Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
18/Jun/04 20:30
MULTA FIJA IMSS......

ESTIMADOS FORISTAS, SI EL IMSS TE IMPONE UNA MULTA Y TRANSCURREN LOS PLAZOS PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO PERO EN LAS CEDULAS DE LIQUIDACIÓN NO SE ESPECIFICA EL PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO DE INCOMFORMIDAD O EL JUICIO DE NULIDAD , SEGUN RECUERDO EL PLAZO CONFORME AL A 50 DEL CFF SE DUPLICA, ¿ ESTO ES ASI TAMBIEN PARA LAS MULTAS DEL IMSS? CREO QUE EXISTE JURISPRUDENCIA AL RESPECTO.....
......
GRACIAS POR SU AYUDA
[color=red:2982943486][/color:2982943486][color=red:2982943486][/color:2982943486]
 
Lic. Alán José Durazo Brassea
 
Perfil

alandurazobrassea
Soldado

Mensajes: 8
Ingresó: Mayo 23, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Jun/04 21:03

Alan.
Si la multa fue bien notificada, solo tienes 15 dias para la interponer el recurso de incomformidad, de lo contrario lo puedes interponer en cualquier tiempo, siempre y cuando no haya salido la orden de cobro o embargo por parte del Imss.

Asi lo he manejado hasta el momento.

Y si hay otras opiniones, ayuden al compñero.

Otra cosa importante, "las cedulas de liquidacion" a que hace referencia el IMSS cuando te inponen una multa , simplemente no existen, por lo tanto, la multa vale nada.

Si estoy mal porfa corrijanme.
CP Cosme Lucero de Campeche
 
Perfil

cosmelucero
Soldado

Mensajes: 22
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jun/04 12:07

Mmmmmm, lo que te envia el Imss dice "Cedula de liquidacion x concepto de multa"

¿A que te refieres con que vale nada...?

No entendi.

El Lic.
:?
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jun/04 15:34

Lo que le quice dar a entender a Alan, es que cuando el IMSS te pone una multa por falta pago de cuotas o de RCV hace referencia a "una cedula de liquidacion" en donde el Instituto determina las cuotas o RCV y que fue notificada, pero esa cedula no cumple con los requisitos que marca el cod. fisc. de la Federacion.
Por lo tanto no sirve y como concecuencia no vale nada.
 
Perfil

cosmelucero
Soldado

Mensajes: 22
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jun/04 23:00

¿Y las hojas azules que son...?

:?
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jun/04 21:01

Aclarando:
La cedula de liquidacion por concepto de multa si existen y las notifican a veces en forma correcta, pero la cedula de liquidacion de cuotas o rcv que da origen a la multa casi nunca es notificada de acuerdo al CFF, y por lo tanto la multa es ilegal.
Se los dejo de tarea, analicenlo.
 
Perfil

cosmelucero
Soldado

Mensajes: 22
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jun/04 9:25

No se en tu localidad, pero x aca, cuando te notifican la multa x diferencias en el pago de las COP's, te anexan las hojas azules.

Es cierto que cada subdelegacion tiene su propio criterio. Tal vez en la tuya no esten cumpliendo con las notificaciones en forma correcta (legal), asi que hay que aprovechar ese "agujero"...

El Lic.
8)
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Jun/04 17:01
Re: MULTA FIJA IMSS......

Soy nuevo en estos foros, y no sé si ya resolviste tu problema...

Conciderando que la multa corresponda a cuotas o RCV pagado oportunamente o de manera extemporanea, pero antes de ser notificada la multa, una gran hoja verde con el monto del 40% de la contribucion omitida, y siempre que no se encuentre interpuesto ningun recurso administrativo, podras cancelar la multa presentando copia del pago efectuado antes de ser requerido por el Instituto, haciendo referencia al acuerdo 187/2003 del consejo técnico del imss, el cual lo puedes encontrar en la seccion de descargas, imss.

Espero les sea de utilidad.
 
Perfil

gascaluis
Soldado

Mensajes: 2
Ingresó: Junio 10, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1