- Comercio Exterior
- junio 27, 2018
DIEMSE: A más tardar el 30 de junio
IMMEX deben presentar esta información para cumplir obligaciones fiscales.
Durante el ejercicio fiscal de 2017 no se considerará que un residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, derivado de las relaciones de carácter jurídico o económico que mantengan con empresas que lleven a cabo operaciones de maquila, siempre que México haya celebrado, con el país de residencia del residente en el extranjero, un tratado para evitar la doble imposición y se cumplan los requisitos del tratado, incluyendo los acuerdos amistosos, para que se considere que el residente en el extranjero no tiene establecimiento permanente en el país.