- Fiscal
- abril 10, 2017
La prestación de servicios independientes no configura relación de trabajo
Por la que deban cubrirse cuotas obrero patronales.
De conformidad con el artículo 12 de la Ley del SS se entiende que son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio las personas que presten en forma permanente o eventual, a otra de carácter físico o moral, o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado.