez abogado fiscalista. En una conferencia en Monterrey indico que la nueva ley federal de los derechos del contribuyente establece el beneficio de la autocorreccion. Esta ley, explico, permite que en una visita domiciliaria el contribuyente pueda en todo momento autocorregirse, sin que esto le cause ninguna responsabilidad. Esto significa que el contribuyente ya no puede ser acusado de delitos fiscales , aun cuando haya omitido contribuciones.Con el solo hecho de irlas a pagar (las omisiones de impuestos), con una declaracion complementaria de autocorreccion, el fisco no puede acusarlo de ningun delito fiscal. Antes de la promulgacion de esta ley, aprobada por el congreso a iniciativa del PRD, el codigo fiscal de la federacion permitia la autocorreccion solo en forma espontanea. Lo que significa, dijo, que una vez que empezara el servicio de administracion tributaria una auditoria o revision, el contribuyente ya no podia autocorregirse. Gonzalez Suarez señalo que la nueva ley contradice el esquema tradicional de politica fiscal que ha efectuado la secretaria de hacienda. Porque si antes lo que pretendia el fisco era un sistema de autocorreccion de pago espontaneo, ahora cambia completamente, porque motiva a que el contribuyente espere a que le revisen y si le detectan alguna omision de impuestos,no hay problema, porque tiene la oportunidad de autocorregirse. Eso quiere decir que el pago espontaneo ya no va aser atractivo para el contribuyente. La nueva ley de Derechos del Contribuyente le da segguridad juridica a los contribuyentes cuando se acogen a las resoluciones mescelaneas,aseguro. El nuevo ordenamiento indica que cuando el contribuyente se acoge a las resoluciones fiscales, agrego. Siempre le quedaba la duda al contribuyente cuando la miscelanea fiscal le otorgaba un beneficio de si era legal, porque va mas alla de la ley, pero te dice (la nueva ley), acogete a ese beneficio y quedas exento de responsabilidad fiscal.
Tópico: Duda
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 08, 2005 Asunto:
pues es fecha que todavia no puedo entrar, estos del inseguro social estan cada dia peor, pero en fin tener que esperarnos a ver si el dia de mañana funciona gracias por sus comentarios y les deseo que tengan un buen dia bye cp nelly
Tópico: CONTRATO A TRABAJADOR
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 08, 2005 Asunto:
GRACIAS A TODOS POR SUS COMENTARIOS Y AL LIC.PEPE SOTO POR SUS IDEAS LAS QUE TOMARE MUY ENCUENTA AHORA SOLO ME QUEDA HABLAR CON LA GERENTE SOBRE ESTE ASUNTO. YA LUEGO LES CONTARE COMO ESTUVO HASTA PRONTO
Tópico: Duda
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 08, 2005 Asunto: Duda
Hola alguien de ustedes me podria decir si pueden entrar a la pagina del Imss ya que tengo mas de una hora y no puedo entrar, y me urge checar unos movimientos que envie por IDSE QUE TENGAN UN BUEN DIA GRACIAS ATTE CP NELLY
Tópico: CONTRATO A TRABAJADOR
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
al elaborar los finiquitos y las renuncias como dice jcarlos en caso de alguna revision no tendre problemas? ya que este trabajador del que les comento este viernes se vence el contrato y habra que cumplir con el finiquito. y elaborar la renuncia ya que no le he hecho de antemano les agradesco sus sugerencias ya que me han sido de mucha utilidad
Tópico: CONTRATO A TRABAJADOR
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto: CONTRATO A TRABAJADOR
HOLA TENGO UNA DUDA, EN LA EMPRESA EN DONDE PRESTO MIS SERVICIOS LA GERENTE DECIDIO HACER CONTRATO A UN TRABAJADOR, ESTO PARA QUE NO CREA ANTIGUEDAD (CONTRATO POR 30 DIAS) Y CUANDO ESTE TERMINA SE ELABORA OTRO. PUEDO YO TENER ALGUN PROBLEMA POR EL SIMPLE HECHO DE TENER A MIS EMPLEADOS POR CONTRATO? YA QUE SE TIENEN QUE DAR DE ALTA Y DE BAJA AGRADECERIA MUCHO SUS SUGERENCIAS ATTE. CP NELLY
Tópico: descuento credito infonavit
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 29, 2005 Asunto:
hola yo el calculo lo efectuo de la siguiente manera ejemplo 46.80 (salario minimo) x 17.0012 Factor = resultado entre los dias que les pagas ya sea por semana o decena o quincena y el resultado que obtengas es el que le vas a descontar yo hasta ahorita no he tenido ningun problema espero y te sirva de algo mi sugerencia
Tópico: SOLICITO DE SU AYUDA
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto:
Disculpen por no haber podido darles las gracias antes, pero estaba con lo de las dichosas diferencias y ya puede gracias a sus sugerencias las cuales me han sido de mucha utilidad, que tengan un excelente dia hasta pronto atte. cp nelly
Tópico: SOLICITO DE SU AYUDA
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto:
Gracias por sus sugerencia, pero da la casualidad que ya lo intente quise modificar los salarios y no me lo acepta de hecho en otra computadora tengo otro programa del sua que lo utilizo para estos casos y la modificacion por mas que hice el intento no me acepta ninguna modificacion (salario minimos). como me dice corteslce no me quiero esperar a que me requieran al igual realice los pasos que me menciona JLEEGLZ. Y la verdad no se que hacer de antemano gracias bueno a ver que pasa
Tópico: SOLICITO DE SU AYUDA
blancanellypazbarron

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto: SOLICITO DE SU AYUDA
Tengo el siguiente problema, en la empresa en donde prestos mis servicios esto es a partir del mes de abril de este año, y al estar revisando los pagos del sua de los meses de enero y febrero del presente año. me doy cuenta que no actualizaron los salarios minimos y estos (pagos de efectuaron con el salario del año pasado), es decir la cuota fija lo que resulta que existen dif.en esos dos meses. como los acabo de detectar quiero realizar esos pagos pero como le puedo hacer para poder determinar estas diferiencias o me tengo que esperar a que el imss me requiera junto con su respectiva multa. les agradeceria de antemano sus sugerencias Gracias cp nelly

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