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25/Jun/04 17:58
prevision social ayudaaaaaa porfissss

hola a todos, buena tarde, pus aqui solicitandoles ayuda, y agradeciendo de antemano por leer el mi mensaje. fijense que estoy revisando unas nóminas, tienen el 11% de despensa sobre el salario, quiero determinar cuanto de la despensa esta excento y cuanto gravado, pero no logro entender completamente los ultimos 2 parrafos del 109 lisr d{onde habla de los limites de excencion para la previsión social, dice que si la suma del salario, 10451 mensuales y de la excencion en este caso despensa, 1149 =11600 es mayor a 7 veces el salario minimo de la zona (d.f.) 45.24 por los dias del periodo de pago (un mes) = 9500.4 entonces se tomara como excento solo lo correspondiente a un salrio jinimo de la zona elevado por el periodo de pago 45.24*30=1357.2 pero no estoy seguro si sea asi, porque esa exención es mayor al monto de la despensa.
ojala puedan auxiliarme. bye

brandon.
 

 
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brandon
Soldado

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25/Jun/04 18:01
Re: prevision social ayudaaaaaa porfissss

:idea: HOLA:

SABES YO TENGO UN TRABAJO SOBRE ESTO QUE TE PODRIA AYUDAR PERO NO SE CUAL ES TU EMIAL PARA MANDARTELO.

BYE
 
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DANIELAYHA
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25/Jun/04 18:47

[quote:5098d30945="DANIELAYHA"]:idea: HOLA:

SABES YO TENGO UN TRABAJO SOBRE ESTO QUE TE PODRIA AYUDAR PERO NO SE CUAL ES TU EMIAL PARA MANDARTELO.

BYE[/quote:5098d30945]Hola DANIELAYHA porque mejor no lo subes a descargas para que otros podamos consultarlo
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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28/Jun/04 16:54

HOLA DANY

EN CASO DE QUE NO LO PUEDAS SUBIR TE AGRADECERIA QUE ME LO ENVIARAS TAMBIEN A MI.

GRACIAS.

jcarlosnp@hotmail.com
 
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NAVARROCARLOS
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28/Jun/04 17:21
Re: prevision social ayudaaaaaa porfissss

En mi opinion:

si tienes 9 SM ( 7 SM de Sueldos y 2 SM de prevision social exenta) deberas exentar un salario minimo de prevision social ya que rebasa el tope de 7 SM

pero si tienes 9 SM ( 5 SM de sueldos y 4 SM de prevision social exenta)
deberas exentar 2 salarios minimos ya que el mismo articulo que mencionas habla que en ningun caso debera ser inferior a 7 SM, es decir, quedaria como sigue: 5 SM de sueldo + 2 SM de prevision social exenta = 7 SM
 
C.P. Héctor A.Yruegas Arce
 
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hyruegas
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28/Jun/04 17:36
Re: prevision social ayudaaaaaa porfissss

OK, DESPUES DE HABER LEIDO NO SE CUANTAS VECES EL PENULTIMO PARRAFO DEL ART. 109 MI OPINION ES LA SIGUIENTE:
TE DICE QUE HAGAS LA COMPARACION DE LA SUMA DE LOS SUELDOS MAS LA EXENCION SI ESTA SUPERA LOS 7 SALARIOS MINIMOS ELEVADOS AL PERIODO ENTONCES SOLO PODRA ESTAR EXENTO UN MONTO DE [color=blue:8c4c23da39]HASTA[/color:8c4c23da39] UN SALARIO MINIMO ELEVADO AL PERIODO O SEA QUE EN TU CASO SERIA DE 1149 YA EL SALARIO MINIMO ELEVADO AL AÑO ES SOLO UN TOPE Y NO LO REBASAS NO QUIERE DECIR QUE EXENTES UNA CANTIDAD QUE NO PAGASTE
ESPERO HABERME EXPLICADO LO SUFIECIENTE Y SIRVA MI COMENTARIO
 
Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano.
 
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cp_enrique
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28/Jun/04 17:41

Hola:

Dani espero que lo puedas subir, sino ojala me lo pudieras mandar a ricardo.juarez@mx.pwc.com; por otro lado brandon te comento lo siguinete y asi es como lo entendi:

Te lo explicare con 3 ejemplo:

1 2 3

Suledos 80,000 100,000 110,000
Prev Soc 35,000 40,000 80,000
Total 115,000 140,000 190,000

7 VSMGAGC 115,588 115,588 115,588
Diferencia - 5,588 24,412 74,412

Ded. Prev S. 35,000 15,588 16,513
N/D Prev S. 0 24,412 63,487

Te explico mis ejemplo:

La base de este es que la suma de tus suledos y tu previsión en el ajercicio no exceda de 7 VSMGAGC al año (115,588) por llo tanto en el caso 1, la suma de ambas erogaciones no excedio por lo tanto es deducible toda la previsón social OK.

