- Fiscal
- abril 05, 2017
¿En qué casos debo firmar la declaración anual 2016 con e.firma?
Conoce los saldos a partir de los cuales debes firmar tu anual con e.firma.
En la declaración anual de 2015, presentada en 2016, la normatividad fiscal preveía que para que las personas físicas a quienes resultara un saldo a favor en su declaración entraran al programa de devoluciones automáticas (devolución sin necesidad de que medie un trámite de solicitud), tenían que firmar su declaración anual con e.firma cuando su saldo fuera superior a 10,000 pesos.