- Fiscal
- abril 13, 2017
Cancelación de CFDI posterior a su deducción: Efectos
Análisis crítico a la regla que el SAT proyecta emitir para regular la sustitución de CFDI cancelados.
Existen casos en que por razones diversas, ya sea errores o necesidades administrativas, un CFDI que ampara una operación ya ha sido deducida por el receptor del mismo, es cancelado por el emisor, y el emisor avisa al cliente que emitirá un CFDI sustituyendo al cancelado y agregando la siguiente leyenda: “Este CFDI sustituye al emitido con fecha XXXX y folio XXXX”.