- Fiscal
- enero 05, 2018
Exportación internacional vía aérea de bienes o servicios
Requisitos para que se le aplique la tasa del 0% establecida en el artículo 29 de la ley del IVA al 25% del valor de la enajenación.
El artículo citado establece que las empresas residentes en el país calcularán el IVA aplicando la tasa del 0% al valor de la enajenación de bienes o servicios cuando éstos se exporten.