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Tópico: Consulta por avisos ley antilavado de dinero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 13, 2013 11:36:13 Asunto: Consulta por avisos ley antilavado de dinero
[b]Compañeros colegas Muy buenos días[/b] tengo una consulta que quiero realizar y busco luz en este noble foro... si una persona realiza y envía el aviso firmando con la FIEL del representante legal de una persona moral para efectos de la ley anti-lavado [b]¿la responsabilidad penal / multa es para la persona que realizó y envío el aviso?[/b] o finalmente, [b]¿es para el representante legal por haber firmado con su FIEL?[/b]. [b]Muchas Gracias[/b].
Tópico: Nueva Orden de Visita domiciliaria
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2012 17:13:53 Asunto: Re: Nueva Orden de Visita domiciliaria
Compañeros muy buenas tardes: En efecto la autoridad con dicho fundamento pretende ejecutar una nueva revision en base a ese hecho, pero, si nos fijamos bien, las cuentas bancarias que ellos se percataron de que no habian sido exhibidas, fue en el plazo de la revisión osea el [i][b]23 de Julio de 2007 [/b][/i] y el acta final se levantó hasta el [i][b]17 de octubre de 2007[/b][/i], dentro de dicha revisión se tuvo que revisar las cuentas bancarias, no esperar hasta [b]el acta final [/b]y decir que en base a ese supuesto se abrirá otra revisión, inclusive en la [b]ultima acta parcial [/b]se hubiera reconocido ese hecho. como menciona el ARTICULO 46 Ultimo Parrafo del C.F.F.- '[b]CONCLUIDA LA VISITA EN EL DOMICILIO FISCAL, PARA INICIAR OTRA A LA MISMA PERSONA, SE REQUERIRA NUEVA ORDEN.[/b] EN EL CASO DE QUE LAS FACULTADES DE COMPROBACION SE REFIERAN A LAS MISMAS CONTRIBUCIONES, APROVECHAMIENTOS Y PERIODOS, SOLO SE PODRA EFECTUAR LA NUEVA REVISION CUANDO SE COMPRUEBEN HECHOS DIFERENTES A LOS YA REVISADOS. [b]LA COMPROBACION DE HECHOS DIFERENTES DEBERA ESTAR SUSTENTADA EN INFORMACION, DATOS O DOCUMENTOS DE TERCEROS[/b], EN LA REVISION DE CONCEPTOS ESPECIFICOS QUE NO SE HAYAN REVISADO CON ANTERIORIDAD'.... Es interesante como el legislador es especifico en cómo debe iniciarse la nueva orden de revisión analicemos: la visita ya fue terminada, se supone que desahogó todos los procedimientos para manifestar el credito fiscal o las irregularidades que se hayan plasmado en la revisión, las cuentas bancarias fueron conocidas [b]DENTRO DEL PERIODO DE LA REVISIÓN[/b] ¿por qué iniciar otra revisión si ya se conoció una cuenta bancaria diferente del contribuyente antes de la ultima acta parcial y del acta final?. Ahora bien, la autoridad [b]nunca manifiesta cómo obtuvieron dichas cuentas bancarias[/b], la unica forma en que la autoridad conozca nuevas cuentas bancarias, es que el contribuyente tenga en su contabilidad cuentas bancarias registradas y no le haya dado los Edos. de cuenta a la autoridad, la utoridad le exhija la exhibicion de las cuentas y el contribuyente se niegue, en ese caso, el SAT emitirá un oficio de solicitud de información a la CNBV para ver cuantas cuentas tiene ese contribuyente a su nombre, además de las manifestadas por él y congelarlas. LA AUTORIDAD SOLO ACTUA CON LA INFORMACION QUE LE BRINDEMOS si existe discrepancia entonces hará las medidas con las que se encuentra facultada. Si es así, es improcedente que el SAT solicite información sin ningun hecho en que encuandre al contribuyente para tal medida. Por lo tanto, esto es [b]completamente ilegal [/b] por parte de la autoridad y mediante juicio concentioso hacemos valer los agravios y tenemos ganado el caso. Un saludo cordial a todos los colegas, mis mejores deseos.
Tópico: Nueva Orden de Visita domiciliaria
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2012 14:14:36 Asunto: Nueva Orden de Visita domiciliaria
Buenas tardes compañeros: que opinan acerca de esta nueva orden de visita domiciliaria girada a un contribuyente para revisar contribuciones y ejercicios ya revisados: [i]“Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente y 46 último párrafo del Código Fiscal de la Federación…' “Lo anterior, en virtud de que mediante oficios números 324-SAT-16-II-UAZ-003854 y 324-SAT-16-II-UAZ-003856 ambos de fecha 23 de Julio de 2007 … conoció la existencia de las siguientes cuentas bancarias a nombre del contribuyente JORGE ALBERTO MACOSSAY GALVEZ, 0449498796 Y 0454275713 de la institución bancaria BBVA Bancomer S.A.; 4856 1676, 3028-6098 y 3028-9933 de la institución bancaria Banco Nacional de México, S.A., dichas cuentas bancarias no fueron exhibidas con anterioridad por ese contribuyente por lo que no habían sido valorados por esta autoridad situación que se hizo constar en el acta final de la visita, levantada el 17 de octubre de 2007, … por lo que en tal virtud, constituyen hechos diferentes que deben ser revisados, y que dan motivo a la emisión de la presente orden de visita domiciliaria con fundamento en el artículo 46 último párrafo del Código Fiscal de la Federación.”[/i] procede o no procede?? SALUDOS
Tópico: DIOT MESES ANTERIORES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2012 17:33:48 Asunto: Re: DIOT MESES ANTERIORES
Saludos Colegas: No presentes las DIOT'S sin haber presentado con anterioridad los pagos provisionales ¿por que? por que ya estas informando a la autoridad que eso fue lo que efectivamente pagaste de iva, entonces dira ¿si ya sabe lo que efectivamente erogo por cada mes, por que no me ha enterado el iva que me corresponde? (hablando hipoteticamente). es avisar al SAT antes de tiempo mi estimado, mejor corrije lo antes posible su situacion y presenta las obligaciones de pagos provisionales al igual que los pagos definitivos con sus respectivas actualizaciones y recargos (si proceden). claro, observando el regimen en que se encuentra tributando. SALUDOS.
