01/Jul/09 15:39
Descanso Obligatorio por elecciones??
Hola buen día a todos, quizá la respuesta a mi pregunta sea muy obvia, pero, entonces este domingo 5 de julio es descanso obligatorio??? O sea si trabajan ese día se les paga un salario doble además del salario diario normal?? O en que casos se refiere??
Saludos y gracias!!
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
El 1o. de enero;
El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
El 1o. de mayo;
El 16 de septiembre;
El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
El 25 de diciembre, y
El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.