Debes llevar contabilidad electrónica a partir del 1 de julio de 2014.
Presentan la información de la contabilidad a partir del 1 de enero de 2015:
- Las instituciones del sistema financiero
- Contribuyentes con ingresos en 2013 iguales o superiores a 4 millones de pesos
El resto de contribuyentes presentan la información a partir del 1 de enero de 2016.
Si llevas tu contabilidad en "Mis Cuentas", estás relevado de presentar la información de tu contabilidad.
¿Cuáles son tus obligaciones?
Todos los contribuyentes deben llevar contabilidad electrónica.
Personas físicas con actvidad empresarial o profesional, con ingresos que no superen $2 millones, llevarán contabilidad simplificada; es decir, libro de ingresos, egresos y registro de inversiones..
Personas físicas del RIF, llevarán su contabilidad en la plataforma "Mis Cuentas". Otras personas físicas, pueden optar por llevarla en esa plataforma.