Tópico: REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2012 14:20:13 Asunto: REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
Buenas Tardes Compañeros: exopngo una duda que le surgio a un colega con respecto a un repeco. una persona va a solicitar un credito en la incubadora de negocios, le comentaron que debe darse de alta en hacienda y por consiguiente en finanzas del Edo. el señor ya se dio de alta en el SAT y le falta finanzas, pero lo que dice es que no tiene dinero para pagar las cuotas bimestrales y no tiene edos. de cuenta por que no tiene como comprobar ingresos, quiere saber ¿que es lo que debe hacer para darse de alta y presentar los primeros meses en cero hasta que ya obtenga ingresos?. yo lo veo complicado por que cuando se da de alta se le hace una estimativa de ingresos que va a obtenber y sobre eso se le realizan las cuotas. Espero sus comentarios GRACIAS.
Tópico: Venta de A.F. usado por una S.C. ¿CON IVA O NO ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 04, 2012 20:02:58 Asunto: Re: Venta de A.F. usado por una S.C. ¿CON IVA O NO ?
Buenas Tardes compañeros colegas: JOEGON qe es lo que dice la leyenda de las facturas de esa empresa que su giro es OUTSOURCING no dice algo asi como' HONORARIOS POR SERVICIOS PROFESIONALES' o 'PRESTACION DE SERVICIOS' por que si es asi debieron de haber enterado el iva ¿por que? veamos este anbalisis se supone que es una SOCIEDAD CIVIL entonces Su fin es común y preponderantemente económico pero no constituye una especulación comercial pero lucra con ese servicio que presta entonces el Codigo Civil en su Art. 2695 dice ' Las sociedades de naturaleza civil, que tomen la forma de las sociedades mercantiles, quedan sujetas al Código de Comercio' el CODIGO DE COMERCIO en su art. 75 fraccion dice XXV.- Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código realiza prestacion de servicios al utilizar esa leyenda ademas de su actividad que es 'prestar servicio' ademas de la ley del iva que en su art. 14 fraccion I dice .La prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le dé origen y el nombre o clasificación que a dicho acto le den otras leyes. creo que no saben bien el objeto dee sus operaciones saludos
Tópico: FISCALIZACION DE LA APORTACION PARA FUTUROS AUMENTOS AL CAPITAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2012 14:57:29 Asunto: Re: FISCALIZACION DE LA APORTACION PARA FUTUROS AUMENTOS AL CAPITAL
Es un placer y ayudar en este FORO. Saludos
Tópico: Informativas ¿Se declaran las retenciones que se pagaran el sig año?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2012 14:43:27 Asunto: Re: Informativas ¿Se declaran las retenciones que se pagaran el sig año?
buenas tardes. Yo creo que si tienes que declararlos, por que [b]reconociste el gasto[/b] y quedo asentado en contabilidad, si no lo hubieras echo nunca existio el acto que realizaste, por que no lo pagaste y no se generaron las contribuciones, por que tambien debiste de haber reconocido la retencion. si reconociste el gasto y no las retenciones ¿como te cuadro la poliza?, ademas en una revision te pueden observar eso, por que son retenciones, y son mas delicadas para la autoridad. saludos
Tópico: DEDUCCION APORTACIONES SEGURIDAD SOCIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2012 14:35:51 Asunto: Re: DEDUCCION APORTACIONES SEGURIDAD SOCIAL
Lo siento mi estimado, todo esto que te comente no es para I.E.T.U., es [b]totalmente correcta[/b] tu apreciacion si no se cobro en el ejercicio NO JUEGA para estos efectos de los creditos correspondientes, aunque para I.S.R. si en el comentario anteriormente expuesto. Saludos y una disculpa de antemano.
Tópico: el contribuyente no esta localizado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2012 14:24:42 Asunto: Re: el contribuyente no esta localizado
Coincido con los compañeros en que no es problema del contribuyente en la mayoria de los casos en que se encuentre no localizado, pero si es un problema que en la base de datos del S.A.T. tenga ese Estatus, es mejor curarse en salud, asi que acompañalo al S.A.T. para que diga el domicilio donde recibir y escuchar las notificaciones, por que no es bueno que tenga ese estatus en la base de datos. saludos.

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