- Fiscal
- octubre 27, 2017
La suspensión del plazo para conclusión de visita domiciliaria
No se actualiza cuando la defensa es contra multas o aseguramiento de cuentas bancarias.
Del análisis realizado al CFF se desprende que el plazo para concluir la visita domiciliaria o la revisión de la contabilidad en las oficinas de la autoridad se suspenderá en caso de que se interpongan algún medio de defensa contra los actos que deriven del ejercicio de facultades de comprobación, desde la fecha en que se interpongan los medios de defensa hasta que se dicte resolución definitiva.