IVA al 8% en frontera ¿Debe el adquirente tener domicilio en frontera?

Análisis de las disposiciones del decreto y de la postura de la autoridad.

Como ya ha sido comentado por Fiscalia en diversas publicaciones, en 2019 está en vigor un estímulo dirigido a la Región Fronteriza Norte (RFN) a través del cual se otorga un crédito del 50% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) causado por enajenante, lo que equivale en la práctica a causar un IVA de 8% en lugar de la tasa general del 16%.

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