- Fiscal
- abril 02, 2018
Prescribe en el término de dos años
La acción para reclamar la indemnización por cumplimiento tardío de una sentencia de nulidad.
Dispone la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo que la parte actora tendrá derecho a una indemnización que la Sala del asunto determinará cuando la autoridad demandada dé cumplimiento tardío a una sentencia de nulidad, transcurrido el plazo de cuatro meses.