La sal que no tiene como fin el consumo humano

No se considera alimento para efectos del artículo 2-A de la ley IVA.

El artículo 2-A de la Ley del IVA dispone que la enajenación de medicinas de patente y los productos destinados a la alimentación, se encuentran sujetos a la tasa del 0% de tal impuesto, salvo las excepciones que en el mismo dispositivo se señalan.

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