- Fiscal
- enero 14, 2019
Principio de plenitud de jurisdicción y reenvío
Su aplicación y operatividad dentro del recurso de revocación previsto en el CFF.
De conformidad con el artículo 132 del CFF, cuando se interponga un recurso de revocación, al emitirse la resolución del mismo, la autoridad resolutora deberá dictar su determinación examinando todos y cada uno de los agravios hechos valer.