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Tópico: CFDI emitido por SAT derechos productos y aprovechamientos
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 09, 2021 11:14:19 Asunto: Re: CFDI emitido por SAT derechos productos y aprovechamientos
Si lo debe de emitir, de hecho tambien por ejemplo los debe de emitir por el pago de DTA en los pedimentos. Por ahi si googleas hay una pagina del SAT donde comenta que en teoria lo sacan a fin de mes. El problema aqui es a quien se lo exiges? Ni modo que vayamos con la mismisa Raquel a exigirselo. Ahi no hay mucho que hacerle y creo que con el comprobante del banco del pago de derechos basta para que proceda la deducibilidad en caso de alguna revision.
Tópico: Una persona moral puede facturar luz??
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2019 16:11:02 Asunto: Re: Una persona moral puede facturar luz??
De poder poder, el sistema de facturación no creo que NO te deje hacerlo, que debas hacerlo es otra cosa. Considero que no debes de facturarlo como Luz o Energía Eléctrica, ya que en realidad tu no eres quien esta dando el servicio de proporcionarle la energía eléctrica per se, facturaselo como renta y ponle servicios adicionales o algo asi, el chiste es que el tenga una factura que ampare el gasto que esta haciendo y tu lo vas a deducir con el CFDI de la comisión.
Tópico: Facturacion de Cirugia Veterinaria ¿se genera IVA?
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 25, 2019 16:32:04 Asunto: Re: Facturacion de Cirugia Veterinaria ¿se genera IVA?
El articulo 15 de LIVA te dicen que están exentos los servicios profesionales de medicina. El 41 de RIVA aclara cuales son estos servicios médicos: [i]Artículo 41. Para los efectos del artículo 15, fracción XIV de la Ley, los servicios profesionales de medicina por los que no se está obligado al pago del impuesto, son los de médico, [b]médico veterinario o[/b] cirujano dentista, siempre que cumplan con los requisitos que establece la Ley. [/i] Así que desde mi punto de vista, no tendría porque generar IVA, es decir, seria exento.
Tópico: DEVOLUCION DE IVA ATENDIDA pero faltó un documento
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2019 09:51:11 Asunto: Re: DEVOLUCION DE IVA ATENDIDA pero faltó un documento
Hay veces en que si te metes al sistema a solventar el requerimiento aun y cuando ya lo hiciste, te deja adjuntar cosas. Si entras y no te deja adjuntar nada, la única manera es que ellos te abran el sistema, para lo cual tendrías que tener una comunicación con la persona que te esta revisando la devolución, lo cual muchas veces se complica tener ese contacto e inclusive si lo tuvieras, quien sabe si te lo quisieran abrir. Si lo que no subiste es de tanta importancia que ya sabes que te la van a desistir, y no tienes manera de hablar con la persona para ver si te puede hacer el favor de abrir el sistema, te recomendaría que te desistieras de una vez para que no esperes todo el tiempo de contestación y la vuelvas a meter ya adjuntando todo. [i]Editado: Noviembre 22, 2019 09:51:24[/i]
Tópico: Duda sobre condonación de Cuentas por pagar
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 19, 2019 10:28:40 Asunto: Re: Duda sobre condonación de Cuentas por pagar
De acuerdo con lo que comenta Nicolas. Para poder cancelar el pasivo que tienes en contabilidad, tendrías que hacer un registro contable de un cargo a esa cuenta de proveedores, a lo cual te faltaría el abono, y ese abono se va a ingresos, por lo que es un ingreso contable y fiscal sin lugar a duda ya que aumentaste tu haber patrimonial al no pagar esa cuenta por pagar. El IVA que pagaste en aduana desde mi punto de vista sigue siendo acreditable ya que efectivamente lo pagaste al momento de hacer la importación, asi que ahi no habria tema.
Tópico: Saldos a favor ISR P.Fisicas
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 18, 2019 19:22:57 Asunto: Re: Saldos a favor ISR P.Fisicas
Siempre es bueno hacer los cálculos por fuera como comenta Cheque, pero en mi experiencia el sistema raramente se equivoca si los ingresos están catalogados de manera correcta. A lo mejor tu te estas equivocando al hacerlo de manera manual y estas tomando en cuenta algo que no debe de ser, o viceversa. A mi me ha tocado que hasta por ingresos por separación y pensiones donde manejan ingresos no acumulables el sistema realiza los cálculos de manera correcta. Ya si te sale a favor, y por alguna razón el SAT te rechaza la devolución, pues si habría que meter la devolución manual adjuntando todo lo que creas conveniente y algún escrito libre explicando la situación.
Tópico: Impuestos por ingresos del extranjero
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 18, 2019 19:18:47 Asunto: Re: Impuestos por ingresos del extranjero
Si tu te encuentras en territorio Nacional y tributas como Mexicano, definitivamente este nuevo ingreso gravaría para efectos de IVA (ya que el servicio lo estas prestando tu aquí) y para ISR porque tributas como Mexicano. De ahí en fuera, tu facturarías, te pagan, acumulas y pagas impuestos, también no habría que perder de vista algún posible requerimiento extra de parte de la compania Canadiense para que ellos puedan hacer deducible el gasto que están haciendo al pagarte. También hay que investigar si ellos como empresa de Canadá no están obligados a efectuar alguna retención por el ingreso que estas obteniendo, algo parecido a lo que pasa en México y si eso pasaría, a lo mejor también revisar si existe tratado para evitar doble tributacionen donde puedas acreditar el impuesto retenido en caso de que así sea.
Tópico: FACTURACIÓN DE MÉXICO A PANAMÁ
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 18, 2019 19:11:16 Asunto: Re: FACTURACIÓN DE MÉXICO A PANAMÁ
Creo que es una pregunta algo compleja para tan poca información. Es un bien o servicio? Donde se presto o se vendió el bien o servicio? Te recuerdo que el IVA es territorial y grava solo los actos que suceden en territorio nacional. Independientemente de si lleva IVA o no, tu como contribuyente mexicano estas obligado a emitir un CFDI por el ingreso, que este CFDI sirva a una empresa Panameña para que esta lo pueda hacer deducible? También tendrías que preguntar los requisitos de esa legislación para hacer deducible un gasto.
Tópico: Forma 41 editable 2016
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2016 19:08:53 Asunto: Re: Forma 41 editable 2016
ISAKI, en que parte viene eso de que solo los grandes contribuyentes tiene la obligacion de enviar los archivos? Creo que la regla en cuestion es clara y no discrimina y habla en general de todos los contribuyentes, desde mi punto de vista, cualquier saldo a favor que venga de pago referenciado, sin importar si eres pequenio o grande contribuyente, puedes optar por la facilidad de no presentar el aviso de compensacion. La clave estaba en el ultimo parrafo en donde te daba quienes tenian que presentar el aviso: Ingresos acumulables superiores a $100,000,000 en el ejercicio inmediato anterior Valor del activo superior a $ 79,000,000 Tuvo 300 empleados por mes en el ejercicio inmediato anterior Con la modificacion de la regla, se deroga el parrafo, por lo que no habiendo quienes deben, pues nadie debe. Saludos!
Tópico: Forma 41 editable 2016
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2016 13:43:42 Asunto: Re: Forma 41 editable 2016
Hola, Para que necesitas presentar aviso de compensacion? Es de saldos a favor de antes del uso de pago referenciado? Te recuerdo que ya no es obligatorio la presentacion del aviso de compensacion si son saldos generados mediante la presentacion en pago referenciado no hay necesidad de presentacion de aviso y con la simple aplicacion dentro de la herramienta basta. Checate la regla 2.3.13 Saludos!

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