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Tópico: COMPENSACION DE IVA
Coaarb01

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2004 Asunto: Re: COMPENSACION DE IVA
Muy debatible y polemico, lanzo una pregunta para los que dicen que el IVA se compensa. ¿Puedo acreeditar ISR?, ya que si puedo compensar IVA, puedo acreeditar ISR, no nos perdamos colegas, el art. 23 del CFF menciona una compensación universal que en escencia iba dirigido solo a renta, que nuestros señores legisladores metieran la pata para beneficio de los contribuyentes (Cosa que no es muy habitual), o significa que compensemos IVA, es cuestión de doctrina. Por otro lado, yo no recomiendo que NO se presenten los pagos definitivos de IVA despues de dos o tres meses, ya que quiero pensar que estamos en enero y se no presente el IVA a cargo, que pasaría si me lo requieren el 5 de febrero, cual sería mi justificación, mi fundamento, recuerden que ahora son pagos electrónicos y que la autoridad verifica casi en forma inmediata las omisiones del pago de impuestos. La posible solución como la han mencionado otros colegas no deja de ser una medida correctiva y peligrosa, si al colega que lo comenta le funciono así en horabuena, y si lo hizo por estrategia financiera a mi juicio muy arriesgada, y con ello, no deja de existir la posibilidad de irnos a pleito por esta situación.
Tópico: ISR,IVA,IEPS??
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2004 Asunto: Re: ISR,IVA,IEPS??
En tu caso no pagarías IEPS por la venta de cigarros ya que se considerá que este impuesto esta incluido en el valor de la enajenación de quien te vendio el producto, esto de conformidad con el art. 5-A de la LIEPS, ya que no eres contribuyente de este impuesto. Por los demás impuestos, los colegas ya te hicieron algunos comentarios. Saludos
Tópico: INPC Ilegal, su alcance...
Coaarb01

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2004 Asunto: Re: INPC Ilegal, su alcance...
Incluso cheque, la interpretacion que hacen los tribunales en la mayoria de los casos) es una interpretacion que le llaman SINALAGMATICA, esto es, una interpretacion en conjunto ya que hay articulos relacionados, coincido contigo en que la interpretacion literal no sirve mas que para dos cosas, la primera para nada y la segunda...............se los dejo de tarea. Saludos!
Tópico: inequidad en cambio de regimen
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2004 Asunto: Re: inequidad en cambio de regimen
Esos pende..... del sat, como siempre regandola, ya me figuro ver a un regímen de honorarios siendo un restaurant, vaya que si en ocasiones los del sat rayan en lo tonto. Bueno, yo te recomiendo que tramites tu reanudación de actividades dando de baja la clave de honorarios y dando de alta la clave de repecos, manejando tu actividad de restaurant, deja que el tramite siga su curso y si no te lo quieren aceptar que te den POR ESCRITO, FUNDAMENTADO Y MOTIVADO la negativa de tributar en REPECOS, ya que no hay ninguna norma que te prohiba hacer ese movimiento. Si desde la ventanilla no quieren aceptarte el tramite te recomiendo que hables con el superior de esa persona y hables con el, claro esta, mencionando que meteras una queja administrativa, etc., etc. En conclusión te deben de aceptar el tramite y si no que te lo den por escrito y entonces si sabran lo que es amar a Dios en tierra de indios. Saludos.
Tópico: impuesto al activo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2004 Asunto: Re: impuesto al activo
Por supuesto que debiste presentarla, ya que la ley te exime del pago más no del calculo.
Tópico: Partes Relacionadas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2004 Asunto: Re: Partes Relacionadas
Hola, las partes relacionadas para efectos de renta son las que te menciona el art. 215 a saber: "Se considerá que dos o más personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en la administración, control o capital de dichas personas" Asi pues tenemos que se trate sobre la empresa, claro esta, tomariamos en cuenta a los accionistas si así lo amerita o si tu ejemplo alguno de los accionistas de la empresa A influye en la empresa B ya sea por la administración, es socio mayoritario de la empresa B, etc., se pueden dar muchas combinaciones.
Tópico: esesoria
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2004 Asunto: Re: esesoria
Hola, mira, dentro de la terminología fiscal, existe una palabra que se llama simetría fiscal, esto quiere decir en pocas palabras, que si alguien acumula también puede deducir. En el caso que mencionas, la LISR, maneja perfectamente la simetria fiscal en este caso en específico, en otras palabras, el proveedor que te dio la factura esta acumulando el ingreso correspondiente además del impuesto trasladado que tiene que pagar, tu como receptor de la factura de tu proveedor, estas obligado a expedirle un cheque con todas las formalidades que existen en el CFF para que lo puedas hacer deducible, es ahí donde la ley te da la simetría fiscal, tu proveedor acumula y tú deduces. El supuesto establecido en ley, es correcto, la simetria fiscal no fué violada en ningún momento por la ley, la simetria fiscal fué violada por tú cliente, el cuál al no cumplir con los requisitos establecidos en Código, no puedes deducir este gasto. Así pues y bajo el principio jurídico de que la ley es perfecta (principio jurídico) aunado al principio fiscal de simetria, insisto, la ley no violó el derecho de deducibilidad, quien lo violó fué tú cliente al momento de salirse del supuesto establecido en ley. Saludos
Tópico: Impuestos en herencia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2004 Asunto: Re: Impuestos en herencia
Los ingresos por herencias o legados estan exentos de conformidad con el art. 109 fracción XVIII de la LISR. Saludos!
Tópico: CAFE INTERNET
Coaarb01

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2004 Asunto: Re: CAFE INTERNET
Además de lo que te mencionarion anteriormente, el regimen intermedio pudiera funcionar, el fundamento de esto, es que actualmente al REPECO lo estan tratando de triturar las autoridades fiscales. Yo te recomendaría tomar en cuenta varios factores para que puedas decidir sobre que regímen te conviene más: 1.- Realizar una planeación financiera para a partir de ahi, realizar una planeación fiscal. 2.- Planeación legal que pueda considerarse a futuro (En el caso REPECO si no quieres pagar el IVA, puedes ampararte, claro hay que medir costo beneficio, etc) 3.- Aspectos de planeación fiscal en apertura de negocios En fin, te recomiendo que analices estos puntos detalladamente antes de tomar una desición. Saludos!
Tópico: En que base militar estamos?
Coaarb01

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2004 Asunto: Re: En que base militar estamos?
A mi me parece una forma muy original para poder opinar y ayudar a compañeros, entusiasmante ya que entre más mensajes, vas subiendo de grado, muy bueno y muy original. Saludos!

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