- Fiscal
- enero 31, 2019
Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VII del Acuerdo General Sobre AAC
Prevé los mismos motivos que la ley aduanera, para rechazar el valor de transacción declarado por el importador.
Los puntos 1 al 7 del Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, prevé los mismos motivos que los artículos 64, 71, 78 y 78-A de la Ley Aduanera para rechazar el valor de transacción declarado por el importador, esto es, cuando el valor de la mercancía importada sea inferior al valor de transacción de mercancías similares.