- Fiscal
- mayo 30, 2017
Revisión de gabinete. Cuando abarque contribuciones y periodos revisados
Debe cumplir las formalidades establecidas en el artículo 53-C del CFF.
El artículo 46, último párrafo, del CFF, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, establecía como limitante a la autoridad fiscal, que una vez concluida la visita domiciliaria, para iniciar otra a la misma persona, tratándose de las mismas contribuciones, aprovechamientos y periodos, sólo podría efectuarse cuando se comprobaran hechos diferentes a los ya revisados.