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Tópico: SUSPENSIÓN DE DESCUENTOS DE CRÉDITO INFONAVIT
cp_trrn

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 13, 2022 12:25:13 Asunto: SUSPENSIÓN DE DESCUENTOS DE CRÉDITO INFONAVIT
Buen día, Espero me puedan apoyar con su comentario, me surge una duda en cuanto a un aviso de suspensión de descuentos de infonavit por liquidación anticipada del crédito por parte del trabajador. Se recibe el aviso el día 11 de abril, el cual para esa fecha ya se le retuvo lo del mes de marzo y la primer semana de abril, entiendo que se le debe regresar por parte de la empresa esas cantidades que aún no han sido enteradas. En cuanto a la información que se debe ingresar en el SUA se debe tomar como fecha de suspensión de descuento el día 01 de marzo (puesto que se le regresa la cantidad retenida) o la fecha en que se recibió y firmó el aviso que fue el 11 de abril??
Tópico: INCAPACIDAD RAMO DE SEGURO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 28, 2021 11:35:15 Asunto: Re: INCAPACIDAD RAMO DE SEGURO
Sí claro, no hay nada qué objetar es RT, y tenemos comunicación con el trabajador cada incapacidad nos la hace llegar, pero no está demás revisar en escritorio y pues para ingresarlas a SUA como RT. CP_PACO te agradezco mucho tu amable comentario y recomendación.
Tópico: INCAPACIDAD RAMO DE SEGURO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 28, 2021 00:13:07 Asunto: Re: INCAPACIDAD RAMO DE SEGURO
CP_PACO, ya nos trajo la ST7 calificada y dice lesión ocurrida por motivo y ejercicio de su trabajo por eso la duda si ya calificado como RT las incapacidades ingresarlas a SUA todas como RT aunque digan Enfermedad General. Graacias!
Tópico: INCAPACIDAD RAMO DE SEGURO
cp_trrn

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 27, 2021 11:34:58 Asunto: INCAPACIDAD RAMO DE SEGURO
Buenos días, Espero que puedan apoyarme con su comentario. Tenemos un trabajador que sufrió accidente en el centro de trabajo, le dieron 3 incapacidades antes del dictamen de la ST7. Primera: dice probable riesgo de trabajo Segunda: enfermedad general y probable riesgo de trabajo no Tercera: enfermedad enfermedad general y probable riesgo de trabajo sí Estamos esperando la cuarta para ver qué le puso el Médico. El dictamen después de esas incapacidades dice es posible establecer nexo causal de lesión ocurrida por motivo y ejercicio de su trabajo La duda es si esa información que plasmaron los Médicos es correcta de ponerle EG y si así como están ingresarlas a SUA? Agradezco su apoyo.
Tópico: METODO DE PAGO EN FACTURAS A CREDITO
cp_trrn

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 08, 2016 13:29:01 Asunto: Re: METODO DE PAGO EN FACTURAS A CREDITO
Buenas tardes, De hecho lo venia manejando con la expresión No Identificado salvo algunos clientes que exigían se emitiera el método y los 4 dígitos de la cuenta, sin embargo al ser requisito que se exprese el método de pago, se les comunicó que se emitirián los CFDI con la expresión NA en cfdi de crédito y no estuvieron de acuerdo y algunos me exigen que si le pongo NA le ingrese la clave 99 lo cual no es correcto o estoy mal alguién me puede comentar??
Tópico: DUDA sueldos y salarios
cp_trrn

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 08, 2009 12:18:22 Asunto: Re: DUDA sueldos y salarios
Gracias a Todos, Efectivamente aquì lo relevante es sobre los meses que laborò, el càlculo queda en segundo termino porque obvio fuè contratado despuès del 1º de Enero, en sì la duda era sobre el mes inicial y final quiere decir que la declaraciòn que tengo es correcta como le pusieron mes inicial 01 y final 12... Muchas gracias!!!
Tópico: DUDA sueldos y salarios
cp_trrn

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2009 12:48:29 Asunto: DUDA sueldos y salarios
Buenas tardes, Hace unos dìas estuve revisando las declaraciones de sueldos y salarios que se presentaron por el ej 2008, pero al ver algunas me entrò una duda que quisiera ver si me pueden ayudar, tengo dos declaraciones en las que hay dos trabajadores en las que revisando su historial en el 2008 uno trabajo de enero a julio de 2008 y se le diò de baja el 31 de julio luego se le volviò a dar de alta en octubre 13 del mismo año el trabajador no. 2 es lo mismo obvio diferentes fechas... Y la declaraciòn que presentaron de èstos trabajadores perìodo de pago mes inicial y mes final le pusieron 01 y 12 o sea que trabajo todo el año segun declaracion, eso es correcto?? Ahora en realidad se supone que trabajo sòlo 10 meses y no 12 como consta en la declaraciòn... Mi duda es: còmo se debiò presentar?? sin càlculo porque dejo de prestar sus servicios antes del 1 de Dic y sin calculo tambièn porque se diò de alta despuès del 1 de enero... o Còmo se debiò presentar si trabajo del mes inicial 01 y mes final 07 luego mes inicial 10 mes final 12 en le caso del primer trabajador... Alguièn que me pueda ayudar?? :s Gracias!
Tópico: DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2008 09:45:03 Asunto: Re: DIOT
Muchas gracias! De verdad, estaba algo preocupada con eso, porque hable al SAT para preguntar sobre esas dudas y como que se molestan cuando les preguntas tal vez no todos sean asì pero me toco una persona que no estaba de humor para disipar mis dudas o tal vez no me expliquè bien... Bueno again Gracias!!! Y que pasen un lindo dìa. :smile:
Tópico: DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2008 18:57:29 Asunto: Re: DIOT
Claro que la leì y el ejemplo de la liga tambiènn sòlo que no me quedaba claro eso del 10% lo estaba empleando mal; pero ya ahora sì, pero tengo otra! :s :confused: lo que voy a declarar es lo que està efectivamente pagado al mes que voy a declarar o se mete todo pagado o no?? Y gracias a ambos por tomarse la molestia de responder y gracias por el ejemplo...
Tópico: DIOT
cp_trrn

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2008 10:57:39 Asunto: Re: DIOT
Muchas gracias! Ya habìa leìdo lo que transcribes y de igual forma lo del link, ahora a lo que voy es èsto: lo que quiero declarar es un contribuyente que el total de sus pagos a proveedores en el mes fueron de no mas de 80 mil, èsto quiere decir que para el supuesto del 10% del total de mis pagos dà 8 mil verdad! Por lo tanto todos los proveedores van a ir declarados individual puesto que todos van a revasar los 8 mil o sea que no podrè relacionar ningùn proveedor en global aùn cuando èstos no rebasen el supuesto de los 50 mil ?? Aaait no sè si me explique bien, nuevamente agradezco su ayuda...

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