Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
25/Jun/04 11:56
Condonacion de impuestos

Buen dia

Estamos terminando un dictamen de un fideicomiso estatal, pero existe una diferencia en retenciones de Ispt ya que en la anual de sueldos y salarios dicen que retuvieron en Diciembre, pero no fue asi, debido a que el fideicomiso manejo una condonacion de impuestos que supuestamente todos los funcionarios estatales gozaban de este beneficio, revise el decreto del 5 de marzo del 2003, pero ahi habla solo de los ingresos extraordinarios, y en ese caso ellos argumentan que se aplico para Noviembre y Diciembre de 2003, pero en todas las remuneraciones, solo cuentan con un oficio firmado por el Gobernador, el Secretario de Hacienda y el Tesorero, pero del estado. ¿Alguien conoce de algun fundamento adicional pero haya sido otorgado por las autoridades correspondientes, que creo seria el Presidente de la Republica? ¿o el procedimiento es incorreto y deberian presentar una complementaria de pago? ¿si la aplicacion de la condonacion fuera correcta, como la aplico en los pagos provisionales para que no afecta como diferencia?

Gracias por su ayuda
 
EML
 
Perfil

eml
Sargento Segundo

Mensajes: 62
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Jun/04 17:16
Re: Condonacion de impuestos

Me enviaron un convenio entre la Federacion y el Estado de Nuevo Leon, donde una de las clausulas indica que la federacion finiquita los adeudos, incluidos sus accesorios y la actualizacion tengan por concepto de retenciones sobre los ingresos señalados en el Capitulo I del Titulo IV de la Ley de ISR, asi como el impuesto sustitutivo del credito al salario a su cargo por el ejercicio del 2003.

Como lo entiendo a que esta condonando el pago de Isr es la Estado de Nuevo Leon, no al funcionario estatal, es decir que deberia presentar la declaracion de sueldos y salarios es correcta por haber hecho la retencion, y lo que deberia de corregir es el pago provisional de Diciembre pagando como Fideicomiso la parte de la retencion, o bien haciendo uso de esa condonacion?, pero si asi fuere como lo aplicaria en el portal del banco?

Espero comentario, me urge

Gracias de antemano
 
EML
 
Perfil

eml
Sargento Segundo

Mensajes: 62
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1