El el caso 2, la suma si rebaso dicha limite de 7 SMGAGC por 24,411.80, el art. 109 te dice que si la suma de ambas erogaciones rebasa, deberas deducir unicamente 1 SMGAGC (16,512), pero al final te dice que en ningun caso dicha limitación (de excención)debera ser inferior a 7 SMGAGC, por lo tanto se entiende que deduciras por suldos y por previsión social hasta 7 SMGAGC, independientemente de si tu sumatoria de ambas erogaciones rebaso, entonces a las 100,000 de sueldos y salarios le restas los 115,588 (que son los 7 SMGAGC) y la diferencia es la que podras deducir como previsión social, si checas la suma de tu excenciión más tu no deducible te da el importe de tu previsión social OK.

En el caso 3 la sumatoria vulve a exceder, pero a diferencia del caso 2, aqui los sueldos solitos exceden de dicha limitante (7 SMGAGF), por lo tanto no aplica lo del punto dos y unicamente estara excento 1 SMGAGC (16,512) de los 80,000 que pagaste por prev. social en el ejericicio.

En pocas palabras, desde mi punto de vista, la clave de este rollo del art. 109, son los 7 SMGAGC, que es lo minimo que estara excento, simpre que tus erogaciones por sueldos no rebasen dicho importe ya que de ser asi unicamente estara excento hasta 1 SMGAGC.

Resumen:

- Si mis sueldos y previsión no rebasan el limite, esta exenta toda la previsión social.

- Si mis sueldos y previsión rebasan el limite, siempre y cuando el importe de los sueldos solito no lo rebase, estara excenta la previsión hasta por el importe de la diferencia entre los sueldos y el limite, esta excención se limitara a su vez por el importe del limite de 7 SMGAGC, es decir, en este caso la suma de tus suldos y la excención sera hasta por el importe del limite de 7 SMGAGC OK. (sueldos de 50,000 y prevision de 100,000, rebasa limite, pero sueldos solito no, por lo tanto excento la dif. entre sueldos y limite, a sea 65,588 y no los 100,000 que pague de previsión.)

- Caso 3 Si mis sueldos y previsión rebasan el limite, y el importe de los sueldos solito rebasa dicho importe, estara excenta la previsión hasta por 1 SMGAGC debido a que ya no podras sacar diferencia entre suldos y limite de 7 SMGAGC debido a que los mismos rebasan por si solos dicho limite.


Espero te haya servido esta explicación Ok. sino escribeme y te doy mi fon para que me marques y te lo vuslva a explicar.

Saludos !!!!!
 
RJS.
 
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ricardojsmx
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28/Jun/04 17:45
Re: prevision social ayudaaaaaa porfissss

hola:

espero que con estos ejemplos te quede claro.

Ejemplo 1:

sueldo mensual $ 7,000
previsión social 1, 200

total ingreso 8, 200

7vsmm 9, 500.4

En este caso toda la previsión social esta exenta, es decir los 1, 200

Ejemplo 2

sueldo mensual $ 7,000
previsión social 3, 200

total ingreso 10, 200

7vsmm 9, 500.4

1vsmm 1, 357.2
En este caso la prevision exenta es 1, 357.2 y la gravada es 1, 842.8

Ingreso gravado es:

sueldo 7 ,000
prevision social gravada 1,842.8

total ingreso gravado 8, 842.8

Ejemplo 3:

sueldo mensual $ 7,000
previsión social 2,500

total ingreso 9, 500

7vsmm 9, 500.4

En este caso toda la previsión social esta exenta, es decir los 2, 500

Ya que la suma delos sueldos y la prevision social no pueden ser menores a 7vsm.

Espero te sirvan

saludos
 
LOERA JIMENEZ Y ASOCIADOS
 
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loerasergio
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29/Jun/04 9:00

Hola:

Loera sergio, a mi parecer tu segundo ejemplo es erroneo debido a que la suma de tus exentos es menor a los 7smm cosa que no debe ser, lo correcto seria mandar como exento de prev. social los 2,500.4 mas los 7,000 sumado los 9,500.4 que son los 7smm.

Saludos !!!
 
RJS.
 
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ricardojsmx
Sargento Primero

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29/Jun/04 12:49

HOLA! DANY, ESPERO QUE TAMBIEN ME LO PUEDAS MANDAR!! ESTE ES MI CORREO

szcunam@hotmail.com
 
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PUMAS
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