- Fiscal
- noviembre 27, 2018
Servicio de Administración Tributaria
Caso en el cual no existe sustitución de autoridad en la conclusión de la revisión de gabinete respecto a la emisión del crédito fiscal.
En términos del CFF, la revisión de gabinete inicia con la notificación del requerimiento de información y documentación, y termina con la notificación del oficio de observaciones.