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29/Jun/04 9:59
PAGO PRIMA DOMINICAL O NO

Amigos como estan:
Solo esperando que se encuentren bien, y al mismo tiempo molestando con una breve consulta:

Relacion Laboral

Tengo la duda de pagar prima dominical a un trabajador que labora los domingos, por que bueno lo que capa es de que este trabajador su jornada laboral comprende en trabajar 5 dias a la semana y descansar 2, en donde uno de los dias de trabajo es domingo, la Ley en su Capitulo II, Articulo 71, DICE Los trabajdores que presten servicio en dia domingo tendran a una prima adicional de un 25% , por lo menos, sobre el salario de los dias ordinarios de trabajo.

Asi mismo en el mismo capitulo solo que en el Articulo 59 menciona que el trabajador y el patron fijaran la duracion de la jornada de trabajo sin que pueda exceder de los maximos legales.
Los trabajadores y el patron podran repartir las horas de trabajo a fin de permitir a los primeros el reposo del sabado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.

Vuelvo a mi pregunta, este trabajaor tendra derecho a la prima dominical, cuando entre trabajador y patron llegaron al convenio de que solo laborara 40 horas repartidas en 5 dias donde pudiera incluir trabajar domingo y descansar dias entre semana.

Cuan seria el fundamento y argumento para que se le pagara la prima dominical o no se le pagara.

Gracias por sus comentarios
reciban un cordial saludo
raulgarciamarcos
 
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GAMAR
Soldado

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29/Jun/04 10:28

según tengo ententido, Si se le paga la prima dominical porque el domingo esta como dia de descanso obligatorio, art, 71 LFT
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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29/Jun/04 10:31

Pues yo pienso que el articulo que mencionas (art 71)te da la pauta para que le entregues al trabajador la prima dominical ya que independientemente de que se hayan arreglado el patron y el trabajador ,el hecho es que trabaja en dia domingo y por lo tanto como ya dije debes entregarle prima dominical.
Esperemos mas opiniones.
Saludos
 
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ramiro9
Subteniente

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29/Jun/04 10:39
Re: PAGO PRIMA DOMINICAL O NO

Saludos...!!

En mi opinión si debes pagar la prima dominical... ya que la LFT dice en su art 71 dice:

[i:562f23ea3a]"En los reglamentos de esta ley se procurará que el día de descanso semanal sea el DOMINGO

los trabajadores que presten servicio el día DOMINGO tendrán el derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo"[/i:562f23ea3a]

es decir, no importa si descansa toda la semana, si trabaja el día domingo se le paga su prima dominical... lo de la distribución de las horas es sólo para comodidad de ambas partes, y para no exceder de los limites legales... la ley es estricta, si trabaja el domingo le debes pagar su prima dominical...!!
 
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Alucard
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