- Fiscal
- septiembre 19, 2005
Obtención de la CURP por empresas con más de 100 trabajadores
Facilidad de SEGOB para la obtención en grandes volúmenes de la CURP de los trabajadores.
La Clave Única de Registro de Población (CURP) es un dato necesario para la inscripción a los trabajadores en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
De acuerdo con información publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las empresas mexicanas que deseen tramitar la CURP de sus trabajadores cuando éstos sean 100 o más, podrán realizar este trámite ante la Secretaría de Gobernación conforme a lo que se indica a continuación:
1. Se formulará petición de confronta de base de datos, por escrito en papel membretado o con el logotipo de la empresa, dirigido al C. Lic. Gabriel E. Cerecero Díaz, Director de la Clave Única de Registro de Población, en las que se precisará:
Nombre y cargo del representante legal.
Denominación o razón social de la empresa.
Domicilio para recibir notificaciones.
Nombre de la persona o personas autorizadas para recibir documentación.
Especificar que se solicita la CURP para sus trabajadores en activo.
El motivo por el que solicita la CURP y autoridad ante la que deberá presentar esa información.
Cantidad de registros que contiene la información en medio magnético y sus características.
La impresión de las constancias de la CURP, señalando el compromiso de devolver los acuses de recibo de las constancias debidamente firmados por sus titulares.
Fecha de la solicitud.
El escrito deberá estar firmado por el representante legal, debiendo adjuntar copia del documento que acredite su personalidad (Poder otorgado ante Notario Público dentro del territorio nacional).
2. La solicitud de confronta de bases de datos deberá contener un mínimo de 100 registros y deberá ser entregada en un disco compacto, de acuerdo a las siguientes especificaciones:
ARCHIVO EN TEXTO PLANO (CÓDIGO ASCCI.) formato .TXT
N°
DATO
TIPO
LONGITUD
1
PRIMER APELLIDO
ALFA
40
2
SEGUNDO APELLIDO
ALFA
40
3
NOMBRE(S)
ALFA
40
4
SEXO (H Ó M)
ALFA
01
5
FECHA DE NACIMIENTO(AAAAMMDD)
NUM
08
6
ENTIDAD DE NACIMIENTO
ALFA
02
ARCHIVO EN EXCELLEjemplo:
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
SEXO
FECHA DE NACIMIENTO
ENTIDAD O DE NACIMIENTO
NÚMERO IMSS
LOPEZ
GONZALEZ
PEDRO
H
19640512
DF
138123789445
Observación: H (Hombre) y M (Mujer)
Notas:- En caso de que la persona sólo tenga un apellido, se anotará en el espacio del primer apellido, dejando en blanco el espacio del segundo apellido.- El texto deberá estar cargado a la izquierda con letras mayúsculas y sin acentos o diéresis.- La fecha de nacimiento es numérica de ocho posiciones.
CLAVES ALFABETICAS DE ENTIDADES FEDERATIVAS
ESTADO
CLAVE
ESTADO
CLAVE
AGUASCALIENTES
AS
MORELOS
MS
BAJA CALIFORNIA
BC
NAYARIT
NT
BAJA CALIFORNIA SUR
BS
NUEVO LEON
NL
CAMPECHE
CC
OAXACA
OC
COAHUILA
CL
PUEBLA
PL
COLIMA
CM
QUERETARO
QT
CHIAPAS
CS
QUINTANA ROO
QR
CHIHUHUA
CH
SAN LUIS POTOSI
SP
DISTRITO FEDERAL
DF
SINALOA
SL
DURANGO
DG
SONORA
SR
GUANAJUATO
GT
TABASCO
TC
GUERRERO
GR
TAMAULIPAS
TS
HIDALGO
HG
TLAXCALA
TL
JALISCO
JC
VERACRUZ
VZ
MEXICO
MC
YUCATAN
YN
MICHOACAN
MN
ZACATECAS
ZS
NACIDO EN EL EXTRANJERO
NE
Observación: La denominación del archivo será CONF1
3. La petición y los documentos anexos se entregarán en la oficialía de partes dependiente de la Dirección de la Clave Única de Registro de Población, ubicada en Río Amazonas No. 43, 1er piso, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal.
4. Las empresas que se ubiquen fuera de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, podrán remitir la información a través de correo certificado o del servicio de mensajería legalmente autorizado y su trámite iniciará a partir de su recepción en la Dirección de la Clave Única de Registro de Población.
5. Esta dependencia entregará el oficio de respuesta del resultado de la confronta de bases de datos, en el que se indica:
Número de registros recibidos
Número de registros localizados
Número de registros no localizados
Número de constancias de la CURP que se remiten para su entrega a los interesados.
Para las empresas que tienen su domicilio fuera de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, se les recomienda remitir con la documentación señalada en el numeral anterior, una guía prepagada de un servicio de mensajería de su elección, a fin de enviarles la contestación y las constancias de la CURP.
6. La solicitud de asignación de la CURP para los registros no localizados será dirigida al Lic. Gabriel E. Cerecero Díaz, Director de la Clave Única de Registro de Población, y deberá contener como mínimo los requisitos enunciados en los incisos 1, 2, 3, 4, 8 y 9 del numeral 1, así como el número de registros que solicita, anexando copia fotostática legible de cualquiera de los siguientes documentos probatorios:
Copia Certificada del Acta de Nacimiento
Documento Migratorio vigente
Carta de Naturalización
Adicionalmente, se hará referencia al número de oficio de respuesta de resultado de confronta, expedido por la Dirección de la Clave Única de Registro de Población, adjuntando copia.
7. Con el fin de simplificar la gestión de la CURP, posterior a la entrega del resultado de la confronta por parte de la Dirección de la Clave Única de Registro de Población, la empresa podrá a través de un sólo escrito, solicitar la asignación de las claves, entregar los acuses de recibo, devolver las constancias y en su caso, pedir otra confronta.
8. El servicio de atención a las empresas se realiza de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 13:00 horas, en el domicilio señalado anteriormente, y para cualquier comentario, duda o aclaración marcar el número 01 800 911 11 11.
Los formatos a utilizar, pueden ser descargados a continuación, en formato Word:
Solicitud de Confronta de Base de datos (Anexo documento que acredita personalidad)
Solicitud de Confronta de Base de datos (Personalidad acreditada ante la autoridad)
Solicitud de Asignación de la CURP
Entrega de Acuses de Recibo
Devolución de Constancias
Para más información sobre la inscripción de los trabajadores en el RFC, se sugiere leer la nota titulada "Inscripción de los trabajadores al RFC: Obligación aún vigente", publicada por Fiscalia el 14 de septiembre de 2005, en la sección "Actualidades".