- Fiscal
- marzo 16, 2017
Dónde señalar el “período” en el CFDI global del RIF
SAT explica dónde incorporar este dato.
La Regla Miscelánea 2.7.1.24. señala que los contribuyentes podrán elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda y, en su caso, el número de folio o de operación de los comprobantes de operaciones con el público en general que se hubieran emitido.